Un juzgado de Alcoy abre juicio oral a cinco acusados por delitos de odio a través de un grupo de Whatsapp

Difundían mensajes que fomentaban el odio y la discriminación contra colectivos vulnerables, como personas homosexuales, extranjeras o de diferentes religiones

Un juzgado de Alcoy abre juicio oral a cinco acusados por delitos de odio a través de un grupo de Whatsapp

Un juzgado de Alcoy abre juicio oral a cinco acusados por delitos de odio a través de un grupo de Whatsapp / Shutterstock

Mercedes Alfaro Rueda

Mercedes Alfaro Rueda

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Alcoy ha decretado la apertura de juicio oral en la Audiencia Provincial de Alicante contra cinco personas —cuatro hombres y una mujer— por presuntos delitos de odio cometidos en el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas.

Los hechos que han llevado a los acusados al banquillo se remontan al menos al año 2020, cuando uno de ellos creó un grupo de WhatsApp llamado "Nacionaldemócrata". Este grupo, en el que participaban los demás procesados, aparentaba constituir un partido político con delegaciones en Madrid y Barcelona y con ideas próximas al nacionalsocialismo. Sin embargo, la investigación judicial apunta a que la finalidad principal de este grupo era “promover el odio, la violencia y la discriminación contra personas y grupos por razón de ideología, raza, etnia u orientación sexual, entre otros motivos”, así como “promover actos violentos de naturaleza política”, aunque no consta que estos se llegaran a materializar.

Entre las herramientas utilizadas para difundir estos mensajes se encuentra un blog público, gestionado por otro de los acusados bajo la denominación "Partido Nacional Demócrata". Según consta en el auto de procedimiento abreviado, desde este blog se difundían mensajes que fomentaban el odio y la discriminación contra colectivos vulnerables, como personas homosexuales, extranjeras o de diferentes religiones.

El auto también recoge la existencia de mensajes emitidos desde ese blog y perfiles en redes sociales, que negaban, trivializaban o justificaban el genocidio cometido contra el pueblo judío durante el régimen nazi en los años 30 y 40. Además, se enaltecía a los autores del genocidio.

El auto de apertura de juicio oral, que es firme y no admite recurso, considera que los hechos pueden ser constitutivos de delitos relacionados con el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, en sus modalidades de promoción del odio y la discriminación. Asimismo, incluye posibles delitos de negación y trivialización del genocidio judío y enaltecimiento de sus autores, en algunos casos en concurso con delitos de desórdenes públicos.

Con este caso, la Audiencia Provincial de Alicante se enfrentará a un proceso judicial clave para determinar la responsabilidad de los acusados en la difusión de mensajes de odio y discriminación.

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