El Gobierno se ha quitado de en medio en la polémica abierta en Alicante por los ruidos que emiten los trenes -sobre todo los propulsados por diésel de la red de cercanías con Murcia- al asegurar en una respuesta al diputado Joan Baldovía (Compromís), que las competencias para controlar la contaminación sonora en la estación son del Ayuntamiento de Alicante, al no superarse las 30.000 circulaciones al año. Es pues el Consistorio, según el Ministerio de Transporte, el que tiene que medir y poner los medios para solucionar un problema que los vecinos denuncian desde 2013. En concreto, según sus mediciones, hay momentos del día los que el ruido supera los 88 decibelios, cuando la ley solo permite un máximo de 45. Ivan Otero, portavoz de los vecinos, subrayó ayer que «la verdad es que estamos desanimados porque no nos han hecho caso. En octubre, Urbanismo envió a la Policía Local para hacer las mediciones pero no tienen medios para calcularlo bien. Solucionamos el tema del transformador, que se retiró, pero los ruidos siguen, sobre todo el verano. Ahora, con la reducción de la movilidad por la pandemia y con las ventanas cerrada se soporta mejor». El portavoz de Compromís en el Ayuntamiento, Natxo Bellido, pedirá explicaciones al equipo de gobierno en el próximo pleno.

Los vecinos del entorno de la estación del ferrocarril en Alicante vienen reclamando desde hace años al Ayuntamiento un estudio sobre el impacto acústico que producen los trenes en sus maniobras en la playa de vías de la estación, que llegan a superar los 70 decibelios por las noches y 88 por las mañanas, cuando el límite legal está en los 45 decibelios. La Concejalía de Urbanismo se ha comprometido en diversas ocasiones a solucionar el problema de los ruidos, y varios años después del dictamen del Síndic de Greuges de que era el Ayuntamiento el responsable de sancionar y velar por el cumplimiento de la ley de ruidos no se está actuando. Al final no existe ningún informe municipal, y el Gobierno, en respuesta la diputado Baldoví (Compromis). asegura que no le corresponde al Ministerio al no superarse las 30.000 circulaciones anuales de trenes, por lo que deja la pelota en el la competencia municipal.

“La Fscalía ha actuado de oficio con el tema de ruidos de locales en la zona centro y la ZAS, he incluso se ha pronunciado afirmando que los ruidos vulneran la Constitución. Sin embargo, curiosamente, no les apetece actuar contra Renfe cuando es un caso de evidente mayor gravedad: Más decibelios, más horas al día (19-20 horas diarias) incluyendo horario nocturno y absolutamente todos los días del año. En su última respuesta, básicamente, nos dijo el fiscal que no veía delito”, apuntó Otero.

En respuesta del Gobierno Central, con fecha 15 de enero de 2021 a pregunta de Compromís sobre el ruido de la estación y sobre la elaboración de los Mapas Estratégicos de Ruido de los grandes ejes ferroviarios, se comunica que ninguna de las líneas ferroviarias que finalizan en la estación de Alicante alcanza por sí misma las 30.000 circulaciones anuales, por lo que esta zona no se analizó en el marco de los Mapas Estratégicos de Ruido (MER) de la 2ª fase, que fueron aprobados por el Secretario General de Infraestructuras del entonces Ministerio de Fomento el 17 de julio de 2017 -Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 206 de 28 de agosto de 2017-.

Independientemente de lo anterior, Natxo Bellido informa que el ámbito de la estación está delimitado por aquella zona, donde, además de circulaciones, se realizan el resto de las actividades necesarias para la explotación ferroviaria (accesos a la estación, maniobras y labores de mantenimiento). En el escrito, el Gobierno sostiene que el mapa de la aglomeración urbana de Alicante es el que debería considerar la totalidad de las fuentes sonoras implicadas en el área de la estación, correspondiendo la responsabilidad de su elaboración al Ayuntamiento de Alicante.

Además, no existe ninguna resolución por la que estén suspendidos los objetivos de calidad acústica en el entorno de la estación de Alicante. Esta suspensión es un instrumento que contempla la Ley 37/2003, en su artículo 9, mediante el cual, y por razones justificadas, se puede solicitar a la administración competente la suspensión temporal de los objetivos aplicables a un área acústica y siempre que las mejores técnicas disponibles no permitan su cumplimiento. Este instrumento en ningún momento se ha empleado en el entorno de la Estación de Alicante.

Por último, en lo que respecta al Plan de Acción de la aglomeración de Alicante, se informa que como ocurre con el Mapa de Ruido la competencia para su elaboración recae sobre el Ayuntamiento de Alicante. Atendiendo a la Ley 37/2003, del Ruido, se indica que contempla la posibilidad de definir Zonas de Protección Acústica Especial en aquellas áreas acústicas en las que se incumplan los objetivos de calidad acústica, aun observándose por los emisores acústicos los valores límites de aplicables. En estas zonas las Administraciones Públicas competentes elaborarán planes zonales específicos para la mejora acústica progresiva del medio ambiente. A este respecto, en lo que a la Administración General del Estado se refiere, se indica que la zona de la Estación de Alicante no ha sido declarada Zona de Protección Acústica Especial.