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Las hogueras deberán dejar en la plantà un perímetro accesible de 1,20 metros

El Ayuntamiento admite las alegaciones de la Federación de Hogueras al plan que impedía el montaje a un 30% de los monumentos y racós al obligar a dejar itinerarios peatonales de 1,80 metros

Deberán dejarse un pasillo accesible de 1,20 metros en torno a los monumentos Áxel Álvarez

Los monumentos que se plantarán el próximo mes de junio en Alicante en las fiestas del fuego y los recintos festeros (barracas y racós) deberán dejar un itinerario, como mínimo, de 1,20 metros para que puedan acceder las personas con problemas de movilidad. Así se contempla en el nuevo documento del Plan de Accesibilidad de las Hogueras, que contempla las alegaciones que presentó la Federación de Hogueras contra el primer borrador al considerar que establecía itinerarios peatonales restrictivos, con distancias que dificultaban la plantà de un tercio de los monumentos y racós.

El documento inicial señalaba que los monumentos, a la hora de establecer itinerarios peatonales, debían dejar un ancho mínimo peatonal libre de 1,80 metros y una altura libre de 2,20 metros; y ausencia de escalones aislados, resaltes y obstáculos, entre otras condiciones. La Federación se amparaba en el decreto 65/2109 de 26 de abril de la Generalitat Valenciana, que regula la accesibilidad en la edificación y en los espacios públicos, que es más flexible que el plan, con el que se solaparía. Se trata de una nueva ley que ordena las obras que se realizan en la calle. La Federación sostenía que no tiene sentido que esta normativa para trabajos de varios meses de duración en la vía pública sea menos exigente que la regulación municipal de las instalaciones festeras, que en su mayoría permanecen en la calle menos de una semana.

En cuanto a barracas y racós en calzada, el plan instaba a dejar completamente libre ambas aceras para el tráfico peatonal. En el caso de que estos recintos se plantasen en calles peatonales, las comisiones tenían dos opciones: respetar una franja libre de obstáculos de 1,80 metros de ancho a cada lado, o dejar tres metros libres de paso para los viandantes a un único lado. Si se ubican en plazas, se dejaba al menos una acera completamente libre y un itinerario peatonal accesible de 4 metros de ancho mínimo.

La entidad que organiza los actos consideraba que el plan ponía demasiadas trabas al normal desarrollo de la Fiesta y apostaba por facilitar la accesibilidad tanto a disminuidos físicos como psíquicos y orgánicos, como señalaba Cocemfe, entidad que hizo el plan, «pero otra cosa es hacerlo tan accesible que imposibilite la plantà de muchas hogueras y de muchos racós, del orden de un 30% ó 40%», señalaron desde la Federación

El Ayuntamiento ha aceptado las alegaciones de la Federación de Hogueras sobre el plan de accesibilidad, que ahora contempla como pedían dejar un pasillo de 1,20 metros junto al monumento en lugar de 1,80 metros como marcaba el plan inicial. Con esos cambios está de nuevo en exposición pública.

Además, recoge como salvedad, que la comisión que no pueda cumplir con ese mínimo porque se acerca a las aceras tendrá que colocar rampas con las dimensiones y pendientes que se especifican en el plan, dejando un perímetro accesible entre las vallas y la esquina del edificio más saliente, con un mínimo de 1,20 metros, tal y como explica el vicepresidente de Asociaciones de la Federación de Hogueras, Francisco Vinal, que está preparando un documento para los presidentes de las comisiones. No obstante, hasta que no esté aprobado definitivamente y se publique en el BOP, no entrará en vigor definitivamente.

Esto es lo que contempla el nuevo borrador:

Monumento de la Hoguera:

Estos elementos tienen una configuración propia para cada una de las Hogueras, ocupando de forma distinta los cruces de las calles. Por ese motivo, en este caso, se establece el cumplimiento de unos estándares mínimos en cuanto al itinerario peatonal que deberán respetar en las zonas perimetrales:

1-Ancho mínimo peatonal libre de 1,20 m. Alrededor de los monumentos de las Hogueras se mantendrá, como mínimo, el pasillo del año anterior siempre que éste fuera igual o superior a 1,20 m y accesible. En cualquier caso, el itinerario libre y accesible alrededor de los monumentos medirá 1,20 m de ancho mínimo. Para nuevas ubicaciones de monumentos de Hogueras, el ancho del pasillo peatonal accesible alrededor de éste medirá como mínimo 1,50 m.

2- Altura mínima libre de paso de 2,20 metros.

3-No presentarán escalones aislados, ni resaltes ni obstáculos.

4-Pendiente transversal máxima del 2%

5-Rampas de pendiente máxima del 12% en tramos de hasta 3 metros de longitud y del 10% en tramos de hasta 6 metros de longitud. Con carácter general, el espacio ocupado por las barracas y racós, deben dejar completamente libres ambas aceras para el tráfico peatonal.

Barracas y racós: los instalados en calles en la que una de las aceras no tenga acceso a ninguna portería, ventanas de viviendas o negocio, podrá ocuparse dicha acera en su totalidad, siempre y cuando la acera que queda libre sea accesible y tenga un ancho mínimo de 1,80 metros.

En este caso, será obligatoria la instalación de un pasillo accesible y seguro en ambos extremos de la barraca o racó, que conecte ambas aceras. Para ello, se instalará un vallado, paralelo al del extremo de la barraca o racó, y situado a una distancia mínima de 1,20 metros libres (los pies de apoyo del vallado se colocarán siempre en calzada) y rampas portátiles que faciliten el descenso y subida desde la acera a la calzada (en el caso de que el vado peatonal preexistente haya sido ocupado por la barraca o racó).

En el caso de ocuparse calzadas en calles transversales a la calzada principal que ocupa la barraca/racó su longitud será de 10 metros como máximo. En este caso, será obligatoria la instalación de un pasillo accesible y seguro que conecte ambas aceras. Para ello, se instalará un vallado, paralelo al del extremo de la barraca o racó, y situado a una distancia mínima de 1,20 metros libres (los pies de apoyo del vallado se colocarán siempre en calzada) y rampas portátiles que faciliten el descenso y subida desde la acera a la calzada.

Barracas/racós:

Cuando las barracas y racós se coloquen en una calle peatonal, tendrán dos posibilidades:

1- Respetar una franja libre de obstáculos para el itinerario peatonal, de 1,20 metros de ancho a cada lado.

2-. Disponer de 1,80 metros de paso libre para los viandantes a un único lado, siempre que el lado ocupado no de acceso a ninguna portería, ventanas de viviendas o negocio, y previa autorización municipal.

3- Barracas/racós en plazas:

En las calles perimetrales a las plazas, se dejará al menos una acera completamente libre. Si hubiera varios racós o barracas en la misma plaza, se separarán de forma que se permita el paso de peatones entre ellas por, al menos, un paso de peatones existente en el extremo de una de ellas.

4-En el caso de que una barraca o racó supere los 2.000 metros cuadrados de superficie, o que desde una de las calles que desemboquen a la misma sea necesario recorrer un itinerario superior a los 100 metros para bordearla, se dispondrá un itinerario peatonal de 1,80 metros de ancho accesible que la cruce sobre un paso de peatones existente.

5-En el caso de ocuparse calzadas en calles transversales a la calzada principal que ocupa la barraca/racó su longitud será de 10 metros como máximo. En este caso, será obligatoria la instalación de un pasillo accesible y seguro que conecte ambas aceras. Para ello, se instalará un vallado, paralelo al del extremo de la barraca o racó, y situado a una distancia mínima de 1,20 metros libres (los pies de apoyo del vallado se colocarán siempre en calzada) y rampas portátiles que faciliten el descenso y subida desde la acera a la calzada. Se cumplirán todos los condicionantes para los itinerarios peatonales accesibles: anchura y altura mínima, e inexistencia de resaltes.

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