El Ayuntamiento de Alicante guarda silencio sobre el posible recurso tras el varapalo judicial a la ordenanza contra la mendicidad
El gobierno de Alicante, desde este sábado en manos exclusivamente del PP, tiene de plazo hasta el 25 de julio para acudir ante el Supremo tras la decisión del TSJ de anular los artículos más polémicos de la norma

Una persona pide dinero en una céntrica avenida de Alicante, en imagen de archivo / DAVID REVENGA
El gobierno municipal de Alicante guarda silencio por ahora sobre el posible recurso ante el Tribunal Supremo tras el varapalo judicial a la ordenanza contra la mendicidad y la prostitución, con la anulación de cinco artículos polémicos. "Vamos a hacer una contestación simple y escueta. Respetamos las sentencias judiciales cuando nos favorecen y también cuando no. Primero vamos a valorar qué supone jurídicamente, por lo que todavía es pronto para otra valoración. Vamos a estudiar si se recurre, ahora es pronto", ha señalado el portavoz adjunto del gobierno local, Manuel Villar (PP), quien ha apuntado que se tienen que reunir con "los servicios jurídicos y ver la decisión política que se toma".
Villar ha señalado, durante la rueda de prensa posterior a la última Junta de Gobierno del mandato, que el plazo para presentar el recurso finaliza en algo más de un mes, el próximo 25 de julio. "La semana que viene valoraremos mejor. Tenemos el derecho de marcar el tiempo sobre el recurso", ha añadido el concejal del PP, que seguirá en el gobierno local a partir del sábado, tras la toma de posesión de la nueva Corporación.
En el día posterior a que se conociera la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que anula los artículos más polémicos de la Ordenanza de Convivencia Cívica, desde Podemos, principal formación del grupo municipal que recurrió la norma vigente desde hace algo más de un año, señalaron que supone "una doble victoria". "Va contra la tesis del PP de Barcala, por la criminalización a las personas vulnerables, pero también de las tesis de Vox, que se ve obligado a pagar las costas por personarse en la causa. El TSJ nos da la razón en todo con los artículos más lesivos. Ahora le pedimos a Barcala que deje de malgastar el dinero público. Ya tienen que pagar las costas judiciales, que pagaremos entre todos. por lo que toca que acate el sentido común", señaló el todavía portavoz de Unidas Podemos, Xavier López, en una comparecencia convocada en la sede de Podemos.
Desde EU, por su parte, destacaron el "trabajo del grupo municipal y de EU, que ha garantizado que la ciudad sea más amable y menos cruel con las personas más vulneradas". "Seguiremos trabajando desde la oposición fiscalizando la actividad del gobierno y denunciando las irregularidades. Se demuestra cómo gobiernan el PP y Vox, sacando el martillo contra la población que más necesita de su Administración y el escudo con los intereses privados", ha añadido el dirigente de EU y próximo portavoz del grupo EU-Unidas Podemos, Manolo Copé.
Por otro lado, el portavoz de Compromís, Natxo Bellido, ha subrayado que la sentencia del TSJ es "una bofetada política en toda regla". "Había una demanda casi unánime entre las personas que trabajan a las personas sin hogar en contra de la ordenanza. Recomiendo que el gobierno retire por completo la ordenanza y comience a trabajar en una nueva desde el consenso político y social", según Bellido.
Por último, la concejala socialista Lola Vílchez ha señalado directamente al alcalde, Luis Barcala, por poner en marcha la ordenanza cívica: "No puede ser que un Ayuntamiento multe a la ciudadanía por ser pobre". "Estoy realmente complacida con la decisión del TSJ de declarar inválida la controvertida ordenanza de la vergüenza. Esta normativa, caracterizada por su injusticia y crueldad, ha causado un verdadero sufrimiento a cientos de residentes en situación vulnerable de nuestra comunidad, quienes han sido perseguidos legalmente únicamente por su situación económica", ha añadido Vílchez.
Cinco artículos anulados
Según figura en la sentencia conocida este lunes, quedan anulados el artículo 3.2.II, que recoge que "en los supuestos en los que así se prevea expresamente, las personas que se encuentren legalmente a cargo de los menores, por cualquier titulo, también podrán ser consideradas responsables de las infracciones cometidas por éstos en los términos previstos en la presente y demás normas que resulten de aplicación".,
También se obliga a retirar el artículo articulo 22 bis, que "prohíbe acampar en las vías y espacios públicos, acción que incluye la instalación estable en estos espacios públicos, sus elementos o mobiliario de tiendas de campaña, tenderetes, colchones, vehículos, autocaravanas o caravanas, salvo autorizaciones para lugares concretos". Ese apartado también prohibía "dormir de día o de noche en estos espacios"
Por otro lado, se anula a su vez el artículo 26.1, que "prohíbe las prácticas sexuales y el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales en la vía pública, cuando estas prácticas afecten a la convivencia ciudadana".
Además, queda sin efecto el apartado 29.3 sobre que "los padres y madres, tutores y demás personas responsables legales de los y las menores de edad serán responsables subsidiarios de las infracciones reguladas en este precepto, cometidas por éstos"
Y finalmente, se anula el articulo 31.2: "Serán responsables subsidiarios o solidarios por el incumplimiento de la obligaciones impuestas en esta Ordenanza las personas físicas o jurídicas sobre las que recaiga el deber de prevenir la infracción administrativa cometida por otros .Los padres y madres o personas responsables legales responderán solidariamente del pago de las sanciones derivadas de las infracciones cometidas por personas menores de edad, por no haber evitado como garantes la comisión del hecho, en los casos previstos en la Ordenanza .La responsabilidad solidaria quedará referida estrictamente a la pecuniaria derivada de la multa impuesta “.
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