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Tres peticiones de eutanasia en la provincia de Alicante, dos de ellas denegadas

Solo una de las solicitudes cumplía los requisitos establecidos en la norma - En toda la Comunidad se han presentado 11 y ocho han sido favorables

María, quien pidió la eutanasia en diciembre, ayudada por su cuidadora en el baño. | EFE/BIEL ALIÑO

Tres personas han pedido en la provincia de Alicante la eutanasia en los seis primeros meses de vigencia de la ley que regula el derecho a morir, aprobada el 25 de junio de 2021. De ellas tan solo una fue aceptada, al cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 3/2021. Las otras dos al no acogerse a lo estipulado en la norma fueron desfavorables. En la Comunidad Valenciana las demandas en estos meses fueron 11, ocho de las cuales fueron favorables y las otras tres desfavorables.

El único caso de la provincia de Alicante se trató de una mujer que llevaba 20 años sufriendo esclerosis múltiple, una enfermedad neurodegenerativa para la que no existe cura. Además, la paciente no tenía ningún familiar y, pese a contar desde hacía tiempo con un testamento vital en el que constaba que se aplicara la eutanasia, fue ella en plenas facultades quien decidió solicitar a su médico poder acogerse a esta ley en cuanto tuvo luz verde por parte del Gobierno central en junio del pasado año. La eutanasia fue practicada en el Hospital de Sant Joan.

68 años, sin movilidad

El segundo de los casos de los que se tiene constancia es el de María, una valenciana de 68 años que falleció sin dolor el pasado mes de diciembre, en el Hospital Clínico de València. En septiembre del pasado año, tras un tiempo con dificultades en el movimiento, necesitar silla de ruedas y tener una pérdida progresiva del habla, le diagnosticaron una atrofia multisistémica neurodegenrativa sin cura. Tras el diagnóstico, pidió la ayuda por dependencia y la eutanasia. Un mes más tarde intentó suicidarse, como recordaba entre lágrimas María.

Durante su estancia en el hospital, algunos profesionales le recomendaron comenzar el proceso , que ella inicio a través de su psiquiatra. Antes de fallecer donó sus órganos «para poder ayudar a otras personas». Y así lo hizo, pues el hospital comunicó a los familiares, de quienes estuvo rodeada su último día de vida, «que había salvado la vida a cuatro personas», comentaban sus allegados.

Para recibir esta prestación, aprobada por las Cortes Generales el 25 de junio, que garantiza una ayuda médica para morir a aquellas personas con una enfermedad grave e incurable y que «padezcan un sufrimiento constante e intolerable», la persona debe solicitarlo a su médico de cabecera o especialista quien verificará que se cumplen los requisitos previos en un plazo máximo de dos días. Comprobada esta primera solicitud, se llevará a cabo una entrevista donde tendrá lugar un proceso deliberativo sobre su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como los posibles cuidados paliativos, que también se facilitarán por escrito.

Una vez presentada la segunda, a los 15 días el médico debe evaluar de nuevo al paciente para verificar que no hay un cambio de opinión. Tras esta segunda entrevista otro médico de la misma especialidad pero sin vinculación con el paciente debe entrevistarle y verificar que cumple los requisitos. Estos informes pasan a la comisión de garantía que regula la aplicación de la ley en la Comunidad Valenciana y que es el órgano que tiene la última palabra en cada caso. Una vez entra en esta comisión, transcurren, como máximo, aproximadamente, 11 días, hasta que se emite el informe y se comunica al médico responsable. Desde la conselleria indican que «nunca se ha llegado a ese plazo que marca la ley. La media es de dos o tres días. Luego se pacta con la persona afectada cuándo se llevará a cabo la prestación para morir, pero suelen ser de cinco a 15 días».

La eutanasia puede aplicarse en el hospital o en el domicilio del enfermo que lo requirió. Pueden ser los médicos quienes apliquen la medicación por vía intravenosa o ser el propio paciente quien se la tome, en ese caso sería un suicidio asistido. Un equipo médico acompaña al enfermo hasta el final, cuando se hace constar en un certificado de defunción que la muerte ha sido natural.

Sanidad, tal como establece la ley, estructuró un registro por departamentos de salud , para garantizar el derecho a la objeción de conciencia de los sanitarios, «un número que no es estático, el derecho se puede ejercer en cualquier momento, tanto para realizar la objeción como para retirarla».

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