Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) obliga al Ayuntamiento de El Campello a devolver el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) cobrado de más a unas 200 propiedades por la revisión catastral de 2007 que ha duplicado el recibo en el municipio... y abre la puerta a una avalancha de reclamaciones.

El fallo, declarado firme el pasado 15 de octubre tras no presentar recurso la Dirección General de Catastro, supone la devolución de cientos de miles de euros. Y la cantidad puede ser mucho mayor dependiendo de los nuevos recursos que se interpongan ahora, y que afectarían a los últimos cinco ejercicios, según explican los letrados Francisco Ramírez Chinchilla y Lorenzo Bonmatí Giner, cuyo despacho con sede en Elche ha llevado la causa.

El pasado 10 de julio la sala de lo Contencioso-Administrativo (sección tercera) del TSJ estimó la demanda conjunta interpuesta por una decena de mercantiles a través de este despacho, tras una reclamación que efectuaron ante la Gerencia de Catastro y que fue desestimada, al considerar que los valores catastrales de sus inmuebles de El Campello estaban sobrevalorados, por estar su precio por encima del valor de mercado, toda vez que el estudio de mercado de la ponencia de valores de dicho municipio de 2007 no está motivada.

De esta forma se han anulado sus recibos del IBI desde el 2008 -cuando entró en vigor la nueva ponencia- hasta la actualidad, por lo que el Ayuntamiento de El Campello deberá reintegrar lo indebidamente cobrado derivado de la citada revisión.

En dicho procedimiento quedó acreditado que la Gerencia del Catastro conoce dicha situación, pese a ser esta quien establece el valor de los inmuebles, según recuerdan estos abogados.

Además, se dejaba constancia en la demanda el hecho de que «los inmuebles de El Campello estén por encima del valor de mercado, lo que supone una vulneración del derecho fundamental a la igualdad, con relación con el principio de capacidad económica, legalidad tributaria y que los impuestos no pueden tener alcance confiscatorio», según los abogados. Aunque ya hay algunas sentencias firmes que tumban los valores aplicados a los recurrentes por la revisión catastral, este es el primero presentado conjuntamente que es declarado firme, y cuyas consecuencias son mayores para las arcas municipales, aunque El Campello es un municipio completamente saneado, en gran parte por los ingresos derivados del aumento del IBI, y cuenta con unos 35 millones en el banco.

La sentencia refleja que «la falta de estudio de mercado o la existencia de un estudio de mercado insuficiente conlleva, per se, la estimación de las pretensiones articuladas por la parte demandante, ya que toda ponencia de valores debe contar con un estudio de mercado ajustado a la legalidad. Así las cosas, se estima el recurso, declarando no estar ajustadas a derecho las valoraciones de las propiedades de las recurrentes contenidas en la ponencia de valores del municipio de El Campello».

Contradicción del tribunal

Se ha dado la paradoja que el mismo tribunal ha dictado con fecha 16-7-2019, esto es, seis días después, sentencia en un asunto en el que los mismos abogados solicitaban lo mismo y con idénticos argumentos y pruebas. En este caso se trata de unas 200 personas físicas de El Campello que se unían para esta demanda -la otra era de personas jurídicas que sumaban unas 20 propiedades- y que sorprendentemente ha sido desestimada.

Los letrados explican que «lo más llamativo es que se dice lo contrario de lo resuelto en la anterior sentencia, sin explicar el cambio de criterio y, además, coincidiendo en ambas sentencias dos de los cuatro magistrados que componen la sala. Y sorprendentemente afirman en esta segunda sentencia que sí que hay un estudio de mercado, cuando en la otra, que ya es firme, aseguran lo contrario.

Un «desatino»

Ante este «desatino», los letrados que han defendido ambos casos han preparado frente a la sentencia que ha desestimado la demanda un recurso de casación ante el Supremo con el fin de que «se dé un trato igualitario a todos vecinos de El Campello y hacer efectivo el derecho de igualdad».

Mantienen que «es legalmente posible, el que cualquier vecino pueda discutir el valor catastral que se haya dado a su inmueble, si el mismo es incorrecto, aun existiendo valoración catastral firme en vía administrativa, lo que sin duda va a dar lugar a la preparación por los mismos de nuevas reclamaciones en este sentido».

Los vecinos exigen al Ayuntamiento que evite el «penoso camino judicial»

La Gestora de Asociaciones reclama una nueva ponencia de valores para acabar con esta doble fiscalidad

La Gestora de Asociaciones de Vecinos de El Campello, que desde que se realizó la revisión catastral viene denunciando la presión fiscal que ha supuesto, su afán confiscatorio y lagunas legales, criticó ayer a la Corporación por no hacer nada para resolver este problema.

Desde esta entidad, con 3.000 personas entre socios y simpatizantes, lamentaron que «el Ayuntamiento, a pesar de conocer las consecuencias negativas sobre las arcas públicas que están ocasionando las numerosas sentencias que condenan al Ayuntamiento a devolver los recibos de IBI desde 2008 más intereses, empuje al ciudadano a iniciar un largo y penoso camino judicial, cuando está en sus manos resolver el problema».

La Gestora, que ha apoyando reuniones informativas con abogados en las que han explicado a los campelleros las posibilidades y el estado de los recursos, destacó que «nos alegramos por las empresas que han conseguido anular sus valores catastrales, pero no entendemos cómo el mismo tribunal, con idénticos hechos y fundamentos jurídicos, no ha dictado sentencia favorable para los particulares que impugnaron sus valores catastrales. Los vecinos seguiremos nuestra lucha y llegaremos hasta el Supremo, quien tendrá la última palabra».

Los residentes reclaman una nueva ponencia que ajuste la contribución a la realidad, algo que han venido pidiendo sin éxito. «El problema es que en El Campello, al no haber escuchado ningún gobierno nuestras peticiones, se están aplicando dos fiscalidades diferentes, una para los vecinos que han reclamado ante los tribunales y otra para los que no».

El Ayuntamiento, que ha duplicado en una década los ingresos por el IBI gracias a la revisión, ha aplicado coeficientes reductores para suavizar la subida, que estaba prorrateada a 10 años, aunque lamentan los vecinos que solo lo ha hecho en 2014, 2017 y 2018.