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El Ayuntamiento rechaza el recurso de EU sobre el uso de los despachos de los grupos políticos en San Vicente

El informe es claro: "En ningún caso se impide a los concejales servirse de los medios que el ordenamiento pone a su disposición para el ejercicio de su función representativa"

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L. Gil López

L. Gil López

San Vicente del Raspeig

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig ha rechazado el recurso de reposición de Esquerra Unida a la decisión del alcalde, Pachi Pascual, de regular el uso de los despachos de los grupos políticos municipales.

El informe de los técnicos es claro y rotundo: "En ningún caso se impide a los concejales servirse de los medios que el ordenamiento pone a su disposición para el ejercicio de su función representativa, ni se impone limitación al uso de los despachos de que dispone el grupo político".

El documento recoge que el alcalde lo que pretende es "evitar que personas ajenas al grupo municipal, como pueden ser miembros de un partido político, dispongan de llaves de los despachos, máxime considerando que en esas dependencias "hay numerosa documentación y se puede acceder, a través de los diferentes medios electrónicos de los que se disponen, a información de carácter reservado".

Para el Ayuntamiento, la pretensión de EU sobre que militantes del partido político, ajenos al grupo municipal, accedan a los despachos o dispongan de las llaves "supone una confusión entre el grupo municipal y el partido político".

Vulneración

Por otro lado, el informe subraya que el derecho de participación política que dice EU que se ha vulnerado "lo ostentan los concejales y no otros miembros del partido político al que puedan aquellos pertenecer".

Por ello, los técnicos consideran que permitir el uso de los locales o despachos que corresponden a los grupos políticos municipales a otras personas ajenas que no ostentan la condición de concejal o no son personal eventual "podría mermar el derecho del resto de concejales a la participación política en condiciones de igualdad".

Respecto a la incompetencia del órgano y omisión de trámites esenciales del procedimiento, recuerda que el artículo 27 del ROF señala que "el presidente o el miembro de la Corporación responsable del área de régimen interior pondrá a su disposición una infraestructura mínima de medios materiales y personales" atribuyendo igualmente la competencia a Alcaldía el artículo 28.2 de dicha norma.

Vecinos

Por todo ello, desestima la petición de EU, incluida la suspensión de la ejecutividad de la instrucción que es objeto de impugnación. Todo viene a cuenta de que decenas de vecinos acuden semanalmente al despacho de la coalición EU-Podem para informarse sobre cuestiones locales, como ayudas para el alquiler o servicios sociales o acceso a la vivienda, así como para trasladar sus quejas.

Esquerra Unida defiende que tiene una "intensa actividad" y los concejales mantienen "constantes reuniones" fuera de las dependencias municipales con el tejido asociativo, por lo que son compañeros y compañeras militantes del partido quienes, de forma totalmente voluntaria, atienden y escuchan a la ciudadanía.

Pero el alcalde, en el anterior escrito que remitió a los grupos políticos, recordó que el uso de los despachos debe limitarse a los concejales y personal eventual asignado al grupo.

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