Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Anticorrupción reclama al Supremo que se repita el juicio que dio origen al caso Brugal

Los fiscales Felipe Briones y Pablo Romero plantean el recurso de casación ante la Fiscalía del alto tribunal, que tiene que decidir si lo interpone

Los 34 acusados de la pieza de Brugal sobre las basuras de Orihuela durante la última jornada del juicio, el 19 de diciembre pasado. MORELl/efe

Que se repita el juicio que dio origen al mayor proceso por corrupción que se ha investigado en el provincia, el conocido como caso Brugal. Una causa que un tribunal de la sección séptima de la Audiencia de Alicante con sede en Elche resolvió con la absolución de los 34 acusados, entre los que se encontraban dos exalcaldes de Orihuela y el empresario de esa localidad Ángel Fenoll, porque las escuchas que dieron origen al procedimiento «vulneraron derechos fundamentales».

Los fiscales Anticorrupción Felipe Briones y Pablo Romero no comparten esa interpretación y así se lo han hecho saber a la Fiscalía del Tribunal Supremo en un escrito en el que expresan la convenencia de presentar un recurso contra el fallo. Serán los fiscales del alto tribunal los que, en último término, tomarán la decisión acerca de interponer o no una casación sobre la que Briones y Romero no tienen duda alguna.

Los fiscales planean que se vuelva a enjuiciar el caso pero que lo haga un tribunal distinto al que lo juzgó y que estaba formado por los magistrados Gracia Serrano, José Teófilo Jiménez y Manuel Martínez Aroca, este último también ponente.

La sala absolvió a los 34 acusados de haber cometido irregularidades en la adjudicación del contrato de recogida de basuras y limpieza viaria de Orihuela tras declarar la nulidad de las principales pruebas de cargo en que se apoyaban las acusaciones. No solo invalidaron las intervenciones telefónicas que se practicaron durante tres años, y que eran esenciales para las tesis acusatorias, sino que anularon también registros domiciliarios, vigilancias policiales y hasta algunos documentos por vulneración de derechos fundamentales, según entendió el tribunal.

El juicio oral se celebró entre el 5 de marzo y el 19 de diciembre del pasado año a lo largo de 58 sesiones. Los hechos sucedieron entre 2000 y 2008, periodo en que fue adjudicado el contrato de basuras a la UTE integrada por Sufi SL, Liasur SL y Gobancast SL, que pasaría a denominarse UTE Orihuela Capital de la Vega Baja, por el Ayuntamiento oriolano que gobernaba el PP.

Además de los exregidores José Manuel Medina y Mónica Lorente, en la causa figuraban ocho concejales (entre ellos algunos de la oposición en aquel momento) durante los mandatos municipales 2003-2007 y 2007-2011, así como Fenoll, representantes de las sociedades Colsur SL y Proambiente SL, junto a trabajadores de ambas firmas y familiares directos y del entorno del empresario.

La matriz de más causas

La matriz de caso Brugal se centraba en la investigación de supuestas gestiones realizadas por Fenoll con otros empresarios y cargos públicos para retener sus contratos con el Ayuntamiento de Orihuela y hacerse con la contrata de recogida de todo el término municipal. La Fiscalía y la acusación particular, ejercida en nombre del Ayuntamiento de Orihuela, que no recurrirá al Supremo, consideraba a los acusados autores de delitos de fraude, prevaricación, cohecho, negociaciones prohibidas a los funcionarios, tráfico de influencias, relevación de información privilegiada, delito electoral, asociación ilícita, coacciones, y extorsión. Y pedían que fueran condenados a penas que oscilaban entre los nueve meses y los casi 38 años de prisión. Sin embargo, tras analizar las pruebas que no han sido expresamente declaradas nulas, la Sala considera que no ha quedado debidamente acreditada la comisión de ninguna de esas infracciones penales.

El tribunal ya había anulado en abril del año pasado varios pinchazos porque las resoluciones judiciales que los amparaban adolecían de la suficiente motivación jurídica o no daban cobertura a nuevos delitos descubiertos de forma casual. Esa nulidad alcanzaba a todos los dispositivos móviles usados por los acusados.

La decisión que al final adopte el Supremo es importante también para los procesos desgajados de Brugal que aún están pendientes de juicio. Tal es el caso del de las supuestas irregularidades en la adjudicación del plan zonal de la Vega Baja, aún sin señalar, o el de los presuntos amaños en el PGOU de Alicante. Esta vista comenzó el pasado 29 de junio y en la fase de cuestiones previas el abogado de la exregidora de Alicante Sonia Castedo, acusada en este proceso junto a su antecesor en la Alcaldía Luis Díaz Alperi, entre otros, ha aportado precisamente la sentencia de Elche que invalida las escuchas. La presidenta del tribunal ha reiterado a las defensas que la sala no se siente vinculada por una resolución que no es firme.

Compartir el artículo

stats