Jueces, fiscales y Fuerzas de Seguridad en la provincia de Alicante aprobaron ayer un plan de desalojos exprés en viviendas que hayan sido ocupadas, según confirmaron a este diario fuentes judiciales. La Comisión de Policía Judicial pretende dar una respuesta rápida a las personas que acudan a denunciar estas situaciones para que puedan recuperar su propiedad con la mayor celeridad y bajo el control del juzgado de guardia. La reunión se celebró ayer, justo en el mismo día en el que la Fiscalía General del Estado dictaba una instrucción para agilizar la actuación del Ministerio Público en estas denuncias por estos casos.

La instrucción remitida por la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, considera que se trata de un delito de allanamiento de morada en los casos en que la vivienda ocupada sea la casa o la segunda residencia del propietario, ya que es allí donde se desarrolla su vida privada. En el caso de pisos deshabitados y vacíos, normalmente propiedad de bancos pero también de particulares, se trataría de un delito de usurpación.

Acreditar el perjuicio

La principal novedad es que ahora se podrá acordar como medida cautelar el desalojo de la vivienda y la restitución al propietario en aquellos casos en los que se aprecien sólidos indicios de estos delitos y se acredite un perjuicio al propietario, bien sea un particular, una entidad pública u otra sin ánimo de lucro de utilidad pública. Incluso aunque no haya perspectiva de venta inmediata del piso. En el caso de bancos, se podrá proceder al desalojo cuando «se constate la existencia de un riesgo efectivo de quebranto para los bienes jurídicos». El desalojo cautelar se prevé para evitar los perjuicios que se puedan derivar para su propietario, desde tener que asumir pagos de luz y agua, al propio deterioro del inmueble por la situación de ocupación.

El documento abre la puerta también a la posibilidad de que se tenga en cuenta a los vecinos, que en muchas ocasiones resultan perjudicados por este tipo de situaciones. Para los casos de allanamiento, esta posibilidad de desalojos rápidos se excluye para aquellos casos en los que la ocupación se haya desarrollado con la tolerancia del legítimo poseedor.

En los casos en los que se detecte una situación de especial vulnerabilidad por parte de los ocupantes, se pide a los fiscales que valores esa circunstancia para poner estos hechos en conocimiento de los Servicios Sociales y plantearles alguna alternativa antes de proceder al desalojo. En esas situaciones de vulnerabilidad se prevén familias con menores, en situación de desamparo o con personas discapacitadas.

El presidente de la Audiencia Provincial, Juan Carlos Cerón, aseguró que, en contra de lo que circula por redes, es «falso» que exista un límite de 48 de horas para que la Policía intervenga en una ocupación de vivienda y que, aunque «hay un porcentaje de casos muy bajo en esta provincia, se trata de delitos que causan una gran alarma social a los que hay que dar una respuesta rápida». Las zonas más conflictivas en la provincia de Alicante son Torrevieja y la Vega Baja. Aunque el protocolo aprobado ayer quedaba a expensas de que se dictara la instrucción de la Fiscalía General del Estado, que se hizo pública dos horas después de la reunión, ayer se articuló el protocolo por el que se pondrá en marcha la maquinaria para el desalojo a partir de que la denuncia se registre bien en el juzgado o bien en sede policial.

Uno de los problemas que se han encontrado los tribunales alicantinos a la hora de ordenar desalojos de viviendas ocupadas ilegalmente ha sido la existencia de mafias organizadas que ofrecen contratos de arrendamiento ficticios que buscan dilatar el proceso judicial. Por este motivo uno de los aspectos analizados fue el examinar cómo detectar esos arrendamientos ficticios.Precedentes

Una de las primeras comunidades autónomas en facultar a las Fuerzas de Seguridad para que pudieran expulsar a los okupas sin necesidad de orden judicial fue Baleares, tras una orden del fiscal superior de esa comunidad. Una medida que por la falta de control judicial ha derivado en numerosos problemas. El pasado agosto, la Fiscalía de Valencia dictó su propia instrucción para desalojos express en esa provincia y que contemplaba medidas en consonancia con la instrucción dictada ayer para todos los fiscales de España. En Alicante, el Ministerio Público estaba a expensas de lo que se dictara desde Madrid.

En ella, se pone el énfasis de que el fiscal debe velar por el interés de las víctimas, pero también por el respeto a los derechos de los ocupas denunciados. Éstos tendrán posibilidad de alegar y presentar en el juzgado los documentos que consideren oportunos para seguir en la vivienda. Pero en el caso de que opten por no comparecer esta situación no frenará el proceso desalojo. Basta con que se encuentre su abogado presente para que la vista pueda celebrarse.