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Absuelven a tres acusados de maltratar y encerrar a una mujer en Alicante

El fiscal pedía 10 años al marido de la denunciante pero la Audiencia no estima probada su detención ilegal ni agresiones y amenazas de muerte

Un momento del rescate de la mujer el pasado año en Alicante. | INFORMACIÓN

La Audiencia de Alicante ha absuelto al marido de una mujer argelina que denunció el pasado año ante la Policía haber sido víctima de malos tratos físicos y psíquicos, amenazas de muerte, agresiones y detención ilegal. Aunque el tribunal precisa que la absolución no implica que la denunciante haya mentido, sí considera que ha incurrido en numerosas contradicciones y no existen pruebas para dictar una sentencia condenatoria. En el mismo fallo el tribunal de la Sección Primera absuelve también a dos hermanas del principal acusado, para quien la Fiscalía pedía penas que sumaban más de 10 años de prisión por tenerla encerrada en casa y maltratarla. Los tres acusados absueltos por la Audiencia han sido defendidos por el abogado José Luis Sánchez Calvo.

La mujer denunció a la Policía un supuesto calvario ocurrido durante los cuatro meses que la pareja estuvo conviviendo en una casa de la Zona Norte de Alicante y se destapó en junio de 2020 después de personarse un hombre en la Comisaría para explicar que su hermana le había llamado para decirle que su marido la tenía encerrada en su domicilio. La mujer fue rescatada con el vehículo escalera de los Bomberos y cuando la Policía detuvo al marido y a las dos hermanas informó de que se trataba de un matrimonio de conveniencia para que ella obtuviera el permiso de residencia en España. Se casaron en Argelia en junio de 2019 y meses más tarde se trasladaron a Alicante. Según la Policía, la víctima llegó a España por un trato entre el detenido y la madre de ella, quien pactó vender a su hija a cambio de unas tierras en su país, acatando la víctima esa decisión familiar para poder residir legalmente en España.

Sin embargo, el tribunal señala que no consta que la mujer sea titular de ninguna propiedad. El fallo se recoge que no ha quedado acreditado que el acusado pretendiera que su mujer le otorgara un poder notarial para enajenar propiedades en Argelia ni que la amenazara de muerte cuando se negó a ello.

El fallo señala que tampoco se ha probado que el acusado desarrollara «comportamientos de carácter violento, intimidatorio y vejatorio» contra su mujer, ni que la golpeara o causara pequeños cortes con un cuchillo, entre otras agresiones.

La mujer también aseguraba que los acusados le amenazaron con tirarla por la ventana a diario y que la dejaban colgada. En la parte inferior del inmueble había una cafetería y la presunta víctima dijo inicialmente que nunca había nadie en la terraza cuando la colgaban por la ventana, pero en el juicio manifestó lo contrario. Que pasaba gente y les recriminaban por lo sucedido pero no hacía nada. Este extremo de la denuncia tampoco ha sido declarado probado y es una de las numerosas contradicciones de la denunciante que resalta el tribunal.

El marido y las dos cuñadas de la denunciante estaban acusados también de amedrentarla poniéndole un pañuelo en el cuello y apretarlo, así como de golpearla con unas sillas y romperle una pata en la cabeza. No se estima acreditado este relato ni las amenazas de las hermanas del marido a su cuñada diciéndole que «le iban a abrir la barriga con un cuchillo, que le iban a sacar las tripas y que no iban a ir a la cárcel».

La Audiencia descarta asimismo la detención ilegal de la mujer. Había en la casa una puerta de hierro con dos cerrojos en su parte exterior, pero no estaban echados. La denunciante disponía de teléfono y para el tribunal no está demostrado que la encerrara en la casa.

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