Una sentencia del TSJ devuelve el Júcar-Vinalopó al punto de partida en 1998, con agua para beber y regar

El fallo conocido esta semana cuestiona, además, el nuevo plan del Júcar, que deja a las comarcas del Vinalopó, L’Alacanti y Marina Baixa, sin la concesión de Bellús y de 30 hm³ gracias a la modernización de riegos en Valencia que ahora se va la Albufera

Dos técnicos observan el agua en el embalses de la Cuesta  (Villena) regulador de una parte del caudal del trasvase

Dos técnicos observan el agua en el embalses de la Cuesta (Villena) regulador de una parte del caudal del trasvase / Áxel Álvarez

F. J. Benito

F. J. Benito

La sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Valencia exigiendo a la Confederación del Júcar que considere a la Junta Central de Usuarios del Trasvase Júcar-Vinalopó miembro con todos los derechos de la Demarcación Hidrográfica no solo refuerza la posición de Alicante sobre el agua que monopoliza Valencia, sino que representa un golpe de efecto legal, que en la práctica devuelve a la casilla de salida el proyecto del trasvase Júcar-Vinalopó tal como se diseñó en 1998. Año en el que todas partes -regantes alicantinos, valencianos, Gobierno central y Consell- acordaron que por el trasvase que arrancaba en Cortes de Pallás y después se trasladó a Cullera, circularían hasta 80 hm³ de agua al año para regar y beber.

El fallo -pendiente de si la Confederación del Júcar lo recurre em casación en plena negociación con la Junta Central sobre el agua para riego- puede hacer saltar por los aires el plan hidrológico (2022-2027) validado en el Consejo Nacional del Agua con el voto favorable del Consell, ya que en el documento figuran dos disposiciones que van contra la naturaleza de la propia sentencia de TSJ: la eliminación de la concesión de agua potable desde el embalse de Bellús y el desvío para la Albufera de Valencia de los 30 hm³ de agua que llegaban al Vinalopó, L'Alacantí y la Marina Baixa, obtenidos de la modernización de los regadíos de la Acequia Real del Júcar.

La aprobación del plan de cuenca de 1998, por unanimidad de los usuarios de la demarcación del Júcar, trajo consigo importantes acuerdos para materializar las medidas previstas en el plan y alcanzar con ello los objetivos propuestos. Fueron los denominados “Pactos del 98” con importantes inversiones del Estado en modernización de regadíos y gestión del embalse de Alarcón, para mejorar las garantías de todos los usuarios del Júcar, entre los que están los de la Mancha Oriental y ahora debe incorporarse la Junta Central (Alicante) por mandato judicial.

Se acabaría a sí con el agravio cometido hace 24 años: que el trasvase quedara a expensas del agua que sobrara en Valencia, que ostenta el derecho de recibir agua a través de otro trasvase, el Júcar-Turia. ¿Por qué esa diferencia si ambos trasvases se producen en la misma cuenca hidrográfica?, se preguntan fuentes jurídicas consultadas por este periódico.

El portavoz de Junta Central y presidente de la Comunidad General de Usuarios del Medio Vinalopo, Ángel Urbina, reclama, como se viene haciendo desde 1998, tras una consulta con los servicios jurídicos, formar parte de la Junta de explotacón del sistema integrado Júcar-Alarcó-Contreras-Tous, en la que se decide, como órgano de gestión la existencia o no de recursos transferibles en la cuenca.

“Habíamos pedido la concesión de agua para sustituir conforme establece el pan, para que la asignación fuera real una vez satisfechas todas las necesidades y usos del Júcar y los ambientales también, y no meramente virtual para no depender de autorizaciones coyunturales cada año, sino una concesión vinculada a la sustitución del agua de los acuíferos”, subraya Urbina.

“Iniciativa que también nos daba derecho a integrarnos en la Junta de Explotación y a pesar ello se denegó por la Confederación, alegando que no teníamos ningún derecho inscrito cuando también estaba en trámite. Ahora, un Juzgado nos reconoce poder formar parte de la Junta de Explotacion del Júcar. Cada pequeño avance nos cuesta un mundo y habrá que ver la posición que ahora se adopta por la CHJ. Sólo queremos defender lo nuestro dentro de la legalidad y del derecho que nos reconoce el plan al uso de los recursos del Júcar reconociendo los derechos preferentes de la cuenca del Júcar. Ni más ni menos”.

"Cada pequeño avance nos cuesta un mundo y habrá que ver la posición que ahora se adopta por la CHJ. Sólo queremos defender lo nuestro"

Ángel Urbina

— Portavoz Junta Central de Usuarios del Trasvase Júcar-Vinalopó

Las juntas de explotación, según la Ley de Aguas, son órganos de gestión de las confederaciones hidrográficas para coordinar, respetando los derechos reconocidos al uso de las aguas, la explotación de las obras hidráulicas y recursos de un río o unidad hidrogeológica cuyos aprovechamientos están directamente relacionados entre sí. Forman parte los representantes de los usuarios afectados.

“Se nos asignaron 80 hm3 de del Júcar para paliar la sobreexplotación de los acuíferos, y por ello es evidente la relación directa entre la recepción de agua del Júcar y la sustitución del agua de los pozos, y más aún dentro de la misma demarcación del Júcar. No estamos hablando de un trasvase entre dos cuencas sino en la misma”, recuerdan los letrados de la Junta.

Otro de los acuerdos que se formalizaron al calor del nuevo PHJ de 1998 fue, precisamente, el “Convenio Marco de colaboración entre la Generalitat Valenciana y la Unión Sindical de Usuarios del Júcar (USUJ) para la modernización de los regadíos integrados en el USUJ”. Este convenio establecía la necesidad de modernizar los regadíos tradicionales del Júcar para generar los excedentes suficientes para atender la demanda de la Conducción Júcar-Vinalopó y, de esta forma, poder materializar las sustituciones de los recursos subterráneos en los maltrechos acuíferos del sistema de explotación Vinalopó-Alacantí por los superficiales del río Júcar.

Lo fundamental del acuerdo fue que la Comunidad Valenciana se implicaba directamente, con grandes inversiones en la modernización de los regadíos tradicionales del Júcar para garantizar, precisamente, estos recursos que mayoritariamente iban destinados a la provincia de Alicante.

Esta cuestión no es en absoluto baladí. Es una clave por las que el trasvase adquirió la condición de demanda del sistema Júcar, con un nivel de prioridad diferente a los que con justicia les corresponde a la cuenca cedente pero, en definitiva, una demanda adicional, como lo es, por estrecha similitud, el Canal Júcar-Turia, que ha generado importantes contraprestaciones para la cuenca cedente y los usuarios tradicionales del Júcar.

La única diferencia entre el canal Júcar-Turia, trasvase del Júcar al Turia, y el trasvase del Júcar al Vinalopó es que el primero abastece a Valencia y, el segundo, a Alicante. “En absoluto debe confundirse esta cuestión fundamental, de lo contrario, como se pretende ahora, el Júcar-Vinalopó estaría a merced del agua fluyente en la desembocadura, sin ningún tipo de regulación ni garantía”, apuntan fuentes jurídicas consultadas por este periódico.

Al margen de lo que pueda ocurrir ahora con el Plan Especial de la Albufera o las cesiones realizadas a Castilla la Mancha con volúmenes regulados en el embalse de Bellús, resulta “inexplicable”, que la “Generalitat Valenciana votara a favor del plan hidrológico del Júcar, mientras se abstuvo en el del Tajo”, aseveran las misma fuentes.

Imagen de archivo de una visita de los responsables de la CHJ  a un embalse en La Romana

Imagen de archivo de una visita de los responsables de la CHJ a un embalse en La Romana / Áxel Álvarez

El embalse de Bellús fue añadido como embalse de gestión en el Plan Hidrológico del Júcar 2009 -2015, junto a los tradicionales Alarcón, Contreras y Tous. Lo capital para el travase Júcar-Vinalopó fue que en los acuerdos alcanzados con el Ministerio de Agricultura entonces dirigido por Miguel Arias Cañete se fijó que al menos 12 hm3/año de la asignación de los 80 hm3/año para trasvase debían ser favorecidos por la regulación del embalse de Bellús. Ahora, en el nuevo plan hidrológico se elimina esta posibilidad. en la asignación a la CJV, es más, se destinan a CM estas mejoras producidas por la incorporación de Bellús como elemento adicional de regulación en el sistema de explotación Júcar, dejando al trasvase a Alicante en un nivel de prioridad inferior a la del resto de demandas de la cuenca cedente.

Bellús es un embalse para regular la avenidas en caso de lluvias torrenciales, que con el aumento de su regulación favorece la gestión integral de los recursos en el sistema Júcar y la satisfacción de sus demandas, garantizando de este modo su objeto, la recuperación de los acuíferos sobreexplotados del Vinalopó-Alacantí, explican fuente de la Junta Central.

La Junta Central de Usuarios ha venido reivindicando su incorporación al sistema de explotación Alarcón-Contreras-Tous (Júcar), derivado de su asignación de hasta 80 hm3 del río Júcar, siendo siempre ninguneada. La clave está en la presentación de la solicitud de concesión el 12 de julio de 2014, día de publicación en el BOE del PHJ 2009-2015.. Se interpuso recurso de reposición ante la propia CHJ, y tras el nuevo rechazo llegó el recurso por la vía de lo Contencioso-Administrativo cuya sentencia reconoce a la Junta Central de Usuarios como usuario del sistema de explotación Alarcón-Contreras -Tous y, por tanto, con derecho a representación en su junta.

Sin duda, el fallo judicial del 2 de diciembre representa un toque de atención más que notable que se incorpora a la colección de sin sentidos en las decisiones adoptadas en torno al trasvase y que contribuirá al devenir, probablemente judicial, futuro, y añade una grado de dificultad política a la propia Generalitat, que habiendo votado a favor del nuevo plan del Júcar, ve ahora cómo había avalado con su voto a favor del plan del Júcar, pendiente solo del Consejo de Estado y el Consejo de Ministros antes de llegar al BOE.

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