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Multas de hasta 500 euros para los patinetes eléctricos en Alicante: el requisito que habrá que cumplir a partir del 2 de enero

La nueva ordenanza municipal introduce exigencias técnicas y de seguridad más estrictas para los vehículos de movilidad personal, con controles policiales y sanciones económicas para quienes no se adapten a tiempo

Patinetes en Alicante: Por dónde puedes circular  y las normas que debes respetar.

Tony Sevilla

Lydia Ferrándiz

Lydia Ferrándiz

A partir del 2 de enero de 2026, los conductores de patinetes eléctricos en Alicante deberán cumplir una nueva exigencia. El Ayuntamiento de Alilcante obligará a que todos los vehículos de movilidad personal (VMP) dispongan de seguro de responsabilidad civil con certificado de circulación. La medida busca garantizar la cobertura ante posibles accidentes, pero su incumplimiento podrá acarrear multas de hasta 500 euros.

Esta nueva obligación afecta a todos los patinetes eléctricos, aunque con un periodo transitorio según su fecha de fabricación. Los vehículos comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deberán contar obligatoriamente con el certificado de circulación emitido por el fabricante, tal y como exige la DGT. En cambio, los patinetes adquiridos antes de esa fecha podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque no dispongan todavía del certificado. A partir de entonces, solo podrán circular aquellos que cumplan con esta certificación.

El concejal de Movilidad Urbana, Carlos de Juan, ha precisado que "desde la entrada en vigor de estas medidas la Policía Local podrá comprobar la disponibilidad del seguro de responsabilidad civil y la certificación de los patinetes eléctricos procediendo a su inmovilización y sanción al propietario". Estas sanciones, según han precisado desde la Concejalía de Movilidad Urbana, podrán oscilar desde los 100 a los 500 euros.

Certificado de circulación: una nueva obligación

El certificado de circulación es un documento técnico que acredita que el patinete cumple con las condiciones exigidas por la DGT. Este certificado lo emite el fabricante y debe ir acompañado de una placa metálica adherida al vehículo, con información visible y permanente sobre la velocidad máxima, número de serie, año de construcción, marca, modelo y número de certificado.

Los patinetes eléctricos deberán estar también registrados en el Registro de Vehículos de la DGT, de forma que su autenticidad pueda ser comprobada fácilmente por las autoridades. En caso de que un modelo comercializado antes del 22 de enero de 2024 quiera adaptarse, su propietario podrá solicitar un proceso de certificación extraordinario. En este proceso, el propietario deberá acudir a un laboratorio autorizado, presentar su patinete y la documentación técnica disponible, como la ficha de características o el manual de usuario, para someterlo a los ensayos que determinen si cumple los requisitos exigidos.

Seguro obligatorio y sanciones

La principal novedad de la ordenanza que a partir del 2 de enero de 2026 estará en vigor en Alicante es la exigencia de un seguro de responsabilidad civil para todos los patinetes eléctricos. Este seguro cubrirá los posibles daños a personas y bienes que puedan derivarse de un accidente. Las coberturas mínimas serán de 6.450.000 euros por siniestro para daños personales y 1.300.000 euros por siniestro para daños materiales.

A partir de la entrada en vigor de la norma, la Policía Local tendrá la potestad de comprobar la existencia del seguro y del certificado en los controles rutinarios. Si el patinete carece de alguno de estos requisitos, los agentes podrán inmovilizar el vehículo y sancionar al propietario con multas que oscilan entre los 100 y los 500 euros.

Requisitos técnicos y de seguridad

Además del seguro y el certificado, los VMP deberán cumplir otras normas de equipamiento y circulación. Todos los patinetes deberán incorporar sistemas de frenado, timbre, luces delantera y trasera y elementos reflectantes homologados.

El uso del casco será obligatorio en todo momento, así como el empleo de chalecos o bandas reflectantes cuando se circule de noche o en condiciones de baja visibilidad. También se mantiene la prohibición de usar auriculares mientras se conduce un patinete eléctrico. En cuanto a la edad mínima, solo los mayores de 16 años podrán circular con un vehículo de movilidad personal por la vía pública, aunque se permitirá el uso por parte de menores que dispongan del permiso de conducción AM (carné de ciclomotor).

¿Qué está incluido?

A efectos del seguro obligatorio de responsabilidad civil, se entiende por vehículo personal ligero (VPL) aquel que se desplaza sobre una o varias ruedas, dispone de una sola plaza y está propulsado exclusivamente por motores eléctricos. Estos vehículos pueden alcanzar una velocidad máxima de fabricación de entre 6 y 25 km/h cuando su peso es inferior a 25 kilos, o de entre 6 y 14 km/h si superan ese peso. Solo podrán incorporar asiento o sillín en caso de contar con un sistema de autoequilibrado.

Quedan excluidos de esta categoría los vehículos diseñados específicamente para las Fuerzas Armadas, los dispositivos motorizados de apoyo a la movilidad o autonomía personal destinados a personas con discapacidad o movilidad reducida, así como las bicicletas de pedales con asistencia eléctrica cuyo motor auxiliar no supere los 250 vatios de potencia continua, cuya asistencia se reduzca progresivamente y se interrumpa por completo antes de alcanzar los 25 km/h o cuando el ciclista deje de pedalear.

Un año de incremento del control a los patinetes eléctricos

La modificación del reglamento llega en un contexto de endurecimiento del control sobre los patinetes eléctricos en Alicante. Entre enero y agosto de 2025, el Ayuntamiento impuso 2.500 sanciones por el mal uso de estos vehículosuna cifra que equivale a casi el 60 % de todas las multas registradas en los cuatro años anteriores, desde que la ordenanza específica entró en vigor en agosto de 2020.

Este repunte ha elevado la media de tres actas diarias a más de diez, en una campaña en la que las infracciones más comunes han sido circular sin casco (806 denuncias), hacerlo por zonas peatonales sin autorización (440), transportar a más de una persona (352) o conducir con auriculares conectados a dispositivos (157). También se han registrado 130 denuncias por conducción negligente o peligrosa, más de un centenar por saltarse la semaforización o las señales de tráfico y 26 por circular bajo los efectos del alcohol.

Ante las quejas de peatones y conductores por la "vía libre" de la que gozaban los VMP, la Concejalía de Seguridad ha intensificado las campañas de vigilancia dentro de su estrategia de seguridad vial y convivencia urbana. La edad mínima para conducir patinetes eléctricos es de 16 años y que solo se autoriza una plaza por vehículo. Las infracciones pueden suponer sanciones de entre 100 y 500 euros, según la gravedad de la conducta.

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