Las nuevas multas por la limpieza que se aplican desde este lunes en Alicante

La ordenanza, renovada por primera vez desde 2017, entra en vigor e introduce nuevas sanciones además de endurecer el importe de las ya existentes

Vecinos de Alicante critican la falta de limpieza este verano / Pilar Cortés

Aprobada la nueva ordenanza de limpieza en un pleno de Alicante con bronca y expulsiones / INFORMACIÓNTV

Alejandro J. Fuentes

Alejandro J. Fuentes

Este lunes, 26 de mayo, entra en vigor la nueva Ordenanza de Limpieza. La normativa, que fue aprobada de forma definitiva en el pleno del pasado mes de abril, sustituye a la de 2017 y se adapta a las disposiciones europeas, estatales y autonómicas. Para ello, introduce nuevas sanciones y endurece los importes de las multas para las infracciones que ya estaban contempladas.

El texto, para el que se rechazaron alegaciones de Ecovidrio, Recycla y Ecoembes, fija un nuevo régimen sancionador con multas clasificadas en tres categorías: leves, graves y muy graves. Las multas oscilan entre los 300 y los 3.000 euros, y amplían el número de infracciones reguladas, que pasan de 63 en 2017 a 86 en 2025.

Aumento de las multas

Algunas de las sanciones (principalmente a petición de Vox durante el periodo de enmiendas) han experimentado un incremento significativo, llegando casi a duplicarse:

  • Quema de residuos sin autorización: de 1.530 euros en 2017 a 3.000 euros en 2025 (+96%).
  • Miccionar y defecar en la vía pública se convierte en dos sanciones diferentes:miccionar supondrá una sanción de hasta 900 euros por miccionar y hasta 1.200 euros por defecar frente a los 300 euros en la anterior normativa
  • No mantener solares limpios ni cerrados con valla de 2 metros: de 2.100 euros en 2017 a 3.000 euros en 2025 (+43%).
  • Incineración o inhumación de animales en lugares no autorizados: nueva infracción con multas de hasta 2.100 euros.
  • Depósito de residuos de poda y jardinería en espacios públicos sin autorización: sancionada ahora hasta 3.000 euros frente a 2.100 euros en 2017.

Diferencias y novedades

En lo que respecta a las sanciones catalogadas como leves, la nueva ordenanza introduce los siguientes cambios:

Aumento de importes:

  • Ensuciar la vía pública (antes hasta 210 euros, ahora hasta 300 euros)
  • Lavar o bañar animales en espacios públicos (antes no especificado, ahora hasta 750 euros)
  • No ofrecer agua potable gratuita en hostelería (nueva, hasta 750 euros)

Nuevas sanciones:

  • No llevar cenicero individual en playas (hasta 450 euros)
  • Que el dueño de animal no lleve consigo bolsas o dispositivos para la recogida de excrementos y recipiente con líquido (Hasta 450 euros)
  • Depositar papel-cartón sin plegar o en bolsas de plástico (hasta 300 euros)

Sanciones eliminadas o modificadas:

  • Se elimina la sanción por vomitar fuera de los imbornales
  • Se eliminan sanciones por no retirar pancartas tras su plazo
  • En 2017, solo se menciona "arrojar desperdicios en la arena", mientras que en 2025 se prohíbe específicamente "introducir envases de vidrio" en zonas de baño.

Sanciones graves

En cuanto a las infracciones catalogadas como graves, la nueva ordenanza introduce las siguientes modificaciones:

Aumento de importes:

  • Ensuciar con líquidos, aceites o gasolina (antes hasta 900 euros, ahora hasta 1.200 euros)
  • No mantener limpios solares o espacios privados visibles (antes hasta 780 euros, ahora hasta 1.500 euros)
  • Miccionar en la vía pública (hasta 900 euros) y defecar (hasta 1.200 euros) se convierten en dos sanciones separadas. Antes sancionadas como leve ambas con 300 euros

Nuevas sanciones:

  • No garantizar la trazabilidad de residuos de construcción (hasta 1.500 euros)

Modificaciones destacadas:

  • Se reestructura la sanción por abandonar muebles y enseres (ahora hasta 1.500 euros).
  • Ensuciar la vía pública con envases peligrosos mantiene multa de hasta 1.200 euros, pero con nueva redacción
  • La norma sobre abandono de muebles y enseres en 2017 tenía una multa de hasta 780,00 euros, mientras que en 2025 se han incluido normas más detalladas con sanciones que alcanzan hasta 1.500,00 euros

Sanciones muy graves

Por último, las infracciones catalogadas como muy graves, incluyen las siguientes variaciones en la nueva ordenanza:

• Aumento de importes

  • Quema de residuos sin autorización, en 2017 la multa era hasta 1.530 euros, en 2025 aumentó a 3.000 euros

• Nuevas sanciones:

  • Abandono de animales domésticos muertos o sus despojos (2.100 euros)
  • No ofrecer productos sin embalaje primario en comercios de alimentación (hasta 2.100 euros)
  • Incumplir la separación de residuos en hostelería y sanidad (hasta 3.000 euros)
  • No garantizar la compatibilidad de residuos con las instalaciones municipales de tratamiento (Hasta 2.100 euros)

• Sanciones modificadas:

  • Vertidos industriales ahora se centran en daños a infraestructuras (hasta 3.000 euros)
  • Se mantiene la multa por limpiar hormigoneras en la vía pública (hasta 2.100 euros)
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