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La juez del caso Sala recaba el apoyo de sus colegas para pedir una junta en la que dar explicaciones

La magistrada, que solicita la reunión con carácter de urgencia, sigue los pasos de la convocatoria instada por los letrados judiciales

El letrado judicial y la magistrada del caso Sala, Manuel Cerdán y Francisca Bru. Rafa Arjones

La magistrada que ha presidido el tribunal de jurado que absolvió a Miguel López, Francisca Bru, ha recogido firmas entre sus compañeros de la Audiencia Provincial para reclamar con carácter de urgencia la convocatoria de una junta en la que dar cuenta de lo ocurrido durante este proceso. Aunque se trata de una reunión que podía haber instado ella misma, el documento en el que la reclama contaba con la rúbrica de gran parte de los 17 compañeros que integran las secciones penales de esta sede judicial.

La solicitud para la celebración de la junta se produce después que los letrados de la Administración de Justicia reclamaran otra en apoyo a Manuel Cerdán, el compañero que intervino en el caso Sala. Ambos movimientos se producen sin que Cerdán haya dado aún explicación alguna al requerimiento de la Fiscalía por la desaparición del veredicto que en un primer momento declaró culpable a López por siete votos a dos.

Los secretarios judiciales continuaban recogiendo firmas ayer para lograr el respaldo de la totalidad de los compañeros, aunque aún no se ha convocado junta alguna. La decisión es potestad de la secretaria coordinadora de Benalúa y máxima responsable del colectivo, María Dolores Millán.

La magistrada Bru quiere dar cuenta de manera urgente a sus compañeros de las incidencias surgidas del proceso que acabó con la absolución de Miguel López por la muerte a tiros de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala.

Las fuentes consultadas por este diario señalaron que la magistrada estaría planteándose también solicitar el amparo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), aunque no habría tomado una decisión al respecto. El amparo es una de las herramientas más importantes para defender la independencia judicial frente a presiones externas, aunque en el proceso por el asesinato de María del Carmen Martínez el papel de la juez terminó en el momento de dictar sentencia, lo que ocurrió el lunes 18 de noviembre, sin que hasta ese momento hubiera realizado manifestación alguna al respecto.

La noche del viernes 8 de noviembre, la magistrada Bru devolvió al jurado popular por falta de motivación un veredicto que declaraba culpable a Miguel López por siete votos a dos. Cerca de treinta horas después, el jurado tras el relevo de una de sus miembros, dictaba un dictamen absolutorio por seis votos a tres. Antes de que se redactara la sentencia, la Fiscalía y la acusación particular que ejerce el abogado Francisco Ruiz Marco en nombre del hijo mayor de la fallecida reclamaron el acta del primer veredicto condenatorio para valorar si estaba o no lo suficientemente motivado. La única respuesta que recibieron del secretario judicial Manuel Cerdán fue que el documento no constaba unido a las actuaciones.

Ante esta constestación, la junta de coordinación de la Fiscalía respaldó por unanimidad el pedir explicaciones sobre el dictamen desaparecido. En función de cuál sea la respuesta del letrado judicial y, si éstas no convencen a la acusación pública, no se descartan otras medidas, como la apertura de diligencias de investigación. Esta posibilidad ha sido interpretada por el colectivo de letrados de la Administración de Justicia como «una amenaza» y «un ataque institucional» a su compañero. Los letrados valoran que el fiscal podría haber optado por otros caminos «menos intimidatorios».

En el caso de que los recursos que están preparando las acusaciones ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) prosperasen y se dictara la nulidad del juicio, éste se repetiría con un jurado y un juez distintos.

La diferencia con el juicio por el crimen de Diana Quer

La diferencia Cuando el viernes el magistrado que preside el tribunal del jurado por el crimen de Diana Quer devolvió el veredicto por falta de motivación, eran inevitables las comparaciones con el caso Sala. La diferencia estriba en que, en el caso de Galicia, antes de la devolución las partes accedieron a su contenido y se les dio la posibilidad de protestar o plantear alegaciones. En el caso Sala, las partes no vieron el dictamen porque la magistrada no se lo entregó.

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