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El Campello

El juez imputa a la exconcejal de Urbanismo por un supuesto trato de favor a su suegro

La exregidora de Podemos Mari Carmen de Lamo está investigada por presuntamente evitar que la parcela de su familiar fuera protegida por el plan de la Generalitat que blinda el litoral

La finca está en la zona del río Seco, en el entorno del IES Enric Valor. j. a. rico / información

La exedil de Urbanismo y secretaria local de Podemos de El Campello, Mari Carmen de Lamo, ha sido imputada por un supuesto trato de favor hacia su suegro al evitar que se protegiera una parcela de su propiedad. El Juzgado de Instrucción Número 8 de Alicante ha abierto una investigación a raíz de una denuncia, presentada el pasado mes de marzo por Esquerra Unida ante la Fiscalía Anticorrupción, por presuntos delitos de tráfico de influencias y de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios contra De Lamo. Unas acusaciones que la regidora rechazó de plano entonces en declaraciones a este medio.

Tras abrir diligencias previas el juzgado, el magistrado ha decidido que la exedil pase a ser investigada -término que sustituye al de imputado por una modificación en la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada en 2015-, y ha sido citada a declarar próximamente.

EU considera que de Lamo supuestamente facilitó que una parcela de su familia no fuera protegida por el plan Pativel que impulsa la Generalitat para blindar el litoral de la Comunidad. Su edil Pedro Mario Pardo sostiene que la edil presuntamente maniobró para «ocultar» un informe contrario y cambiar las competencias al técnico responsable, que había dictaminado a favor de las afecciones del Pativel, por otro que proponía «salvar» la zona del río Seco, donde se ubica esta parcela. E impulsó las alegaciones del Ayuntamiento para levantar la afección sobre la zona donde estaban los terrenos, manteniéndolos como urbanizables.

Pardo relata que el citado informe, que afirma fue ocultado, «identifica, entre otras cosas, la afección en tres áreas que se cambia su calificación a suelo no urbanizable de protección litoral en el Pativel: río Seco, Lloma de Reixes y parcialmente Venta Lanuza. Y en una de estas áreas, el río Seco, se encuentra ubicada la parcela del familiar de la denunciada, que viene clasificada en el PGOU como Suelo Urbanizable No Programado, y el documento propone su desclasificación a no urbanizable de protección litoral».

Añade el informe que «los objetivos generales del Pativel se consideran positivos y plenamente justificados en orden a buscar un desarrollo armónico y equilibrado del litoral. Así mismo, los puntos elegidos para delimitar áreas de afección directas se consideran acertados en cuanto a su interés ambiental y paisajístico a preservar». EU destaca que «arquitecto jefe de Planeamiento estima adecuado desclasificar la parcela del suegro de la denunciada, desde el punto de vista ambiental y paisajístico, atendiendo al interés general. Y concluye el informe proponiendo dos alegaciones de carácter general, una de las cuales se refiera a ajustar el documento al PGOU, y la otra, de interés para el municipio».

Informe desaparecido

Pero EU denuncia que «ese informe es omitido. Sorprendentemente, la propuesta de acuerdo para realizar las alegaciones al documento viene suscrita por la denunciada, y no incorpora dicho informe, del que se omite su existencia y, en su lugar, se toma en consideración un nuevo informe suscrito por otro arquitecto. Tal atribución de funciones para realizar el nuevo informe se produce como consecuencia de una 'instrucción de servicio', propuesta por la concejal, el 5 de diciembre de 2016. Es decir tres semanas después de emitido el informe del jefe de Planeamiento, mediante la cual se le asignan provisionalmente 'las materias y funciones ordinarias de planeamiento urbanístico'».

Apariencia de legalidad

Pardo destaca que «con dicha artimaña, que pretende dar apariencia de legalidad al cambio de funciones, instrumental a sus intereses, Lamo consigue relegar al técnico municipal competente, cuyo informe no satisfacía los intereses patrimoniales de su familiar y forzar un nuevo informe que procure beneficiar dicho interés económico de su suegro, que es, como se dirá, el que la propuesta de acuerdo toma en consideración, exclusivamente, omitiendo por completo la existencia del anterior, del arquitecto jefe de planeamiento dirigido exclusivamente a satisfacer el interés público municipal. El nuevo informe satisfacía por completo las expectativas de aprovechamiento urbanístico de la parcela de su suegro en el ámbito del río Seco».

Y agrega que «a diferencia del primer informe, el jefe de la Oficina Técnica entiende que debe alegarse contra la afección en el área del río Seco, donde se ubica la parcela del suegro de la entonces concejal de Urbanismo».

EU destaca que «finalmente el Pativel aprobado definitivamente mantiene la desafección de la finca del suegro, única área de afección directa en el municipio que varía en cuanto a la clasificación del suelo, respecto a la previsión inicial del Pativel». Y considera que «resulta patente que la concejal no debió intervenir en el asunto al venir obligada por el deber de abstención. Pero no solo intervino, sino que prevaleciéndose de su cargo en Urbanismo propició un informe favorable a los intereses familiares, omitiendo el primer informe».

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