El juzgado de instrucción número 5 de Alicante ha validado las escuchas policiales que descubrieron las supuestas ilegalidades en el diseño del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad, asunto en el que el fiscal implica a la alcaldesa, Sonia Castedo, y su antecesor, Luis Díaz Alperi, del PP.

Según el auto con fecha del pasado 14 de octubre y difundido hoy, al que ha tenido EFE, el juez Manrique Tejada desestima el recurso de reforma presentado por el considerado principal beneficiario de las presuntas irregularidades, el constructor Enrique Ortiz, al cual se adhirieron varios imputados más, entre ellos su esposa.

El juez considera que no es éste el momento judicial oportuno para plantear la nulidad de las intervenciones telefónicas realizadas por la Unidad de Delitos Económicos de la Policía Nacional con el argumento de los recurrentes de que se violan sus derechos fundamentales.

En cambio, dictamina que "el momento procesal lógico e idóneo para declarar nulidades de diligencias de investigación acordadas por el juez instructor será cuando el hecho se está enjuiciando", lo cual podría ocurrir en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) por la condición de aforados de Castedo y Díaz Alperi, al éstos ser disputados autonómicos.

Se da por válido el auto del 9 de mayo de 2008 del juzgado de Orihuela para la primera intervención del teléfono de Ortiz y las sucesivas prórrogas mensuales realizadas por los siete jueces instructores para seguir con las escuchas, ya que de lo contrario el juez Tejada teme "desnaturalizar la fase de instrucción".

Entiende que no se da el supuesto de que las escuchas policiales vulneren ningún derecho fundamental de Ortiz y reitera que si accediera a declarar nulas las escuchas estaría arrogándose "funciones propias de la fase de juicio oral".

El auto abunda en que se respaldan las autorizaciones de las intervenciones telefónicas debido a que se perseguía un posible delito de tráfico de influencias que provoca "alarma social", al poner "en entredicho" los procedimientos de licitación pública.

Por ello, califica las escuchas un medio "idóneo" y "necesario" que "proporcionaba más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios para el derecho a la intimidad", sobre todo al intuirse la posibilidad de que un cargo público pudiera estar informando a un empresario con carácter previo a que éste realice una compra de terrenos, "y todo ello cuando se está modificando" el PGOU.

Sobre el dilatado periodo de las escuchas y del secreto de sumario, el juez replica a los recurrentes que el tiempo transcurrido no vulnera sus derechos.

Además, añade que, aunque todavía no han sido calificados, los hechos investigados "revisten indicios de ser delictivos y han provocado una gran alarma social debido al quebranto que suponen en la confianza de la actuación de las administraciones".

Además de Ortiz y su esposa, María Manuela Carratalá, también presentaron recursos de reforma contra las escuchas los dos socios del bufete de abogados Salvetti, el exconcejal socialista Francisco Javier Gutiérrez y José Luis Castedo (hermano de la alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo), a quienes la investigación atribuye funciones de presentar y resolver alegaciones al PGOU.

El juez Tejada también desestima los recursos presentados por las dos acusaciones particulares, del PSPV-PSOE e IU, al legitimar a los a los imputados la posibilidad de presentar sus recursos de reforma (a los socialistas) y considerándose competente para conocer y fallar sobre los citados recursos (a la coalición).

Asimismo, el auto da por no interpuesto el incidente de nulidad de actuaciones instado por los abogados del hermano de la alcaldesa y su socio en el bufete Salvetti.

El aval del juez del número 5 a las escuchas contrasta con la decisión del pasado junio del titular del juzgado de primera instancia número 3 de Orihuela, Carlos San Martín, juzgado desde donde se inició el Brugal.

Este juez anuló parte de las escuchas policiales que dieron origen a la veintena de piezas separadas de la operación, al creer que algunos de los autos que las avalaron carecían de motivación o que ésta era insuficiente.

Las supuestas ilegalidades en el diseño del PGOU alicantino es una de la veintena de piezas separadas del caso Brugal, que se originó en 2006 a raíz unas supuestas irregularidades en la adjudicación de la recogida de basuras de la ciudad de Orihuela.