El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) aprobó el pasado 26 de marzo una resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, donde se extiende el período de validez de otra anterior del 16 de marzo sobre la misma cuestión, y que se publicó en el BOE de ayer viernes, en relación a la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso de los transportistas y la posibilidad de que realicen el descanso semanal normal en el vehículo mientras dure el actual estado de alarma.

Esta resolución, tal como han indicado desde el organismo, se adapta a las directrices que ha establecido a este respecto la Unión Europea, y que son fruto del trabajo del Ministerio para que las iniciativas nacionales se extiendan a nivel europeo de forma homogénea.

Tras la declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional, con el fin de afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, el sector del transporte de mercancías se ha convertido en un sector de vital importancia, realizando una labor esencial todos los días para garantizar el abastecimiento de los ciudadanos y del sistema productivo en general.

En este contexto, y después de la extensión del estado de alarma, las fuentes oficiales han destacado que resultaba necesario continuar con unas condiciones del trabajo flexibles de los conductores, reduciendo al mismo tiempo el riesgo de la salud de los mismos.

En consecuencia, a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías en todo el territorio nacional hasta el próximo 12 de abril se le aplicarán dos exenciones. La primera, donde se exceptúan los límites a la conducción diaria, permitiendo extender la duración del período de conducción diaria siempre que se cumplan los requisitos establecidos para las pausas y para los descansos diarios y semanales, es decir, se suspende el límite de 9 y de 10 horas dos veces a la semana. Y la segunda, que ha subrayado que todos los descansos semanales pueden ser al menos de 24 horas, sin necesidad de compensación.

Además, han afirmado que se permite también que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo, siempre y cuando el vehículo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.