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Urbanismo suaviza la normativa para agilizar la entrega de nuevas viviendas

Sólo las modificaciones sustanciales de un proyecto tendrán que lograr de nuevo el visto bueno de los técnicos

La directriz facilitará las licencias de primera ocupación. Pilar Cortés

Una instrucción recientemente aprobada desde la Concejalía de Urbanismo, que dirige Adrián Santos Pérez (Ciudadanos), facilitará el procedimiento de tramitación de la licencia de primera ocupación, es decir, el documento oficial que expide un ayuntamiento (o administración pública) después de comprobar que un edificio (o vivienda) se ha construido y ejecutado siguiendo el proyecto técnico de obra que, previamente, se presentó ante la misma administración.

Según explica el edil, la instrucción concreta qué modificaciones de un proyecto urbanístico se consideran sustanciales, lo que a su vez limita también las que no lo son y que no tendrán que volver a contar con el aval técnico. «Hasta ahora, cambios en un tabique interior o simplemente en unos enchufes se registraban como modificación sustancial, lo que obligaba a la promotora a tener que realizar un nuevo proyecto y también a visarlo. Ahora no será necesario, por lo que se agilizarán las licencias de primera ocupación», añade el concejal, en alusión a la entrega de viviendas de nueva construcción. Es decir, se suavizan los criterios para evitar que cualquier cambio, por menor que sea, en una promoción urbanística obligue a realizar un nuevo proyecto para conseguir el visto bueno de los técnicos del área.

La instrucción recientemente publicada recoge que la casi veintena de parámetros técnicos que se consideran modificación sustancial, entre las que destacan el número de plantas, altura máxima de la edificación, áticos retranqueados, separación mínima entre edificaciones, ocupación máxima por planta, superficie mínima de la parcela. El documento, además, añade que «se considerarán modificación no sustanciales todas aquellas que no se hallen relacionadas como sustanciales o que no consten como sustanciales en la resolución expresada mediante la cual se concedió la licencia de obras o las posteriores autorizaciones modificativas». En el documento publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) se recuerda que «cualquier modificación de las obras que hayan obtenido licencia de obra, mayor o menor, debe ser aprobada mediante la oportuna concesión de una modificación de la licencia originaria, que se plasmará en un proyecto refundido en la forma establecida».

De esta forma, con la nueva decisión de la Concejalía de Urbanismo para agilizar la tramitación de licencias, plasmada en una instrucción, las promotoras que no realicen modificaciones sustanciales en un proyecto conseguirán con mayor rapidez la licencia de primera ocupación y, por tanto, la entrega de llaves. Un procedimiento, que según fuentes del área municipal, podría reducirse en una media de unos tres meses, siempre que se cumplan los requisitos exigidos.

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