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Un juzgado de Alicante rechaza el recurso de la empresa Llegando a la Cima sobre el cierre de la planta de residuos de Fontcalent

El Ayuntamiento de Alicante decretó la suspensión de actividad por falta del permiso ambiental

Imagen de archivo del vertedero, en Fontcalent RAFA ARJONES

La titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de Alicante ha desestimado el recurso presentado por la empresa Llegando a la Cima frente al decreto del Ayuntamiento de Alicante, que ordenaba a la empresa de tratamiento de residuos a que acate de forma inmediata la suspensión del funcionamiento de la actividad decretada mediante resoluciones de fechas 11 de octubre de 2018 y 10 de mayo de 2019, por carecer del preceptivo instrumento de intervención ambiental. La sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La citada resolución, según consta en la sentencia, fue dictada por la Administración local ante el incumplimiento, por parte de la empresa recurrente, de los múltiples requerimientos de suspensión del funcionamiento de la actividad de Planta de Valorización de Residuos procedente de la construcción y demolición y ante el quebranto por parte de la mercantil, del precinto de dicha Planta de Valorización llevada a cabo por agentes de la autoridad en fecha 7 de junio de 2019.

Con posterioridad al dictado del Decreto impugnado, en fecha 20 de noviembre de 2020 fue dictado otro decreto por el cual se acordaba levantar la suspensión de la actividad en lo relativo al tratamiento de residuos no peligrosos, manteniendo la suspensión del resto de actividad. Igualmente, en fecha 11 de enero de 2021 fue dictado un nuevo decreto por el que se le deniega a la empresa la licencia ambiental solicitada, ante la falta de subsanación de los documentos preceptivos que le fueron requeridos. "Ninguna de estas dos resoluciones han sido impugnadas por la recurrente, ni se ha solicitado en tiempo y forma la ampliación del objeto del recurso a las mismas", según se refleja en la sentencia. 

La empresa denunciante consideraba que el proceder de la Administración "no ha sido ajustado a Derecho en la medida en que contraviene lo resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en su Auto de fecha 27 de septiembre de 2019 del que según indica, se desprende que la mercantil actora está autorizada para el desarrollo de la actividad de tratamiento de residuos". El Ayuntamiento se opuso al recurso alegando, en primer lugar, la concurrencia de sendas causas de inadmisibilidad, mostrando así mismo su oposición en cuanto al fondo.

Desde la Concejalía de Urbanismo, responsable de los decretos de cierre de la actividad de la empresa, han preferido no valorar la sentencia del juzgado.

A finales del pasado año, un juzgado de Alicante admitió la denuncia de la empresa de tratamiento de residuos contra el edil de Urbanismo, Adrián Santos Pérez, y tres técnicos municipales. El juez abrió diligencias previas tras la querella de Llegando a la Cima por desobediencia al ignorar presuntamente el Ayuntamiento un auto judicial que autorizaba la actividad de la planta y clausurarla.

(Habrá ampliación)

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