La junta de fiscales de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por unanimidad recurrir la sentencia de la Audiencia de Alicante que descartó amaños en el PGOU de la ciudad. Una resolución que absolvió a la práctica totalidad de los acusados en esta pieza del caso Brugal, con la excepción del exalcalde Luis Díaz Alperi y del empresario Enrique Ortiz, a quienes condenó por cohecho a multas de 6.000 y 18.000 euros respectivamente. Al expolítico del PP, por aceptar el pago de un jet privado para un viaje a Creta. Al promotor, por regalarle una chaqueta de Carolina Herrera a la entonces alcaldesa, la también popular Sonia Castedo. La exregidora, su hermano y el socio de este; un empleado y un hermano del promotor y otros dos empresarios fueron absueltos. Se juzgaba si los políticos facilitaron información reservada del planeamiento urbano de la ciudad a Ortiz a cambio de prebendas: la chaqueta y el avión privado, entre ellas.

De admitir el Supremo el planteamiento del Ministerio Público en el recurso que ya se ha formalizado por vulneración de preceptos constitucionales y quebrantamiento de forma, se anularía la sentencia dictada por la sección Tercera y un nuevo tribunal volvería a juzgar a los nueve acusados por estos hechos: los dos condenados y los siete absueltos.

Petición rechazada

Nada más notificarse la resolución el pasado julio, los fiscales anticorrupción Felipe Briones y Pablo Romero advirtieron a la sala de que omitía hechos de los que acusaban y pidieron que se redactara un nuevo fallo que subsanara esas carencias para poder recurrir. Una solicitud que el tribunal compuesto por las magistradas Cristina Costa, Margarita Esquiva y Montserrat Navarro, esta última como ponente, rechazó por entender que excedía de los límites legales previstos para la aclaración de sentencias. Y porque «ninguna de las alegaciones son susceptibles de aclaración o integración ya que no contienen descripción de errores, inexactitudes o faltas para integrar, sino una evidente discrepancia con la sentencia», respondieron.

Los fiscales exponían que en su escrito de acusación detallaban hasta 57 irregularidades en la tramitación del PGOU y que algunas de ellas ni siquiera aparecían en la sentencia. Algo que el Ministerio Público llevará ahora ante el Supremo junto con el silencio de la sala acerca de la conformidad firmada por Ortiz, su hermano y un empleado con las acusaciones (además de la pública estaba personado el Ayuntamiento como particular y EU como popular) por la que reconocían los hechos a cambio de una rebaja en la pena que garantizaba que no entrarían en prisión. Un acuerdo del que se retractaron poco antes del juicio, que el tribunal lo permitió pero que no aparece documentado en la resolución judicial, hicieron constar los fiscales.

Briones y Romero reclamaban también a las magistradas una explicación de por qué no dedujeron testimonio contra el empresario Ricardo Fuster cuando sostienen que tenía «motivos interesados» para declarar que el viaje de Alperi a Creta se lo pagó Ortiz . La sentencia asevera que fue este testigo quien lo costeó. Una conclusión que no comparten los acusadores pero que no impide que quieran saber las razones por las que el tribunal no ha actuado contra él si tan claro tienen que mintió.

La Fiscalía también expondrá los calificativos que el tribunal desliza en la sentencia contra los escritos de acusación, a los que tilda de «faltos de concreción, genéricos y confusos». Unas apreciaciones con las que los fiscales no están de acuerdo pero que, en todo caso, no fueron advertidas por el tribunal cuando aún se podían haber subsanado sino que, por contra, se dio el escrito por bueno.

Alperi también anunció que recurría la sentencia.

El juicio de las basuras de Orihuela, también pendiente

El juicio por los amaños del PGOU de Alicante no es la única pieza desgajada del caso Brugal que está pendiente ahora del Supremo. A la espera del recurso interpuesto por la Fiscalía se encuentra también el proceso por las basuras del Orihuela. Una causa que un tribunal de la sección séptima de la Audiencia de Alicante con sede en Elche resolvió con la absolución de los 34 acusados, entre los que se encontraban dos exalcaldes de Orihuela y el empresario Ángel Fenoll, al entender que las escuchas que dieron origen al procedimiento «vulneraron derechos fundamentales». Al igual que en el asunto del PGOU, el Ministerio Público plantea que se vuelva a enjuiciar el caso pero con un tribunal distinto al que lo juzgó y que estaba formado por los magistrados Gracia Serrano, José Teófilo Jiménez y Manuel Martínez Aroca, este último como ponente. La sala absolvió a los 34 acusados de haber cometido irregularidades en la adjudicación del contrato de recogida de basuras y limpieza viaria de Orihuela tras declarar la nulidad de las principales pruebas de cargo. No se solo invalidaron las intervenciones telefónicas que se practicaron durante tres años, sino que anularon también registros domiciliarios, vigilancias policiales y hasta algunos documentos por vulneración de derechos fundamentales, a juicio del tribunal. El Supremo tiene ahora la palabra.