El juez permite a Barcala convocar plenos siempre que incluya a Manolo Copé
El auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 de Alicante mantiene las medidas cautelares reclamadas por el portavoz de Esquerra Unida-Podemos que solicitaba anular la convocatoria de la sesión plenaria de enero por no permitirle participar al encontrarse de permiso por paternidad al haber acogido a un menor en su familia

El alcalde de Alicante, Luis Barcala, y el portavoz de EU-Podemos, Manolo Copé. / JOSE NAVARRO
Vía libre judicial para que Barcala convoque el pleno de enero. Pero eso sí, contando con el portavoz de Esquerra Unida - Podemos, Manolo Copé, en la convocatoria. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Alicante ha emitido un auto en el que establece que el alcalde de Alicante, Luis Barcala, podrá convocar sesiones plenarias siempre y cuando se garantice la participación del portavoz de Esquerra Unida-Podemos, Manuel Copé, quien actualmente se encuentra de permiso por paternidad por haber acogido en un menor en su familia.
El auto recoge, además, la ratificación de la medida cautelar adoptada en la resolución anterior a petición de Copé, y por la que se anuló la convocatoria de la sesión plenaria del jueves 30 de enero. Asimismo, tal y como indica el magistrado Javier Latorre en el escrito: "nada impide a la Administración volver a convocar el pleno en otra fecha, con la convocatoria de todas las personas que legalmente deban acudir".
Este auto nace de la impugnación de Copé quien el pasado martes 28 de enero denunció que no se le había convocado formalmente al pleno municipal, lo que vulneraría, en su opinión, su derecho a la participación política. El portavoz de Esquerra Unida-Podemos alegó entonces que, al dejarle fuera de la convocatoria, el alcalde de Alicante estaría lesionando el "derecho fundamental a ejercer en condiciones de igualdad el cargo público representativo de concejal", recogido en el artículo 23.2 de la Constitución Española. En respuesta a la demanda interpuesta por Copé, el juzgado emitió un auto el pasado miércoles 29 de enero concediendo la medida cautelar y suspendiendo, por tanto, el decreto de convocatoria de la sesión plenaria correspondiente al mes de enero.
Alegaciones
En el interior del auto, al que ha tenido acceso INFORMACIÓN, se recogen las respuestas del magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Alicante a las alegaciones presentadas por los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Alicante, una cuestión para que el consistorio contaba con un plazo tres días. En estas alegaciones, el Consistorio solicitaba al juez, entre otras cuestiones, que revocara la medida cautelar argumentando que Copé conocía la fecha del pleno y que su no asistencia fue "voluntaria". El Ayuntamiento considera en sus alegaciones que Copé, conocedor de que se celebraba el pleno, debió haber acudido y entonces, si no se le hubiese dejado participar, podría haber solicitado la "anulación o nulidad de todo lo acordado".
Sin embargo, el juez determina en su auto que, en el caso de que el portavoz de Esquerra Unida-Podemos hubiera actuado como indica la administración el perjuicio generado "podría haber sido mayor" para los intereses públicos de Alicante, ya que esta acción habría podido suponer "anular actuaciones que repercuten directamente" sobre los alicantinos. Una teoría que el magistrado refuerza con los argumentos de los servicios jurídicos municipales que indicaban que en la sesión plenaria de enero se iba "a debatir una serie de asuntos importantes para la ciudad".
Asimismo, el magistrado Javier Latorre, indica en el auto que, en la confrontación de los intereses en conflicto, debe "prevalecer el interés particular" del demandante en este momento procesal y considera "necesario" que a Copé se le hubiera convocado "por algún medio fehaciente" a través del que se pueda garantice su notificación efectiva.
Es en este punto cuando el juez reiter la idea de que el Ayuntamiento puede convocar el pleno en cualquier momento, siempre y cuando se tenga en cuenta al concejal de Esquerra Unida-Podemos. "Nada impide que el Ayuntamiento convoque el mismo pleno en otra fecha precisamente porque los puntos señalados en el orden del día ya están prefijados con antelación", indica el auto. El magistrado Javier Latorre señala que esta sesión plenaria debe celebrarse "con la convocatoria del demandante" y reconoce que "una eventual celebración de un pleno sin la participación del demandante" podría dar lugar a "impugnaciones" que dejasen "sin efecto los acuerdos o decisiones adoptadas en el Pleno".
Esta resolución implica ahora que el alcalde de Alicante, Luis Barcala, podrá convocar nuevamente el pleno, pero asegurándose de notificar formalmente a Manuel Copé. Además, el auto no es firme y el Ayuntamiento podrá interponer un recurso de apelación en un plazo de 15 días si considera que la decisión judicial perjudica su gestión. Además, queda pendienteque se aborde el fondo de la cuestión.
Reacciones
El portavoz de Esquerra Unida-Podemos, Manolo Copé, ha defendido su derecho a participar en el Pleno municipal a pesar de su situación personal. "Actualmente participo con menor intensidad en el día a día por el acogimiento del menor, pero el grupo municipal sigue funcionando y trabajando", ha afirmado Copé. Además, ha subrayado que el Pleno es "el mayor acto de representatividad de la corporación municipal, indelegable, y al que tengo legítimo derecho como concejal en representación de nuestro electorado". Por ello, Copé ha exigido que su grupo sea incluido en la convocatoria.
Copé ha insistido en que "el derecho a la conciliación no debe estar reñido con el derecho a la participación", y ha reclamado "medidas concretas que faciliten la conciliación en situaciones excepcionales". En este sentido, Copé ha advertido que "no se puede restringir el derecho a la participación política con la excusa del derecho a la conciliación" y que "la conciliación familiar no puede suponer la suspensión del derecho de participación política".
Por su parte, el portavoz de Compromís, Rafa Mas, ha celebrado la reciente resolución judicial y ha instado al alcalde, Luis Barcala, a cumplir con la orden. "Nos alegramos de la decisión judicial. Instamos a Barcala a que ejecute la orden judicial y que convoque el pleno de enero", ha indicado Mas.
A final de ese año, Mario Ortolá y la diputada autonómica de Vox Ana Vega fueron padres de su segundo hijo. En ese momento, la ausencia de Ortolá también fue discutida, puesto que supuso que el alcalde pudiera aprobar el "tasazo" de la basura gracias a su voto de calidad, al producirse un empate entre los concejales del gobierno y los de la oposición. El de Vox se presentó en el pleno igualmente, pero fue expulsado por el alcalde, tras argumentar el secretario que no podía participar. Tras ello, Ortolá anunció medidas legales por lo sucedido, aunque finalmente no llevó el asunto a los juzgados.
- La playa de la Albufereta de Alicante, destrozada tras la tormenta y con soluciones a medias
- Así será Béton Brut, el espacio que transformará el puerto de Alicante
- Un muro litoral 'insuficiente' para contener al mar en la explanada de la Finca Adoc de Alicante
- Las cuentas de la Generalitat: recortes en Sanidad y Educación con aplazamientos en obras previstas
- Esquerra Unida-Podemos propone que el concurso oficial de mascletás de Alicante lleve el nombre de Pedro Luis Sirvent
- ¿Réquiem por las playas de Alicante?
- Este día dejará de funcionar la tarjeta gratuita de autobús y TRAM para menores de 30 en Alicante
- Médicos de siete comunidades aprenden en Alicante cómo se suturan heridas tras una cirugía de ojos