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La Fiscalía advierte de que la sentencia del PGOU omite hechos por los que acusaba

El Ministerio Público exige al tribunal la redacción de un nuevo fallo que subsane esas carencias para poder preparar su recurso

Sonia Castedo sale de la Audiencia la semana pasada tras recoger la sentencia del PGOU. | JOSE NAVARRO

El escrito de acusación de la Fiscalía Anticorrupción relataba hasta 57 irregularidades en la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante. Algunas de ellas, ni aparecen en la sentencia que absolvió a los exalcaldes de la ciudad Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo, así como al promotor Enrique Ortiz, entre otros acusados. Así lo han alertado los fiscales anticorrupción Felipe Briones y Pablo Romero, en un escrito en el que reclaman la redacción de un nuevo fallo que subsane estas carencias. El Ministerio Público considera que un pronunciamiento expreso de la sala sobre estos hechos es fundamental para fundamentar un futuro recurso de casación ante el Supremo. Los plazos para recurrir empezarán a correr en el momento en que el fallo con todas las aclaraciones se haya notificado a todas las partes.

Los fiscales advierten al tribunal de que nada se dice sobre la conformidad firmada con las acusaciones por Enrique Ortiz en la que se declaraba culpable de los delitos y de la que luego se retractó en el inicio del juicio. Las magistradas permitieron que el promotor renunciara al acuerdo, pero estos hechos no aparecen documentados en la resolución judicial.

El Ministerio Público hace un repaso de hasta diez hechos presuntamente irregulares sobre los que acusaba y de los que la sala no hace ningún pronunciamiento expreso en la sentencia. Los fiscales señalan que se han omitido las referencias a intercambios de documentación entre los acusados durante la redacción del Plan General y desde el momento en que Jesús Quesada entregó en el Ayuntamiento su planeamiento. Omisiones que también persisten en las conversaciones con el plan ya en exposición pública, en los momentos previos a su aprobación inicial y tras la presentación de las alegaciones. El fallo también tiene alusiones a las zonas en las que tenía intereses Enrique Ortiz , así como también omite el informe de Bankia en el que se habla del presunto beneficio de Ortiz solo con la aprobación inicial del Plan. Los fiscales reclaman al tribunal referencias expresas a si han quedado probadas o no las relaciones de los abogados del bufete Salvetti, en el que trabajaban los abogados urbanistas Javier Gutiérrez y José Luis Castedo, con Jesús Quesada y el equipo redactor del PGOU, así como con el exalcalde Alperi.

El Ministerio Público también reclama una referencia al apartado de la cuantificación de las dádivas que, según la acusación, habría entregado Ortiz a los dos exregidores y que ascenderían a 453.157 euros en el caso de Alperi y a 259.899 en el de Castedo; así como a que con el plan bajo sospecha el suelo de Ortiz se revalorizaba en 42 millones; ni sobre el perjuicio sufrido por el Ayuntamiento de Alicante con la tramitación fallida del plan.

En el escrito presentado ante la sala, los fiscales reclaman una explicación a las magistradas de por qué no han deducido testimonio contra el empresario Ricardo Fuster. Las jueces aseguran en el fallo que creen que este testigo tenía «motivos interesados» cuando dijo que el viaje de Alperi a Creta en jet privado se lo pagó Enrique Ortiz y consideran que fue Fuster quien lo costeó. La Fiscalía recalca que discrepa de esa conclusión pero pide conocer las razones por las que el tribunal no ha actuado contra el empresario si creen que mintió.

La Fiscalía deja patente en su escrito su malestar por las afirmaciones que se deslizan en la sentencia contra los escritos de acusación, donde se dice que son «faltos de concreción, genéricos y confusos». Los fiscales no están de acuerdo y advierten a la sala que podría haber advertido de esas carencias antes del inicio del juicio y haber pedido las oportunas aclaraciones por escrito.

En el escrito de la Fiscalía se advierte también de algunos párrafos de la sentencia donde no se sabe si son conclusiones del tribunal o de las defensas y de un error material del que ya alertó la defensa de Ortiz cuando planteó un fallo en el artículo del Código Penal por el que le condenaban por cohecho. El promotor y Alperi fueron condenados a multas por este delito.

Esquerra Unida pide que se pronuncien las partes

La letrada de la Administración de Justicia ha dado por presentado el escrito de la Fiscalía y le ha dado traslado al tribunal para que conteste. La acción popular que ejerce el abogado José Luis Romero a través de Esquerra Unida ha recurrido esta decisión, al considerar que previamente hay que dar traslado a todas las partes para que presenten sus alegaciones sobre la necesidad del fallo.

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