SENTENCIA

Un juez evita la expulsión de un extranjero sin papeles condenado a 6 meses por robar

El magistrado considera desproporcionada la repatriación indiscriminada de los inmigrantes con arraigo en España que se encuentran en situación irregular cuando cometen un delito

RAMÓN FERRANDO

Un juez de lo Penal de Alicante ha evitado la expulsión de un inmigrante magrebí sin papeles condenado a seis meses de prisión por un hurto al entender que la medida es desproporcionada. El magistrado considera que el imputado está arraigado en España y ha cometido un delito de escasa entidad por lo que cree que sería injusto repatriarlo a Marruecos impidiéndole volver a España en diez años como establece la ley. El juez ha asumido las tesis de una sentencia de un magistrado del Supremo que desestimaba la expulsión indiscriminada de los inmigrantes al cuestionar su constitucionalidad. La decisión judicial es pionera en la provincia. El caso lo ha ganado el abogado José Soler.

El magistrado de lo Penal de Alicante reconoce en la sentencia que una interpretación literal del Código Penal «parece ofrecer pocas dudas sobre el carácter obligatorio e imperativo para el juez de acordar la expulsión cuando el delito lo haya cometido un extranjero en situación irregular, pero una sentencia del Supremo del 8 de julio de 2004 ha hecho una interpretación muy abierta del precepto». El juez explica en el fallo que la sentencia del Supremo «es única y por tanto no sienta jurisprudencia, pero tiene mucho valor al ser la primera vez que se trata el tema. El Supremo aplica la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para eludir las posibles tachas de inconstitucionalidad» del artículo del Código Penal.

El juez condena al acusado, un joven marroquí de 19 años, a seis meses de prisión por un hurto que cometió el mes pasado al arrebatarle un bolso al descuido a una turista británica en la calle Conde de Vallellano de Alicante. El magistrado hace constar en el apartado de hechos probados que el imputado está empadronado en la ciudad de Alicante desde diciembre de 2002 junto a su tía, que tiene residencia legal y regenta un negocio, a cuyo amparo pretende regularizar próximamente su situación.

La sentencia recuerda que en el juicio el joven alegó «de forma dramática estar dispuesto a cumplir cualquier pena de prisión con tal de que no se materialice la expulsión y el regreso a su país de origen».

El juez de lo Penal se apoya en la sentencia del Supremo que exige para imponer la expulsión que «se pondere su proporcionalidad y su posible afectación a otros derechos fundamentales dignos de protección». El magistrado alicantino insiste en el fallo en que «parece a todas luces desproporcionada la imposición de la expulsión dada la escasa edad del acusado, la levedad de la conducta enjuiciada y su arraigo personal en nuestro territorio en el que está en pleno proceso de intentar la regularización».

El juez rechaza la petición del fiscal de expulsar al joven marroquí incidiendo en que se trata de una medida irreversible «porque ya no existiría posibilidad real alguna de modificarla». Además, considera que hay que ponderar la levedad del delito que ha cometido con la gravedad de la repatriación que le impediría volver a España en diez años.

El abogado José Soler explicó que su cliente no tendrá que ingresar en prisión para cumplir los seis meses de prisión «porque era su primer delito y se le aplica la suspensión como a los españoles».

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