El Tribunal Supremo obliga al Ayuntamiento de Alicante a restituir a un jefe de Urbanismo cesado tras la llegada de Barcala
El tribunal estima el recurso de un funcionario que fue apartado en agosto de 2018 del cargo al que fue designado a dedo por el tripartito de izquierdas en septiembre de 2017

Trabajadores en la torre del reloj del Ayuntamiento, este jueves en las tareas de emergencia tras la caída de un cascote / Jose Navarro
Que un nombramiento sea a dedo no significa que su cese pueda ejecutarse de la misma manera, de manera discrecional, sin argumentos objetivos. Esta es la principal conclusión de una reciente sentencia del Tribunal Supremo (TS), en la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un funcionario del Ayuntamiento de Alicante, nombrado jefe de Planeamiento en la recta final del tripartito de izquierdas (27 de septiembre de 2017). Del cargo fue cesado, también por vía decreto, cuatro meses después de acceder al gobierno Luis Barcala, tras conseguir la vara de mando por la dimisión del socialista Gabriel Echávarri y el posterior voto en blanco de la tránsfuga Nerea Belmonte (ex de Podemos) en el pleno de investidura. La salida del funcionario del cargo en el área municipal de Urbanismo se certificó el 3 de agosto de 2018.
Sin embargo, según el Tribunal Supremo, la decisión no estuvo suficientemente motivada. «La pérdida de confianza que justifica el cese de un funcionario de un puesto provisto por el procedimiento de libre designación no es otra que la relativa a su capacidad profesional, o sea, a la idoneidad que, por motivos de capacidad y mérito, requiere el desempeño de ese puesto», señala la resolución judicial, que subraya: «Tampoco hace falta reiterar que tal pérdida ha de ser explicada con claridad y precisión y con datos concretos».
La vía judicial, que ahora finaliza con una sentencia firme, arrancó con la decisión del funcionario de impugnar su cese ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Alicante, en un proceso en el que solicitaba que se le reconociera el derecho a ser repuesto como jefe de Planeamiento y, además, el abono de las diferencias retributivas y sus intereses legales. Alegaba que su salida del puesto por decisión política, ya con Mari Carmen de España al frente de Urbanismo y con Luis Barcala en la Alcaldía, «carecía de motivación». El Ayuntamiento, en cambio, mantenía que tanto el nombramiento inicial como el posterior cese unos meses después, con un cambio de gobierno de por medio, fueron decisiones «discrecionales». Además, la letrada municipal, en el primer juicio, mantuvo que el nombramiento obedeció a «su afinidad política con el anterior concejal de Urbanismo», en alusión a Miguel Ángel Pavón, según incluye la resolución del Supremo. La destitución, según el Ayuntamiento, fue por «pérdida de confianza en el funcionario».
Hace tres años
La primera sentencia, fechada el 17 de febrero de 2021, estimó en parte las pretensiones del funcionario, devolviendo el expediente al Ayuntamiento para que, en caso de considerarlo, se dictara un nuevo decreto en el que se expusiera «la causa» del cese. Ese fallo, sin embargo, no gustó a ninguna de las partes implicadas: ambas recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJ), que posteriormente desestimó ambos recursos. Así, el caso llegó a Madrid.
Ante el Supremo, el funcionario defendió que su desempeño como jefe de Planeamiento «discurrió con normalidad» hasta que prosperó el movimiento en el gobierno. «A partir de ahí, el cambio de actitud en la concejalía fue radical y no consiguió, pese a intentarlo, reunirse con la concejala competente», según recoge la sentencia del Supremo, donde se añade: «Se llegó a diversas actuaciones que relata encaminadas a atribuir las funciones que desempeñaba a otro funcionario y, finalmente, a su cese».
Además, el trabajador, representado en el proceso judicial por el abogado José Luis Romero, alegaba que entre agosto y octubre de 2018 no ocupó ninguno de los cargos incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento de Alicante, al indicársele que «no había ninguno idóneo disponible». La sentencia recoge que, según la versión del funcionario, había hasta 16 jefaturas de departamento vacantes en el Consistorio gobernado por el PP de Barcala.
Ahora, más de seis años después de ser apartado de la jefatura en Urbanismo, el Supremo anula su cese, reconociendo su derecho a ser repuesto en el cargo. Lo hace, eso sí, cuando el funcionario ya está jubilado, tras unos cuarenta años de servicio en el Ayuntamiento, donde tras su salida de Urbanismo fue recolocado en otros puestos en Acción Social. Así, el Consistorio tendrá que compensar la pérdida económica desde su cese hasta su jubilación.
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