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Benasau

La empresa que quería construir 1.500 chalés en Benasau se queda sin indemnización

La promotora exigía al Ayuntamiento 288.220 euros, lo que habría hipotecado las arcas municipales

Imagen de archivo de pancartas en contra de la urbanización.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Alicante ha desestimado una demanda presentada contra el Ayuntamiento de Benasau por la promotora que pretendía construire una urbanización de hasta 1.500 chalés en el término municipal de este pequeño municipio. La empresa reclamaba 288.220 euros, lo que habría dejado hipotecadas las arcas municipales.

Tal y como se ha venido informando, el Ayuntamiento de Benasau, liderado en aquel momento por el Bloc, adjudicó en 2006 a la sociedad Inversement Levante el desarrollo de un proyecto por medio del cual se hubiese podido construir una urbanización de hasta 1.500 chalés sobre una superficie de un millón de metros cuadrados.

La iniciativa levantó una amplia polémica en el conjunto de la comarca y en el propio municipio, donde gran parte de los vecinos expresaron su rechazo al proyecto. También los grupos ecologistas se posicionaron en contra por el fuerte impacto ambiental y paisajístico del plan.

Posteriormente, en 2007, un nuevo gobierno municipal, presidido por el PSOE, dejaba sin efecto el acuerdo plenario de adjudicación del desarrollo de la actuación integrada, decisión que fue ratificada en 2014, cuando se aprobó la versión preliminar del nuevo PGOU, formalizando un modelo territorial distinto al que sustentava el proyecto.

Con todo, Inversement Levante presentó en 2016 una reclamación por responsabilidad patrimonial, planteando el derecho a ser indemnizada con 288.220 euros por los gastos sufridos en la elaboración y tramitación del PAI en que tendría que haberse basado la urbanización. Esta solicitud fue desestimada por el Ayuntamiento, motivo por el cual la promotora decidió presentar un contencioso administrativo.

Pues bien, el juzgado también ha desestimado la demanda, sobre la base de la concurrencia de prescripción. Según se hace constar en el fallo, «teniendo presente que la reclamación por responsabilidad patrimonial se presentó por la mercantil actora el día 22 de abril de 2016, no cabe sino considerar que se rebasó con amplitud el plazo de un año para el ejercicio de la acción de responsabilidad patrimonial, procediendo, en consecuencia, el dictado de una sentencia desestimatoria del recurso contencioso administrativo».

La resolución ha sido muy bien recibida por el Ayuntamiento, gobernado ahora por el PP. El concejal de Hacienda, Nacho Palmer, destaca que el pago de la indemización hubiese hipotecado las arcas municipales, teniendo en cuenta que el presupuesto apenas alcanza los 125.000 euros. También ha destacado que el actual PGOU sólo contempla una decena de casas en el mismo pueblo.

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