Un año es el plazo que se dan las administraciones públicas competentes para habilitar una reserva marina de interés pesquero en El Campello, que estará pegada a la costa, de exactamente 2.296,45 hectáreas de extensión, que incluirá 924,70 hectáreas de pradera oceánica (580,83 de ellas en óptimo estado), y delimitará una reserva «integral» de 332,73 hectáreas, con una profundidad máxima de 40 metros. Generalitat, Ayuntamiento, Cofradía de Pescadores, profesionales del buceo deportivo e Instituto de Ecología Litoral coinciden en apoyar sin fisuras la propuesta, a la que sin embargo han puesto pegas el Club Náutico y la Asociación de Usuarios de Amarres Públicos del Puerto.

Se trata de un proyecto largamente anhelado por el municipio, que lleva trabajando en él desde 2012, aunque la primera propuesta formal delimitando superficies y condiciones de uso llegó en 2018.

Ahora, resueltas las alegaciones, será la Abogacía de la Generalitat quien emita un último informe, que a su vez llevará a la Generalitat a publicar la orden para establecer la reserva.

Tras el informe «Evaluación del estado de conservación de hábitats naturales y especies pesqueras en la costa y en las aguas interiores correspondientes al término municipal de El Campello» realizado por el Instituto de Ecología Litoral para la Direcció General d’Agricultura, Ramaderia i Pesca, se plantea una propuesta de reserva marina de interés pesquero en la costa norte del municipio de El Campello.

El objeto de una reserva marina es la recuperación de las poblaciones de peces, crustáceos y cefalópodos, vedando o limitando el esfuerzo pesquero en amplias zonas, de forma que se recuperen las poblaciones y se asegure que los especímenes alcanzan la talla de madurez sexual.

Por tanto, su constitución tendrá a medio plazo un efecto de aumento de las poblaciones de peces en su entorno inmediato, lo cual beneficiará a las modalidades de pesca deportiva no permitidas en la reserva, al exportar la pesca a sus alrededores inmediatos, donde los pescadores deportivos podrán beneficiarse.

Atractivo turístico

La mayoría de caladeros para la pesca al volantín están fuera de la zona protegida, que es principalmente alguero, y además es un hecho constatado tanto por la experiencia cercana como a nivel nacional e internacional, que las reservas marinas constituyen un importante atractivo turístico.

Se mantiene la opción de situar la reserva integral junto a la costa, a diferencia de otras reservas, en las que la zona de mayor restricción se ubica alejada, mar adentro o en zonas de difícil acceso. No es este el caso, ya que las mejores zonas de pradera de posidonia, es en las zonas donde mayores impactos por anclaje de embarcaciones se registran.

Para la puesta en marcha de la reserva se creará una comisión de seguimiento, en la que estará presente la Cofradía de Pescadores. Tal comisión podrá requerir el asesoramiento de instituciones y asociaciones relacionadas con la conservación de los recursos marinos, así como de los expertos y técnicos que considerase oportuno.

Comisión técnica

Al igual que en otras reservas, la comisión de seguimiento constituirá una comisión técnica formada por el jefe de la Sección de Pesca Marítima de Alicante y los representantes de la federación y cofradía de pescadores directamente implicadas, que establecerá el plan de accesos de los barcos de artes menores autorizados a acceder a la zona de la reserva en el período permitido, y contendrá los criterios de distribución de las embarcaciones en función del período de acceso autorizado a la reserva.

En cuanto a la regulación de usos, la propuesta considera «usos permitidos» en el área de «reserva integral» del baño, buceo con esnórquel y con escafandra autónoma (bajo autorización y con un cupo máximo de 20 buceadores/día), buceo científico y la navegación, con las correspondientes limitaciones.

Usos prohibidos

Entre los «usos prohibidos» figuran la pesca profesional, la pesca deportiva desde embarcación, submarina o con caña desde tierra, cultivos marinos, fondeo de embarcaciones (salvo que se instalen trenes de fondeo y sujeto a límite máximo), extracción de áridos, vertido de aguas depuradas o salmueras, la recolección de organismos marinos, flora y fauna marina sin la correspondiente autorización, los deportes náuticos que impliquen la competición entre embarcaciones a motor, motos náuticas y cualquier tipo de artefacto náutico autopropulsado, y las actividades submarinas de recreo que impliquen la utilización de motor sin la correspondiente autorización. La navegación no podrá superar los 6 nudos de velocidad, salvo cuando se efectúe con objeto de vigilancia, control y salvamento marítimo, en cuyo caso no habrá límite de velocidad.

En el resto de la reserva se permitirá el baño, el buceo bajo autorización y con cupo máximo de 30 buceadores/día, el buceo científico bajo autorización, la navegación con sus correspondientes limitaciones, la pesca deportiva con caña desde costa desde la bajada del pueblo acantilado hasta el límite norte de la reserva, el curricán de superficie y los cultivos marinos a más de 30 metros de profundidad.

Se prohibirá la pesca deportiva desde tierra en la modalidad del rall entre la Illeta dels Banyets hasta la bajada del Pueblo Acantilado, las modalidades de pesca con caña, fuera de la zona permitida, y la pesca desde embarcación al volantín o cualquier otra modalidad, a excepción de la pesca al curricán de superficie. También se permitirá la pesca submarina, los cultivos marinos a menos de 30 metros de profundidad, y la pesca profesional de cerco, así como el fondeo de embarcaciones.

En esta zona, se podrá navegar hasta a los 12 nudos de velocidad, y tampoco habrá límites de velocidad cuando la navegación se efectúe con objeto de vigilancia, control y salvamento marítimo.