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Más de 300 empresas y personas arruinadas en la provincia se acogen a una ley para saldar sus deudas

Los juzgados dictan cada vez más concursos, sobre todo en Alicante y Elche, para que los afectados «compaginen los pagos con una vida normal y no caigan en un estado personal de pobreza»

El archivo de los juzgados de Alicante, en una foto de archivo. álex domínguez

El número de empresas y particulares que se han acogido a la ley de Segunda Oportunidad en la provincia de Alicante ha aumentado de una forma progresiva en los últimos años. Esta legislación, en vigor en 2015, nació con la idea de solventar las situaciones por la que atravesaron muchas personas físicas y entidades, cuyos proyectos profesionales o negocios quebraron durante la crisis. De esta forma, desde la administración se ofreció a estas personas una solución «legal» para superar sus problemas económicos y poder compaginar el pago de la deuda con «una vida normal». Es por ello que cada vez son más los concursos de acreedores dictados por los jueces y solicitados por empresarios, y en menor rango, particulares. Según los datos facilitados por los juzgados municipales, un total de 326 concursos han sido oficializados desde 2016 en la provincia de Alicante.

La tendencia, tal y como sostienen los expertos, es que los casos de personas que solicitan acogerse a esta ley se incrementarán especialmente este año, cuya cifra total ya alcanza los 78 concursos para personas físicas.

Teniendo en cuenta que la cifra total de 2018 fue de 110, en cinco meses se ha superado el 70% de los casos. Así lo explica el presidente de la Audiencia Provincia de Alicante, Juan Carlos Cerón, experto en la materia, quien introduce las ventajas para el enorme número de empresarios que se vieron afectados por el escenario de crisis económica, en forma de ayuda, por parte del Gobierno para poder hacer frente a las deudas sin caer en un estado personal de pobreza. «Con la Ley, estas personas pueden seguir ejerciendo su profesión mientras hacen frente a las deudas personales que les puede lastrar durante toda la vida», sostiene Cerón.

El Magistrado explica que el Código Civil establece que la persona responde a una situación de deuda con su patrimonio «presente y futuro», incluso «puede afectar a sus hijos si aceptan una herencia con deudas», añade. Por lo que este escenario se puede solventar con las posibilidades que ofrece la ley. Si no se recurre al concurso, la deuda se mantendrá viva mientras no se pague el total de la hipoteca, aunque se haya perdido la casa. Por el contrario, «con este procedimiento se cancela por completo», explica Cerón, puesto que entró en vigor en un momento donde las ejecuciones hipotecarias estaban a la orden del día.

Su principal ventaja es que, una vez concluido el proceso, el afectado podrá dar por canceladas todas sus deudas de ámbito privado, aunque no las haya resuelto por completo. Resalta Cerón que permite la posibilidad de «empezar de nuevo» a estos particulares con acuerdos extrajudiciales para cumplir un plan de pago. Destaca también el «lado humano» de una legislación destinada a que estos empresarios pueden afrontar una reestructuración de la deuda personal. Además, también se suelen acoger aquellas personas que adquieren bienes y posteriormente, por causas personales, no pueden hacer frente a su coste.

Por su parte, un empresario alicantino de 54 años cuenta que está en trámites para acogerse a la ley. Matiza que no se trata de una jurisprudencia para «no pagar», sino de «cómo se puede afrontar los pagos». Explica que esta Ley es la solución para personas que viven casos extremos. «No podía ni cobrar el paro y me quitaban lo que cobraba para destinarlo a las deudas», relata este empresario, quien añade que «quien entra en esta dinámica, está muerto». Al respecto, denuncia que nadie de la administración le ha «dado un respiro» y se vio obligado a trabajar fuera del país para «no estar visible» ante las instituciones públicas. Afirma que solo quiere que la situación avance para tener un plan de pago y «salir del país», puesto que considera que no tiene margen de mejora.

Ley joven que entró en vigor en marzo de 2015

¿Cuál es el objeto de esta Ley?

Propone flexibilizar los acuerdos extrajudiciales de pagos y prever un verdadero mecanismo de segunda oportunidad para quienes se encuentran en una situación cercana a la insolvencia.

¿Quienes se pueden acoger a Segunda Oportunidad?

Esta Ley va destinada a reducir la «carga financiera» a particulares, empresarios, así como Pymes, autónomos, o personas físicas en general.

¿En qué consiste esta Ley?

Cualquier empresario o particular puede solicitar un concurso de acreedores, y una vez el juez dicte sentencia, se publica un plan de pago para solventar en 5 años.

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