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El TSJ da el visto bueno a los vecinos para que defiendan la sentencia del ruido con un recurso ante el Supremo

La Asociación de Vecinos persigue un fallo favorable del alto tribunal para forzar al Ayuntamiento de Alicante implantar una zona acústicamente saturada con el fin de reducir la actividad hostelera en el entorno de Castaños - Unidas Podemos reclama medidas para garantizar el descanso vecinal

Ambiente en el entorno de Castaños, en una imagen durante la pandemia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dado el visto bueno a la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional de Alicante para que defiendan la "sentencia del ruido" con un recurso ante el Tribunal Supremo. Así consta en un reciente auto en el que la sala de lo contencioso número 1 del TSJCV considera que los vecinos cumplen los requisitos para elevar el recurso ante el alto tribunal, que ahora debe dar también el visto bueno antes de entrar al fondo del recurso de casación.

Según el auto, los vecinos han superado las exigencias legales para seguir adelante con un recurso que busca que la justicia obligue al Ayuntamiento de Alicante a implantar una Zona Acústicamente Saturada (ZAS) en el entorno de Castaños con el objetivo de reducir el ruido derivado de la actividad del sector de la hostelería y el ocio nocturno. La resolución judicial señala que los vecinos acreditan el cumplimiento de los requisitos reglados en orden al plazo, la legitimación y la recurribilidad de la resolución que se impugna, pues el recurso se presenta dentro del plazo de 30 días, contados desde el siguiente al de la notificación y la resolución es susceptible de recurso de casación, conforme al artículo antes citado. También señala que se identifica las normas o la jurisprudencia que se consideran infringidas y que las normas cuya infracción se denuncia forman parte del ordenamiento jurídico estatal al tratarse de leyes estatales aprobadas por las Cortes Generales. Por otro lado, se subraya que se justifica que las infracciones imputadas han sido relevantes y determinantes de la decisión adoptada por esta Sala en la sentencia que se recurre y se fundamenta, con singular referencia al caso, que concurren alguno o algunos de los supuestos que, con arreglo a los apartados 2 y 3 del artículo 88 Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.

Los vecinos del Centro Tradicional de Alicante, pese al reciente varapalo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que tumbó por falta de legitimidad el fallo que obligaba al bipartito de PP y Ciudadanos a reducir el ruido en el entorno de Castaños, ya anunciaron que no cejan en su empeño para que se implante una ZAS en el entorno de Castaños, tal y como dictó un juzgado de la ciudad de Alicante en primera instancia. La asociación de vecinos inició días después de la sentencia del TSJCV, contraria a sus intereses, el trámite para presentar el recurso de casación ante el Tribunal Supremo, con el registro del escrito de preparación, que supone en la práctica un primer paso del proceso.

En el escrito elevado al Tribunal Superior de Justicia se defiende que «las asociaciones de vecinos como personas jurídicas que defienden intereses colectivos son susceptibles de ser titulares de los derechos fundamentales contemplados en los artículos 15 y 18 de la Constitución Española, actuando en defensa de derechos de naturaleza personalísima de sus asociados, y con ello sí pueden demandar en nombre de los mismos los derechos fundamentales que se reclamaron a través de una demanda de vulneración de derechos fundamentales». El contrario a este argumento fue el esgrimido por el TSJCV para estimar íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Alicante y las representaciones procesales de Hisema Ocio SL y la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (ALROA), contra la sentencia que condenaba al gobierno municipal de PP y Cs a poner en marcha una ZAS con medidas para reducir el ruido en Castaños y otras diez calles del Centro Tradicional de Alicante.

Unidas Podemos presiona

El grupo municipal Unidas Podemos EUPV exige al bipartito de Barcala que "garantice de forma efectiva el descanso vecinal en el entorno de la calle Castaños, aplicando las limitaciones y medidas necesarias para que los niveles sonoros de los establecimientos hosteleros no superen los previstos en la normativa vigente". El portavoz municipal, Xavier López, señala que “no puede ser que el Ayuntamiento, aprovechando un resquicio legal para dilatar el proceso judicial, desista de proteger el derecho al descanso de las personas afectadas por los excesos de ruido”. Según López, la sentencia de primera instancia, revocada por el TSJCV por una cuestión de forma, “constata la vulneración de derechos fundamentales y la falta de actuación del ayuntamiento para protegerlos, aunque se haya tirado para atrás por una cuestión procedimental, el fondo es el que es”.

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