Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Sanidad

Las farmacias rurales de municipios en riesgo de despoblación podrán quedar exentas de las guardias

Poblaciones de un mismo departamento de salud podrán compartir servicios de urgencia cuando el tiempo de acceso entre ellos no supere los 20 minutos

El COFA concluye la II Edición de “Farmacia rural, cerca de ti” con un balance muy positivo.

INFORMACIÓNTV

J. Hernández

J. Hernández

Los servicios de urgencia, los horarios y las vacaciones de las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana sufren modificaciones con el objetivo de garantizar la prestación farmacéutica en todo el territorio y reforzar la viabilidad de las farmacias situadas en áreas rurales y en riesgo de despoblación.

La norma aprobada por el pleno del Consell introduce medidas específicas para evitar la sobrecarga asistencial en municipios con una sola oficina de farmacia y baja densidad poblacional, así como para facilitar la flexibilidad en el funcionamiento de estos establecimientos y asegurar que la ciudadanía disponga de atención farmacéutica continua en condiciones de equidad.

Una farmacia rural en la provincia de Alicante

Una farmacia rural en la provincia de Alicante / INFORMACIÓN / Juani Ruz

Viabilidad

El decreto incorpora mecanismos de apoyo a las farmacias ubicadas en municipios en riesgo de despoblación, que podrán quedar exentas del servicio de urgencias cuando no resulte viable mantenerlo, estableciendo procedimientos claros de valoración y alternativas asistenciales que garantizan el acceso de la población a su medicación. El servicio de urgencias son las guardias que hacen las farmacias para garantizar el acceso a medicamentos y productos sanitarios esenciales fuera del horario habitual.

Asimismo, las oficinas de farmacia de estos municipios rurales dispondrán de mayor flexibilidad en su actividad permitiendo la conciliación laboral y personal con la posibilidad de cerrar por motivos personales previa comunicación, siempre asegurando la cobertura farmacéutica mediante la coordinación con otras oficinas de la zona, explican desde el Consell. En materia vacacional, se habilita un sistema que permite el cierre temporal de farmacias rurales mediante declaración responsable, siempre que otra botica garantice la prestación farmacéutica.

El Consell destina 285 millones para medicamentos contra la esclerosis múltiple, el VIH y el covid-19

Urgencias

Además, se redefine la organización de los servicios de urgencia para hacerla más clara y adaptada a la realidad poblacional actual, diferenciando entre urgencia diurna (de 9:00 a 22:00) y nocturna (de 22:00 a 9:00), integrando a las farmacias con horario ampliado y permitiendo que municipios de un mismo departamento de salud compartan servicios cuando el tiempo de acceso no supere los 20 minutos, añaden desde el Consell.

La Generalitat considera que el nuevo modelo permite repartir de forma más equilibrada las guardias, evitar cargas desproporcionadas sobre determinadas farmacias y asegurar una atención más homogénea y accesible para toda la ciudadanía. "Con este decreto, la Comunidad Valenciana avanza hacia un modelo de ordenación farmacéutica más eficaz y sostenible, adaptado a los retos actuales y a las necesidades reales del territorio", aseguran.

La elaboración de la norma ha contado con la participación activa de colegios oficiales de farmacéuticos de Alicante, Valencia y Castellón, así como de profesionales del sector, organizaciones de farmacéuticos rurales, sociedades científicas y administraciones públicas, cuyas aportaciones han permitido desarrollar una regulación ampliamente consensuada y alineada con la realidad asistencial.

Medicamentos

Por otra parte, el Consell ha autorizado dos contratos para la adquisición y suministro de determinados medicamentos de uso humano exclusivos, de forma centralizada, con destino a los centros de la sanidad pública valenciana, por más de 295 millones de euros.

La duración de ambos contratos será de un año, con la posibilidad de prorrogarlos hasta un máximo de 36 meses.

Uno de los expedientes de contratación es para la adquisición y suministro de medicamentos que contienen los siguientes principios activos: alemtuzumab, cladribina, ocrelizumab, ponesimod y ublituximab, indicados en el tratamiento de la esclerosis múltiple.

Covid-19

El otro contrato administrativo es para la compra y suministro de medicamentos que contienen los siguientes principios activos: bulevirtida para el tratamiento de la infección por virus de la hepatitis delta (VHD), cabotegravir, dolutegravir (y diferentes combinaciones con este principio activo), rilpivirina, darunavir/cobicistat, etravirina, para el tratamiento de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y nirmatrelvir/ritonavir para la enfermedad por covid-19.

En la actualidad en España no están autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) otros medicamentos con idéntico principio activo, forma farmacéutica y dosis que los medicamentos objeto de contrato.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents