Una juez rechaza la primera demanda de custodia compartida de un perro en la provincia
La magistrada no ve probado que el demandante fuera el copropietario de la mascota y concluye que se compró en su día para regalarlo a la hija de su pareja - La resolución es firme y contra ella no hay posibilidad de recurso alguno

Imagen de archivo de un bichón maltés, perro de la misma raza que el del litigio. | INFORMACIÓN / J.A.MARTÍNEZ
Y Bimba al final no se compartió. La juez que tenía que decidir sobre la primera demanda de custodia compartida de un perro en la provincia de Alicante ha rechazado la petición y finalmente el perro se quedará en la casa donde estaba la expareja del demandante, según la sentencia a la que ha tenido acceso a este diario. Se trata de una resolución que es firme y contra la que no cabe recurso alguno por el tipo de procedimiento. El motivo por el que la juez ha desestimado la petición es que no ha considerado probado que el demandante fuera el copropietario de la mascota, apoyándose en la declaración de testigos que aseguraban que el perro fue un regalo que se hizo en su día a la hija de la mujer, fruto de otra relación anterior.
La demanda se ha desestimado cuando desde abril está en trámite una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil en la que está contemplado que en los procesos de ruptura matrimonial los animales dejen de considerarse como objetos, sino como seres vivos dotados de sensibilidad para que se les tenga en cuenta. Cuando se presentó la demanda la pasada primavera, ya se planteaba que se otorgara la custodia compartida de manera cautelar ante la futura entrada en vigor de la reforma, petición que se rechazó aplazando cualquier decisión hasta el momento del juicio. La demanda fue presentada por el abogado Francisco González en plena discusión de la citada reforma y con una jurisprudencia escasa en procesos de custodia compartida.
La vista oral se ha celebrado esta semana en un juzgado de Primera Instancia de Benidorm y en la que, como en cualquier pleito de divorcio, han tenido que pasar a declarar numerosas personas del entorno de la pareja para tratar de dilucidar de quién era la mascota. Las fuentes judiciales consultadas por este diario señalaron que precisamente con esta reforma se valora el hecho de haber convivido con el animal, no la mera propiedad.
La perra es un bichón maltés blanco llamado Bimba que el demandante compró con su expareja. El hombre planteaba que fue él quien compró a la mascota y se hacía cargo de los gastos derivados de su cuidado. La pareja rompió la relación en diciembre de 2019 y logró un régimen de custodia compartida para la hija que tienen en común. La mujer tenía otra hija de una relación anterior. Sin ningún tipo de resolución judicial, pactó de palabra el mismo régimen para la perra. De esta manera, la mascota estaría con el progenitor al que le tocara también tener esos días a la niña. Durante el primer año, el acuerdo funcionó, pero con el tiempo la relación se fue deteriorando. Hasta que el pasado mes de febrero, la mujer le dijo que no se iba a llevar a la perra alegando que ésta era de la otra hija, motivo por el que el hombre acudió a los tribunales. Sostenía el demandante que esta situación le estaba causando un grave daño moral al privarle de las compañía de Bimba «pues tal es el amor que profesa a la perra. Por no hablar de que la hija menor no entiende por qué Bimba ya no está con ella en los días en los que convive con su padre».
Regalo a una niña
La mujer rechazaba esta petición y aseguraba que el perro nunca fue copropiedad de los dos, sino que fue un regalo que él le hizo en su día a su hija menor de edad. Familiares, vecinos y hasta la chica de la limpieza acudieron a declarar al juicio para poder determinar de quién era Bimba.
El certificado de compra acreditaba que el animal fue pagado por el demandante, aunque en uno de los certificados aparece la mujer como la propietaria al haber sido quien llevó al perro a implantarle el chip. La magistrada valora que si la propietaria era menor de edad «no puede constar en un documento de esta naturaleza». Analizados los testimonios de los testigos, la juez concluye en la sentencia que el animal pertenecía a la hija y por lo tanto la demanda debe ser desestimada. La juez considera probado que «no existe ni un solo testimonio firme» que pueda acreditar que el hombre fuera propietario del perro.
Cada testigo aseguró en el juicio que el perro era de la menor o del demandante en función de su afinidad con una u otra parte. Sin embargo, la magistrada encuentra contradicciones en el relato del segundo grupo. De hecho, uno de los testimonios que para la juez ha sido decisivo fue la declaración de una vecina que relató que compraron el regalo para la niña para que estuviera más cómoda en la casa cuando la mujer se fuera a vivir con su nueva pareja. Un extremo que vino a corroborar el padre biológico de la menor.
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