El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica este jueves la declaración de zonas de gran afluencia turística para todo el año en el centro urbano de la ciudad de Alicante. En concreto, entre la avenida de Eusebio Sempere, avenida de Òscar Esplà, avenida de Salamanca, calle de Benito Pérez Galdós, avenida del Alcalde Alfonso de Rojas, plaza de España, calle de San Vicente, rambla de Méndez Núñez, casco histórico, explanada de España y avenida de Ramón y Cajal.

La Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo ha resuelto favorablemente la petición realizada por parte del Ayuntamiento de Alicante para declarar zona de gran afluencia turística el centro urbano de la capital alicantina, y poder aplicar la liberalización de horarios. La solicitud municipal se cursó tras su aprobación el pasado 14 de enero en la junta de Gobierno local del consistorio de la ciudad.

La resolución, firmada por la directora general de Comercio y Consumo, Silvia Ordiñaga, y publicada este jueves en el DOCV, señala que, mediante decreto 72/2000, de 22 de mayo, del Gobierno valenciano, el término municipal de Alicante fue declarado como municipio turístico, por lo que no necesita de informes sectoriales para la tramitación del presente expediente.

Asimismo, indica que el decreto ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad incorpora un anexo en el que determina cuáles son los municipios españoles que se ajustan a los parámetros relativos a número de habitantes y pernoctaciones o número de pasajeros de cruceros para la declaración de una zona de gran afluencia turística, entre los que figura Alicante.

Al respecto, apunta que en la zona centro de la ciudad se localiza una concentración suficiente de alojamientos, además de varios edificios integrados en el patrimonio histórico artístico, está próxima al área portuaria en que operan los cruceros turísticos que suman una afluencia significativa de visitantes y es la principal zona destinataria del turismo de compras.

Por todo ello, la Generalitat declara zona de gran afluencia turística a la zona centro de la ciudad de Alicante, que se extiende al área comprendida entre la avenida de Eusebio Sempere, avenida de Òscar Esplà, avenida de Salamanca, calle de Benito Pérez Galdós, avenida del Alcalde Alfonso de Rojas, plaza de España, calle de San Vicente, rambla de Méndez Núñez, casco histórico, explanada de España y avenida de Ramón y Cajal.

HORARIOS ESPECIALES EN LAS PLAYAS

Esta resolución se entiende sin perjuicio del régimen de horarios aplicable a las zonas de playa de San Juan, playa de la Albufereta y playa del Saladar, así como a la franja marítima del casco urbano de Alicante no comprendida en la zona centro, que mantendrán su consideración como zona de gran afluencia turística entre el Domingo de Ramos y el lunes siguiente al Lunes de Pascua --Lunes de San Vicente-- y entre el 1 de junio y el 30 de septiembre.

La presente resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el secretario autonómico de Turismo y Comercio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro derecho que estimen oportuno.