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La Audiencia archiva la causa contra Echávarri y Montesinos por prevaricación urbanística

La Sección Décima confirma la sentencia que cerró el proceso judicial ante la denuncia de un particular por unas obras en una vivienda colindante

La edil Montesinos y el exalcalde Echávarri, en imagen de archivo. Pilar Cortés

Carpetazo definitivo. La Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra el archivo de una causa abierta por presunta prevaricación urbanística y desobediencia a resolución judicial contra el exalcalde Gabriel Echávarri y la actual portavoz municipal socialista en el Ayuntamiento y exconcejala de Urbanismo, Eva Montesinos. La denuncia inicial, que archivó hace cuatro meses el Juzgado de Instrucción número 9, también iba contra el arquitecto municipal Alejandro Ybarra.

La decisión de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante, fechada el pasado 16 de abril y notificada a las partes diez días después, mantiene la base argumental del juzgado, asegurando en su resolución que «no existe indicio actual, toda vez que los informes de los técnicos confirman el acomodo a Derecho de su contenido». Según el auto, «no se debe suponer sin más, por la mera voluntad del querellante, tendenciosidad o arbitrariedad en los informes de los funcionarios, que no han tenido inconveniente en realizar informes contrarios cuando han constatado ilegalidades urbanísticas con relación al mismo solicitante de licencia».

La Audiencia, al igual que hizo el juzgado, abre la puerta al denunciante a continuar con acciones judiciales pero solo por la vía contencioso-administrativa. La decisión de la sala archiva definitivamente el caso por vía penal.

Largo proceso

La investigación se abrió el pasado mes de mayo a raíz de una denuncia presentada por un particular contra Echávarri, Montesinos y el arquitecto jefe del Ayuntamiento por supuestamente «desobedecer» lo dispuesto en una sentencia firme al «autorizar decisiones administrativas en materia urbanística expresamente rechazadas» por resolución judicial firme. Según el denunciante, en el año 1997, su vecino colindante solicitó al Ayuntamiento licencia de obras para edificar un chalet de dos alturas. El demandante apreció una elevación inusual del techo del sótano, generando una planta más del edificio y en consecuencia una altura que afectaba a sus vistas. Tras numerosas quejas, se declaró que la obra había incumplido la legalidad por exceso de altura y se ordenaba «restaurar el orden jurídico conculcado, ajustando la edificación a la licencia otorgada».

El propietario del chalet alegó que había restaurado la legalidad de la obra tapando con pladur y luego con tierra las paredes y ventanas del sótano en la parte de altura excesiva. Así, solicitó al Ayuntamiento licencia de primera ocupación, aunque fue denegada en repetidas ocasiones. A partir de ese momento, el perjudicado dirigió al Ayuntamiento escritos exigiendo la adopción de las medidas urbanísticas necesarias para resolver la situación, asegurando que era una «broma que semejante defecto lo quiera arreglar con el maquillaje de corregir el cerco y la tierra circundante del edificio».

Con Echávarri como alcalde, según la denuncia que no ha prosperado ni en el juzgado ni ante la Audiencia, el Ayuntamiento dio licencia al presunto infractor para realizar un patio inglés, que había sido rechazado previamente en sentencia, y anunció que iba a conceder la licencia de primera ocupación del inmueble «omitiendo el cumplimiento del deber de restaurar el orden urbanístico conculcado». El vecino afectado atribuía «este escandaloso comportamiento» al entonces alcalde, a la concejala de Urbanismo y al jefe de arquitectos.

Sin embargo, la titular del Juzgado de Instrucción número 9, María Luisa Carrascosa, en su auto de archivo de diciembre de 2018 recogió que «no solo no concurre delito de prevaricación por haber concedido una licencia con un nuevo proyecto modificado, sino que, examinadas las actuaciones llevadas a cabo, consta que se dio una prórroga para la conclusión de las obras y posteriormente se emitió decreto de suspensión de la licencia de obra otorgada». La Audiencia confirma ahora la decisión del juzgado.

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