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El gobierno de Barcala avanza en el cambio urbanístico para el hospital de Vistahermosa Norte tras rechazar las alegaciones

El ejecutivo municipal llevará al pleno de julio la modificación del Plan Parcial del sector APA-9 para su aprobación, que permite elevar las alturas, tras reactivar el ajuste urbanístico en febrero después de siete meses de paralización

Imed retoma las obras del hospital en Alicante

Imed retoma las obras del hospital en Alicante / Héctor Fuentes

Lydia Ferrándiz

Lydia Ferrándiz

El equipo de gobierno del PP vuelve a poner sobre la mesa la modificación urbanística de Vistahermosa Norte, que afecta al hospital privado que se construye en la zona. Tras la exposición pública del expediente, validada por el pleno en febrero con los votos a favor de PP y Vox, la Comisión de Urbanismo abordará este próximo lunes la resolución de alegaciones y la aprobación provisional del cambio de planeamiento del sector APA-9, con la vista puesta en su paso por el Pleno municipal, que se reunirá el jueves 31 de julio. Una iniciativa urbanística que sigue adelante sin variaciones, después de que los informes técnicos y jurídicos hayan tumbado todas las alegaciones formuladas durante el periodo de consulta pública.

El documento impulsado por equipo de gobierno del PP contempla el cambio de calificación de la manzana M-15, sobre la que se alza el nuevo hospital, de uso residencial unifamiliar a uso terciario-especial. Un ajuste basado en la normativa que recoge el Plan General de Ordenación Urbana, introducido por una modificación del año 1987, y que permitirá no solo modificar el uso del suelo, sino también incrementar la edificabilidad y elevar una altura de la máxima permitida en la parcela, hasta las cuatro plantas.

Este trámite ya trató de llevarse a cabo hace justo un año, en julio de 2024, pero que fue anulado después de que el Ayuntamiento detectase irregularidades en la construcción del citado hospital. En ese momento, el ejecutivo municipal advirtió a la mercantil promotora de las anomalías detectadas las obras, que entonces ya llevaban más de un año y medio en marcha. El equipo de gobierno apreció que lo construido no se ajustaba a la autorización municipal debido a que la estructura, totalmente completada, contaba ya con cuatro plantas (al margen de sótanos), mientras que la licencia de la obra, de noviembre de 2022, solo permitía dos alturas.

Regularización

La aprobación de este cambio en el planeamiento del sector APA-9 supone validar una obra que, según los informes municipales, fue ejecutada con dos alturas más de las autorizadas. La construcción del hospital privado sin las licencias necesarias motivó la apertura de dos expedientes por parte del Ayuntamiento: uno sancionador y otro de restauración de la legalidad urbanística. Desde el equipo de gobierno indicaron el pasado mes de marzo que no se concretará la sanción hasta que se cierre la tramitación urbanística y se determine de forma definitiva el grado de infracción. Mientras tanto, el cambio normativo avanza.

La propuesta contempla, además, una compensación económica de 785.000 euros de la empresa al Ayuntamiento por el incremento de edificabilidad derivado de la modificación. "Este aumento de edificabilidad conlleva una compensación económica por parte de la empresa para el Ayuntamiento, que se destinará al Patrimonio Municipal de Suelo y a la que se sumará la sanción que deberá pagar la empresa responsable por las irregularidades urbanísticas cometidas al ejecutar obras al margen de la licencia concedida en 2022", indicó este miércoles la concejala de Urbanismo, Rocío Gómez, a través de un comunicado.

Alegaciones rechazadas

Durante el periodo de exposición pública, se presentaron alegaciones por parte de la mercantil Vithas Alicante S.L., un particular y las concejalas socialistas Ana Barceló y Trini Amorós. Todas ellas, de las que el Ayuntamiento no ha dado más detalles, han sido rechazadas por los técnicos municipales. El informe elaborado por la Jefatura de Coordinación Jurídica del área de Urbanismo, en coordinación con el Servicio de Planeamiento, concluye que deben desestimarse las alegaciones de Vithas y del particular, y plantea la inadmisión de las formuladas por las concejalas.

Esta inadmisión se sustenta en que los servicios jurídicos entienden que las concejalas “no ostentan legitimación para presentación de alegaciones en el trámite de información pública”. Al entenderse que su condición de representantes públicas sí podrán formular enmiendas durante el debate plenario.

“Los concejales ostentan una posición cualificada respecto del resto de los vecinos que les permite impugnar en vía judicial los acuerdos adoptados, lo que no pueden hacer los ciudadanos y las personas jurídicas que no han acreditado su condición de interesados”, expone el informe. A ello se añade que “disponen de los demás mecanismos atribuidos por las leyes para ejercer su derecho de representación política, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la Constitución, como las alegaciones que puedan realizar en los órganos colegiados, así como la presentación de enmiendas a los asuntos que han de someterse a la decisión del Pleno y los votos particulares”.

No obstante, el documento subraya que esta inadmisión “no deja incontestadas ninguna de las cuestiones planteadas”, ya que todo lo recogido en las alegaciones del grupo socialista coincide “en contenido sustancial y formal” con lo expuesto por el particular A.T.R., cuya participación sí fue admitida y respondida formalmente por los servicios municipales.

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