El Gobierno suaviza el decreto de prevención de la legionella tras las alegaciones de los hoteleros

Hosbec alerta de que la ambigua redacción de la norma les podía obligar a vaciar las piscinas dos veces al año y les impone obligaciones inasumibles

Puntos de agua en un resort de la provincia.

Puntos de agua en un resort de la provincia. / AXEL ALVAREZ

J. A. Martínez

J. A. Martínez

El sector hotelero de la provincia de Alicante ha logrado que el Gobierno rectifique el decreto de prevención de legionella modificando medidas que consideraban inasumibles. Los hoteleros alertaban de que la ambigua redacción de la norma les podía suponer la obligación de vaciar piscinas y jacuzzis con aerosoles cada seis meses; o hacer frente al coste de tener que analizar cada punto de suministro de agua en los cuartos de baños de las habitaciones; o la obligación de vaciar cada tres meses los depósitos acumuladores ACS, algo que podría dejar entre dos y tres días sin agua caliente. La patronal hotelera de Benidorm Hosbec había presentado alegaciones al decreto alertando que muchas de obligaciones eran innecesarias y desproporcionadas y suponían un costes que eran prohibitivos para ellos, aseguró a este diario la secretaria general de la asociación Nuria Montes. El Ministerio de Sanidad acaba de publicar el borrador del Real Decreto, ya incorporando algunas de las alegaciones planteadas por el sector. El plazo de alegaciones finalizará el próximo 13 de junio.

El Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, establece los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis, así como los que se deben cumplir "por cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o sea susceptible de producir aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población". Algunas de las medidas contempladas en el decreto han sido criticadas por los hoteleros por las obligaciones que suponían para ellos, a su juicio de manera innecesaria y desproporcionada y sin que les hubiera consultado sobre el alcance de éstas, señaló Montes.

Aerosoles

Uno de los puntos que mayor inquietud había generado en el sector era que, tal y como estaba redactada la norma, suponía la obligación de tener que vaciar cada seis meses y de manera sistemática las bañeras y piscinas de hidromasaje (o con dispositivos generadores de aerosoles) para poder proceder a los procedimientos de limpieza y desinfección. Para los hoteleros la ambigua definición de los aparatos que acumulen agua puedan tal y como estaba redactada la ley a la hora de analizar los aerosoles, cualquier instalación era susceptible de que se le aplicara la normativa, aseguró a preguntas de este diario Nuria Montes. Zonas de juegos infantiles con cascada o chorros de agua eran considerados como aerosoles y por tanto susceptibles de que se les aplicara la norma, algo que se consideraba "desproporcionado" incidiendo en que las piscinas no suelen ser foco de contagio. Y sobre todo valoraban la actual situación de sequía no hacía muy viable el tener que vaciar piscinas dos veces al año. La modificación ha consistido en señalar que el vaciado ya no será obligatorio y de manera automática cada seis meses, sino sólo en caso de que sea necesario.

El Decreto señala que "la actual crisis económica y energética aconseja que, sin perder de vista la protección de la salud frente a Legionella, en aquéllas instalaciones que por las características de su diseño o actividad precisan de un continuo y elevado volumen de agua, se posibilite la recirculación de la misma sin proceder al vaciado total de la instalación tras actividades tales como la limpieza y desinfección, después de cada uso". De todas maneras desde Hosbec se señaló que todavía no queda definido claramente en cada tipo de instalación cuándo será necesario vaciarla".

Depósitos acumuladores

Otro punto polémico fue el hecho de que se tuvieran que vaciar cada tres meses los depósitos acumuladores ACS y que son los que permiten contar con agua caliente en las habitaciones. Un punto muy similar al anterior, donde estos acumuladores servían sobre todo para garantizar una disposición del agua caliente en las habitaciones. Las modificaciones introducidas por Sanidad ya no implican la obligatoriedad de su apertura y vaciado, una labores que podían suponer para los alojamientos el estar dos o tres días sin agua caliente. Cada tres meses era oblIgatoria la revisión, limpieza y desinfección de los acumuladores.

La última modificación sobre otros aspecto polémico es la reintroducción del concepto "cuarto húmedo" a la hora de calcular el número de puntos terminales de una instalación. Con este cambio se considerará a la hora de tomar las muestras una habitación de hotel como un único punto terminal y no todos los grifos y duchas de cada habitación. Un cambio que va a reducir el número de tomas de muestreo por cada establecimiento. Los hoteles consideran inasumibles los costes que les suponía el tener que tomar muestras en cada uno de los puntos terminales.

Plazos

Aunque la convocatoria de las próximas elecciones generales para julio abre un periodo de incertidumbre sobre la aplicación de los plazos, una vez que en junio acabara el plazo de alegaciones, sería el turno de que la norma fuera informada por las comunidades autónomas. De todas las propuestas saldría una propuesta de informe definitivo que requeriría el informe del Consejo de Estado, la valoración de los secretarios y subsecretarios y del Consejo de Ministros y finalmente la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Alegaciones

Entre las alegaciones planteadas por los hoteleros a través de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) está el que no se requiera analizar los aerobios en las piscinas hidromasaje, ya que se analizan otros parámetros “equivalentes” por la propia normativa de piscinas. También que no se requiera analizar legionella en la red de agua potable durante fría los meses de invierno (agua por debajo de 20ºC); y que se desarrollen desde la Conselleria de Sanidad o el propio Ministerio guías sobre los procedimientos de limpieza de las piscinas con elementos de aerosolización – el término “en su caso, vaciar…” "queda ambiguo y puede quedar a criterio interpretativo de cada inspector de Sanidad, generando inseguridad jurídica en los establecimientos afectados", asegura Hosbec.