El Consell y Sant Joan activan la artillería legal para evitar la apertura del crematorio
Pérez Llorca se compromete ante el alcalde a establecer los "mecanismos necesarios para atender la voluntad de la ciudadanía" tras el rechazo social a la ubicación de la instalación

El tanatorio de Sant Joan / Héctor Fuentes
Sant Joan d'Alacant ha encontrado un gran aliado en su cruzada contra la instalación de un crematorio en el municipio, que la empresa ASV prevé en el tanatorio que está situado en la avenida Miguel Hernández (antigua N-332).
La Generalitat Valenciana va a activar toda su artillería legal ante el rechazo que se ha generado entre la ciudadanía, los colectivos sanitarios y educativos y la propia corporación local por la decisión de la mercantil.
El jefe del Consell, Juanfran Pérez Llorca, ha trasladado al alcalde, Santiago Román, que "existe el compromiso de establecer los mecanismos legales necesarios para atender la voluntad de la ciudadanía, conscientes del rechazo social por su ubicación", informa en un comunicado el Ayuntamiento. Pérez Llorca trató de esta cuestión con el regidor del PP en la visita institucional al municipio realizada el lunes, en la que abordaron diversos asuntos.
El Ayuntamiento, por su parte, ha presentado alegaciones al proyecto de decreto del Consell sobre Sanidad Mortuoria, que en la actualidad se encuentra en fase de tramitación "y que debe servir para reforzar la cobertura legal en defensa de la ciudadanía", añade la nota.

El alcalde y el jefe del Consell, en la visita al ayuntamiento / INFORMACIÓN
La futura ley funeraria en la que trabaja la Conselleria de Sanidad sustituirá a la actual, del año 2005, y tiene por objeto precisamente adaptar la regulación a los cambios sociales y tecnológicos y reducir al mínimo el impacto medioambiental de las actividades funerarias, cementerios y crematorios.
El proyecto de decreto recoge, en su artículo 25, referente a las autorizaciones administrativas para la apertura de hornos crematorios o de incineración de cadáveres, que están sujetos a la autorización municipal correspondiente, previo informe favorable de la Conselleria de Sanidad.
La distancia a núcleos poblacionales
En su artículo 27, sobre las condiciones de los hornos crematorios, reseña que como mínimo debe cumplir como requisito para su ubicación que no deberá haber núcleos poblacionales ni espacios vulnerables a menos de 200 metros de distancia del foco de emisión que constituye la chimenea del horno crematorio.
Se entiende como espacios vulnerables aquellas zonas de residencia o de actividad con una permanencia importante de la población que, por su proximidad al horno crematorio, puede verse afectada por sus emisiones (entre otras, las zonas residenciales, las residencias de la tercera edad, los centros sanitarios y educativos, los parques infantiles o las instalaciones deportivas).
Segundo intento de reapertura
La empresa ASV retomó el año pasado el proyecto del crematorio en Sant Joan d'Alacant. Se trata del segundo intento que hace tras el de hace casi veinte años, en 2006, cuando se iniciaron los trámites para implantar la instalación, que arrancó finalmente su actividad en verano de 2013 en medio de un fuerte rechazo vecinal.
El Ayuntamiento, en enero de 2015, aprobó el cierre, una medida que abrió el frente judicial, con una serie de demandas, recursos y peticiones de indemnización todavía pendientes.
Diez años después, en junio de este 2025, la dirección territorial de Alicante de la sección de Calidad Ambiental, recibió la solicitud de ASV de autorización administrativa de emisiones a la atmósfera.
Además, los ayuntamientos podrán establecer, motivadamente, en sus ordenanzas e instrumentos de planeamiento un perímetro mayor del indicado, en función de las circunstancias y características de patrimonio cultural, urbanísticas y de desarrollo en su ámbito territorial.
El alcalde de Sant Joan ha incidido siempre en que el crematorio es una actividad "molesta, insalubre, nociva y peligrosa que no cabe", puesto que la ubicación del edificio se encuentra a pocos metros de distancia de centros afectados.
El Ayuntamiento ha presentado alegaciones al proyecto de decreto del Consell sobre Sanidad Mortuoria para reforzar la cobertura legal
Así, enumera, entre otros, que está a 50 metros de la Universidad Miguel Hernández, a 100 metros del Hospital de Sant Joan, a 100 metros de Mercadona, a 130 metros del Centro Doctor Esquerdo, a 180 metros del Complejo Residencial Pérez Mateos, a 190 metros de un parque público y a 200 metros del Instituto de Neurociencias y del edificio Severo Ochoa de la UMH.
Además, se encuentra a 210 metros del centro de salud, a 210 metros del área deportiva de la UMH, a 220 metros del Instituto de la Familia Pedro Herrero, a 250 metros del colegio Lo Romero, a 270 metros de viviendas, a 300 metros de la Fundación Lukas y a 340 metros de APSA.
Reacciones de ASV
ASV, por su parte, subraya que la instalación del crematorio de Sant Joan cuenta actualmente con licencia de apertura desde 2006, licencia que "se encuentra plenamente vigente y ha sido respaldada por distintas resoluciones judiciales".
Sobre el proyecto de decreto sobre sanidad mortuoria, la compañía analizará su contenido en el momento en que sea aprobado para valorar su alcance y posibles implicaciones. En cualquir caso, recalca que la instalación "es segura y cumple sobradamente la normativa vigente, tal y como han avalado la conselleria y los tribunales de Justicia.
Para el Grupo ASV, la "prioridad absoluta" sigue siendo la salud de los vecinos y la seguridad de sus trabajadores y añade que sigue manteniendo una actitud "abierta y dialogante" con las instituciones y con cualquier entidad o colectivo que desee conocer de primera mano el funcionamiento de la instalación y la información técnica disponible.
Recurso de alzada
El Ayuntamiento interpuso un recurso de alzada ante la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental tras la resolución de la Conselleria de Medio Ambiente de conceder el pasado enero a ASV la autorización administrativa de emisiones a la atmósfera para el crematorio.
La autorización queda condicionada a que la empresa asuma los requisitos que presentó, como la sustitución del horno antiguo por uno nuevo dotado de un sistema de depuración de humos. A ello se une que deberá cumplir con los valores límite de emisión correspondientes a los contaminantes emitidos y los controles reglamentarios deberán ser llevados a cabo por una entidad colaboradora en materia de calidad ambiental en el campo de la contaminación atmosférica.
La Dirección Territorial de Alicante, organismo dependiente de la conselleria, rechazó la mayoría de las alegaciones que presentaron la plataforma contra el crematorio, vecinos de Benimagrell y Nou Nazareth, las asociaciones de madres y padres del colegio Lo Romero y el instituto Lloixa, la Gerencia de Salud y la junta de personal del Hospital de Sant Joan, la UMH, la Colla Ecologista d'Alacant, el Ayuntamiento y los partidos de la corporación.
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