El jefe de la Policía de Alicante alega ante la jueza "intención política" detrás de su jubilación forzosa decretada por el gobierno de Barcala
El Ayuntamiento sostiene que José María Conesa ya ha cumplido la edad para dejar el cargo, una decisión paralizada cautelarmente por la Justicia, al haber cotizado previamente en la Armada, mientras que el cargo policial asegura que la Seguridad Social no incluye ese periodo

Conesa, en los juzgados, por la jubilación forzosa decretada por el gobierno de Barcala / Pilar Cortés
Un fin "político" para dejar la sucesión cerrada antes de terminar este mandato municipal. Eso es lo que argumenta el jefe de la Policía Local de Alicante, José María Conesa que hay detrás del interés del gobierno liderado por Luis Barcala en forzar su jubilación. Así lo ha defendido su abogado durante la vista que ha tenido lugar este miércoles en los juzgados de Pardo Gimeno en un procedimiento abierto tras el recurso Contencioso-administrativo que presentó contra el decreto del ejecutivo municipal, a través de Recursos Humanos, que ordenaba la jubilación forzosa del jefe de la Policía el pasado 8 de agosto, fecha en la que el comisario jefe cumplió 65 años.
Esa decisión, paralizada hasta el momento por medidas cautelares y cuya validez debe decretar ahora una jueza, subrayaba que la "Ley General de la Seguridad Social determina que, durante 2025, la edad de jubilación ordinaria es la de 65 años para las personas que tengan acreditados 38 años y 3 meses de cotización". En cambio, apuntaba el decreto del gobierno de Barcala ahora a espera de decisión judicial, "la edad de 66 años y 8 meses será la ordinaria para las personas que tengan acreditados menos de 38 años y 3 meses cotizados".
Y es que la principal discrepancia en este caso que enfrenta al jefe de la Policía Local y al alcalde de Alicante es una cuestión de cifras. En concreto, gira en torno al tiempo cotizado como funcionario municipal. Conesa defiende que, según el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), en abril de 2027 llegará al tiempo para garantizarse la pensión máxima, es decir, a los 38 años y 3 meses. "Si se le jubila ahora forzosamente perderá un 5,31 % de su pensión, y eso es para toda la vida. Él no quiere prolongar la jubilación más allá, sino que llegue cuando alcance la edad de jubilación, y todavía no ha llegado a ella según un informe del INSS", ha alegado su abogado, Vicente Nogueroles, frente a la titular del juzgado número 4 de lo Contencioso-Administrativo, Begoña Calvet.
"Subyace la intención desde el poder político municipal de controlar el proceso de elección (del próximo jefe de la Policía Local) por esta Corporación, cuyo mandato acaba en mayo de 2027"
Sin embargo, el gobierno local mantiene que a lo cotizado como miembro de la Policía Local se debe sumar lo que devengó en la Armada, en una etapa de unos tres años previa a su llegada al Ayuntamiento de Alicante. "Si se suman ambas etapas, Conesa ha cotizado más de 39 años", ha apuntado el abogado municipal, quien ha recordado que el ahora jefe de la Policía Local, cuando accedió a su puesto como funcionario, pidió que se incorporasen sus años en la Armada para contar con mayor antigüedad: "Y nadie puede ir contra sus propios actos. Él ha cobrado esos trienios gracias también a los años en la Armada. En este proceso, lo que sucede, es que se han intentado mezclar churras con merinas".
"Si se suman ambas etapas, Conesa ha cotizado más de 39 añosÉl ha cobrado antigüedad también por esos años en la Armada"
En respuesta, el abogado de Conesa ha argumentado que, según la ley, es el trabajador quien tiene el derecho, que no la obligación, de pedir que se contabilice el total de tiempo cotizado en el caso de coexistir etapas en diferentes regímenes. "Es el interesado, y nunca la Administración, a quien le correspondería realizar la petición en el caso de haber cotizado cuotas en la Armada, un supuesto que negamos", ha recalcado el letrado de Conesa.
Enfrentamiento
Pero en la sala de vistas no solo se habló de edades de jubilación y de años de cotización, tampoco de sentencias de diferentes órganos judiciales y leyes vigentes, también se puso sobre la mesa el evidente enfrentamiento entre el alcalde y el jefe de la Policía.
Ha sido el abogado de Conesa quien ha asegurado al inicio de su intervención que detrás del intento de jubilación forzosa hay un interés político: "Consideramos que subyace la intención desde el poder político municipal de controlar el proceso de elección por esta Corporación municipal, cuyo mandato acaba en mayo de 2027, de un puesto tal relevante como es el de comisario principal jefe de la Policía Local. Si la jubilación se produjera en abril de ese año, no les daría tiempo a realizar el cambio antes. Esa es la intención que consideramos que hay oculta", señaló el letrado, quien al final de la vista recordó que el Ayuntamiento acaba de iniciar el proceso para crear una segunda plaza de comisario principal, dejando entrever que se trataría de un movimiento paralelo para relevar a Conesa antes de abril de 2027 en el caso de que la jubilación forzosa fuera paralizada por la Justicia.
El letrado del Ayuntamiento negó, en respuesta al abogado de Conesa, cualquier "motivo oculto" en la intención del gobierno local de forzar la jubilación del jefe de la Policía Local, asegurando que el decreto se basaba exclusivamente en una cuestión de "edad". "El decreto es legal y correcto", ha asegurado el abogado del Ayuntamiento, quien ha negado que la jubilación forzosa pudiera suponer una pérdida económica para Conesa, alegando que podría solicitar que se computase tu tiempo en la Armada.
La otra vista, suspendida
La postura del Ayuntamiento en el caso de la jubilación de Conesa estuvo defendida este miércoles, ante la jueza, por Rafael Ramos, jefe de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Alicante. Su nombramiento es otro de los frentes judiciales que tiene abierto el gobierno de Barcala.
De hecho, la próxima semana se iba a celebrar la vista tras la demanda de una letrada municipal contra la decisión del gobierno de Barcala de modificar en 2025 la forma de elección del jefe de los Servicios Jurídicos, que pasó del histórico concurso de méritos a la fórmula de libre designación por decisión política.
La vista por la Jefatura de los Servicios Jurídicos se aplaza por un problema en el envío del expediente
El recurso aspira a impugnar tres decisiones vinculadas del equipo de gobierno municipal: la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), la posterior convocatoria del puesto por el sistema de libre designación y el definitivo decreto de Alcaldía que nombró al nuevo jefe del Servicio Jurídico. Esa cita judicial, sin embargo, se ha aplazado en el tiempo, ya que el juez ha dado más tiempo al Ayuntamiento para presentar el expediente relativo al caso.
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