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El lío de las escuchas de Brugal

Las sentencias dictadas en Elche y Alicante en distintas piezas de la macrocausa de corrupción mantienen criterios opuestos sobre la validez de los pinchazos telefónicos

Los 34 acusados de la pieza del caso Brugal relativa a las basuras de Orihuela y que fueron absueltos tras anularse las escuchas. ANTONIO AMORÓS

Una de cal y otra de arena. Un tribunal anulaba hace poco más de un año en la sección ilicitana de la Audiencia todas las escuchas en las que se basaba el caso Brugal. En la reciente sentencia del proceso del Plan General de Alicante, otro tribunal las ha declarado válidas, aunque no ha visto probadas los hechos.

Durante los quince años de instrucción del caso Brugal, la validez de las escuchas telefónicas en las que se basó la investigación ha sido uno de los caballos de batalla por parte de las defensas que pretendían anularlas. Finalmente, la Audiencia de Alicante ha validado los pinchazos. Aunque luego no ha considerado probadas la mayor parte de las acusaciones, el criterio del tribunal de Alicante es diametralmente opuesto al que tuvo la sala que en Elche enjuició la primera de las piezas separadas de la macrocausa de corrupción. Allí hace poco más de un año todos los pinchazos quedaron anulados. Lo que para el tribunal de Alicante ha sido una prueba válida, para los magistrados de Elche no lo era.

En Alicante se han enjuiciado las presuntas irregularidades en la tramitación del Plan General de la ciudad y por las que estaban acusados, entre otros, el empresario Enrique Ortiz y los exalcaldes del PP Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo. La sala no ha considerado probado que las autoridades municipales facilitaran información reservada al promotor del futuro planeamiento de la ciudad y solo han condenado a penas de multa a Ortiz y a Alperi. En Elche, se enjuiciaban presuntos sobornos en la contrata de las basuras en el Ayuntamiento de Orihuela, la pieza que dio lugar a todo el caso Brugal. Los pinchazos telefónicos autorizados fueron desvelando nuevas líneas de investigación que obligaban a pedir más intervenciones y que acabaron generando más de una veintena de piezas separadas.

LA CIFRA: 50.000

Las conversaciones de Enrique Ortiz en la causa

La causa del Plan General tenía un total de 50.000 grabaciones del teléfono del empresario Enrique Ortiz.

El año pasado, la sección desplazada a Elche de la Audiencia asestaba un golpe mortal a las escuchas al declarar nula la investigación. La sentencia por las basuras de Orihuela rechazan la validez como prueba de unas grabaciones efectuadas por el empresario Ángel Fenoll, que fueron entregadas por él mismo a la Fiscalía Anticorrupción y dieron origen al procedimiento. La sentencia establecía que esas grabaciones se hicieron de forma «subrepticia», con la intención de «dañar» y «engañar», y no había constancia de su autenticidad y ausencia de manipulación. Los magistrados también cuestionaban la validez de los discos que contenían las conversaciones telefónicas intervenidas. Dichos soportes eran copias de la copia originaria extraída del disco duro del sistema central de SITEL (Sistema de Interceptación Legal de las Telecomunicaciones) y fueron aportados por la Policía al juzgado instructor a petición de éste porque los soportes originarios estaban rotos.

Los magistrados concluyeron que lo procedente, en esas circunstancias, era que el juzgado hubiera acordado un nuevo volcado de lo almacenado en SITEL, ya que las copias examinadas en el plenario carecían de «sellado mediante firma electrónica del volcado de los datos», lo que llevaba a rechazarlas como prueba de cargo «por irregular e insuficiente».

Las defensas en el caso del Plan General trasladaron estos mismos planteamientos a la sala de Alicante reclamando que también se anulara la investigación. El tribunal formado por las magistradas Montserrat Navarro, Cristina Costa y Margarita Esquiva, ya había dado validez a las escuchas de Brugal en la sentencia de una de sus piezas separadas (la que afectaba a un alzamiento de bienes en la mercantil Autisa). En el fallo, se había analizado auto por auto en cada una de las prórrogas de dos años escuchas y se daban por buenas las resoluciones. Pero no se habían pronunciado sobre las grabaciones manipuladas de Fenoll, porque en el otro juicio no se planteó.

LA CLAVE: OTRO RESPALDO

La sala avala que Orihuela investigara el PGOU

La sala ha avalado que un juzgado de Orihuela investigara hechos al Plan General de Alicante y no ha visto indicios de una actuación irregular por parte de la Fiscalía y las Fuerzas de Seguridad.

El precedente de Autisa

Las conclusiones del tribunal de Alicante son totalmente opuestas. La sala asegura que cuando la juez dictó ese auto que dio inicio al caso Brugal lo hizo «con los datos que se le dieron en ese momento». «La magistrada, tenía en su poder, todo lo necesario para intervenir las comunicaciones. No tenía motivos para cuestionar nada de lo que se le había entregado por Fiscalía (...) eran indicios relevantes de que se estaban cometiendo delitos. La urgencia de la intervención telefónica, teniendo en cuenta los datos suministrados a la magistrada, no daba margen a más averiguaciones», dice la sentencia. Para la sala se compartieron todos los requisitos para dictar ese primer auto del que partieron el resto de las escuchas.

También las magistradas de Alicante respaldan en la sentencia el uso del SITEL, concluyendo que las grabaciones del caso del PGOU «no están manipuladas, por lo que no violan ningún derecho fundamental».

La sentencia respalda también la actuación de la Fiscalía y la Policía por pedir al juzgado de Orihuela que investigaba Brugal autorización para pinchar teléfonos por el Plan General, cuando recientemente otro juez de Alicante había denegado esa intervención para Enrique Ortiz por el Plan Rabasa. Según el fallo, se basaron en la aparición de hechos nuevos y «nada se ha acreditado sobre la elección espuria o arbitraria de una juez de Orihuela para investigar estos hechos. Es cierto, que unos hechos ocurridos en el partido judicial de Alicante se investigaran en Orihuela, pero también es lo cierto que Orihuela terminó inhibiéndose con el informe favorable de la Fiscalía».

La sentencia rechaza todas las cuestiones previas de las defensas, salvo dos planteadas por el bufete Ruiz Marco, sobre las escuchas a la mujer de Ortiz y los registros al empresario.

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