Segundo espaldarazo de la Justicia al exvicealcalde de Alicante Andrés Llorens. Tras su absolución en el proceso por la remodelación de la plaza de Magallanes, la Audiencia provincial ha vuelto a exonerarle de responsabilidad penal en el amaño de cuatro obras del Plan E. Unas irregularidades que el tribunal ha considerado probadas y por las que ha condenado por prevaricación continuada al técnico municipal José Lidón y al empleado de la constructora Becsa que estaba acusado de estos hechos, Juan Manuel Valdivieso. 

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 De ambos afirma que se pusieron de acuerdo para redactar los proyectos de cuatro obras: la adecuación de la mediana de la avenida de Villajoyosa, la renovación parcial del pavimento de la Explanada, la reforma de la plaza de la Montañeta y la construcción de 140 contenedores soterrados

   Cuatro años y tres meses de inhabilitación para el empleo o cargo público le ha impuesto al funcionario y dos años, un mes y quince días para contratar con entes públicos a Valdivieso . En ambos casos se ha apreciado la atenuante de dilaciones indebidas. Este asunto comenzó a investigarse en 2010 tras la denuncia que la entonces concejala del PSPV Carmen Sánchez Brufal presentó en la Fiscalía.  

"Los proyectos fueron realizados por Valdiveso aunque los documentos que contienen los proyectos incorporados a los expedientes fueron firmados por el acusado Lidón»

Junto a Llorens ha sido absuelto también Javier Álvarez, apoderado CCMS, otra contratista. Anticorrupción pedía cuatro años de prisión para los cada uno de los cuatro acusados por los delitos de prevaricación y fraude. Un cargo, este último, que la sala no ha apreciado al entender que no se ha producido ningún perjuicio al Ayuntamiento dado que «las obras fueron entregadas sin tacha y sin que nadie haya afirmado que fueran defectuosas», recoge la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Supremo.

La Fiscalía calculó el quebranto económico en 1, 2 millones pero al término del juicio reclamó el decomiso del beneficio empresarial obtenido por estas contratas, que cifró en 395.997 euros. Nada de eso estima el tribunal que ha considerado que, sin daño, no hay lugar a condena en responsabilidad civil.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado José María Merlos, se considera probado que el funcionario, técnico del Área de Atención Urbana cuando se produjeron los hechos, «se concertó» con el otro condenado para que «directamente él o a través de otro personal de la empresa» realizara los proyectos municipales de las cuatro obras del Plan E investigadas.

Los metadatos

Determinantes para la condena en este procedimiento han sido los metadatos que aparecen en los documentos de los proyectos. El tribunal sostiene que «aunque los documentos que contienen los proyectos incorporados a los expedientes administrativos fueron firmados por el acusado Lidón, dichos proyectos fueron realizados por Valdivieso en su ordenador con anterioridad a su conversión a formato PDF». 

"No consta que se provocara un perjuicio al Ayuntamiento porque las obras fueron entregadas sin tacha y nadie ha afirmado que fueran defectuosas»

Los dos condenados atribuyeron el hallazgo de los proyectos con el rastro del ordenador del empleado de la que luego fue la empresa adjudicataria a que Lidón le pidió el favor de convertir los documentos en PDF porque él no tenía medios para hacerlo.  «Todas las conversiones a PDF en el ordenador de Valdivieso se realizaron con anterioridad a la publicación de los proyectos en el Perfil del Contratante», precisa la sentencia. Y agrega: «No hay ninguna razón para que Lidón, que tenía a su disposición medios más que suficientes en la concejalía, entregara a Valdivieso los proyectos para su conversión en PDF infringiendo así los deberes de reserva, imparcialidad y transparencia a los que estaba sujeto. La conclusión más razonable es que Valdivieso llevara a cabo la conversión porque había sido él el autor de los proyectos». 

"Becsa participó en el concurso en una posición de ventaja por haber realizado uno de sus técnicos los proyectos antes de que fueran accesibles para los demás concursantes»

Para la sala «no consta» que Llorens «tuviera conocimiento» de esto. Ni tampoco que lo supiera Álvarez. «Desde luego, ninguna prueba acredita que la mercantil CCM hubiera sido creada por Lidón y que Álvarez fuera la persona interpuesta al servicio del verdadero señor de la empresa», sostiene la sala.

 Sobre el expolítico del PP abunda en que «no es humanamente posible que tuviera conocimiento detallado de todos y cada uno de los proyectos de las distintas áreas de la concejalía (...) además de que no corresponde al concejal la supervisión de los pormenores de los expedientes ni tenía conocimientos técnicos para llevar a cabo esa supervisión».

Y añade que «el error de Llorens era invencible pues no había ninguna razón para que desconfiara de los sucesivos filtros del procedimiento administrativo (...) ni incurrió en negligencia al confiar en que los funcionarios y técnicos cumplieron normalmente sus funciones sin que les fuera exigible verificar personalmente no ya el contenido de los proyectos sino los metadatos de su versión informática». 

"No es humanamente posible que Andrés Llorens tuviera conocimiento detallado de todos y cada uno de los proyectos de las distintas áreas de su concejalía»

El tribunal afirma que «Becsa participó en el concurso con una posición de ventaja por haber realizado uno de sus técnicos los proyectos y, consecuentemente, haber tenido conocimiento de estos por cauces distintos y privilegiados y con anterioridad al momento al que fueron accesibles para los demás concursantes».

Sobre las supuestas irregularidades derivadas de la vinculación del hermano de Andrés Llorens con una de las empresas a la que estas contratistas del Ayuntamiento compraron contenedores soterrados, considera la sala no han pasado de ser meras sospechas y que la retribución que percibió el familiar del exvicealcalde «se enmarca en una relación de aquel con una empresa, no con la Administración, por los servicios (de asesoramiento) que prestó».