El exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi ha anunciado que recurrirá ante el Supremo la condena por un delito de cohecho en la sentencia del caso del Plan General, según el escrito presentado ante la sala por la defensa del exregidor. Mientras, el promotor Enrique Ortiz, acusado también en este proceso, ha pedido que, en el momento en que la sentencia sea firme, se le devuelva la fianza de 1,3 millones de euros que aportó en su día antes del juicio para cubrir hipotéticas condenas.

Como ha venido publicando este diario, la sentencia del caso del Plan General absolvía a los nueve acusados de haber amañado el futuro planeamiento urbanístico de la ciudad. Entre los absueltos de todos los cargos se encuentra la exprimera edil Sonia Castedo. El fallo solo condenaba a penas de multa a Alperi y a Ortiz por delitos de cohecho. Al exregidor, por haber aceptado un viaje a Creta en jet privado; mientras que a Ortiz por el regalo de una chaqueta a Sonia Castedo. La multa para Alperi era de 6.000 euros, mientras que para el promotor ascendía a 18.000 euros.

Hasta ahora ninguna de las partes había anunciado de manera oficial que fuera a recurrir la sentencia, con lo que Alperi se convierte en el primero en avanzar su intención de ir ante el Supremo. El escrito presentado a la sala por su defensa, el abogado Vicente Grima, se limita a anunciar el recurso de casación ante el Supremo por infracción de preceptos constitucionales.

El empresario Enrique Ortiz sale de la Audiencia el día que recogió la sentencia. | JOSÉ NAVARRO

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia considera probado que el exalcalde de Alicante se benefició de un viaje gratis a Creta en jet privado durante el verano de 2008 y que tenía un coste de 36.000 euros. La Fiscalía Anticorrupción acusaba a Ortiz de haber sido la persona que pagó el viaje, pero este extremo no lo consideró probado el tribunal. La sentencia apuntaba directamente a otro empresario, Ricardo Fuster, como el verdadero pagador de las vacaciones. El fallo cuestionaba las razones de Fuster para implicar a Ortiz en el pago del viaje, recordando que con este testimonio logró que se le retirara la imputación por un delito de cohecho.

La sentencia no declaraba probados otros supuestos regalos de Ortiz a Alperi, por lo que únicamente condenaba al exregidor por el viaje a Creta. La Fiscalía reclamaba para Alperi penas que sumaban diez años de cárcel y finalmente ha sido condenado al pago de una multa por estas vacaciones.

Cuando en febrero de 2018, el juez abrió juicio oral a los nueve acusados en el caso del Plan General, se fijó una fianza de 1,3 millones de euros para cubrir las responsabilidades civiles en el caso de que la sentencia hubiera sido condenatoria. El empresario Enrique Ortiz aportó el dinero, que no solo cubría su responsabilidad, sino que también evitaba que pagaran el resto de los acusados. La defensa del promotor, el abogado Francisco Ruiz Marco, ha presentado un escrito ante la sala recordando que el fallo del Plan General no ha declarado responsabilidad alguna, por lo que solicita formalmente la devolución de este dinero.

La defensa pide al tribunal que tenga por presentado el escrito y por solicitada la devolución del dinero para que ordene la preceptiva transferencia bancaria en cuanto la sentencia sea firme. El escrito recuerda que el dinero fue aportado de manera voluntaria por el promotor y en concepto de reparación del daño, en el caso de que la sentencia hubiera sido condenatoria.

Como ya publicó este diario, el fallo sólo condena a Ortiz a una multa de 18.000 euros por el regalo de una chaqueta a Sonia Castedo durante las navidades de 2008. El fallo consideraba prescritos estos hechos para la exregidora porque no fue imputada formalmente en la causa hasta el año 2012 por el Tribunal Superior de Justicia. Del resto de los delitos que se le imputaban ha quedado absuelto, y por ellos se le pedía ocho años de cárcel. Se da la circunstancia de que la defensa de Ortiz había pedido una aclaración de sentencia al entender que puede haber un error en el artículo del Código Penal por el que se le ha condenado por cohecho, un posible error material que también ha advertido la Fiscalía.

El plazo para recurrir todavía no ha empezado a correr, dado que la Fiscalía ha reclamado la redacción de un nuevo fallo al considerar que se han omitido hechos en la resolución por los que presentaba acusación. Unas aclaraciones con las que gana tiempo para estudiar el posible recurso ante el Supremo.