La pasada semana el grupo político L'Esquerra de Crevillent contestó a las críticas vertidas por César Asensio, portavoz del PP, en referencia a la contrata por parte del Tripartito de Abornasa "para salir en tromba a hacer un alegato en defensa de su antigua gestión". Por su parte, el portavoz del PP ha respondido a la formación a través de un comunicado. Según el portavoz adjunto del PP y exalcalde, César Augusto Asencio, "decepciona la respuesta de L' Esquerra sobre Abornasa, plagada de medias verdades y auténticas falsedades, una vez que se ha hecho público que el gobierno Tripartito ha adjudicado el contrato de eliminación de enseres, inertes y podas a la citada empresa, la única concurrente a la licitación, lo que tanto se criticó en el pasado desde la oposición por los partidos que actualmente conforman el Tripartito, mientras que ahora parece tan normal, tan lógico y tan necesario...Sólo hay que recordar los hechos para poner a cada uno en su sitio y desmontar a L’Esquerra en su falsa afirmación de que ganaron en el juzgado contencioso-administrativo la anulación del contrato de Abornasa y sólo perdieron la parte penal, al no apreciarse la existencia de delitos en la contratación".

En el siguiente párrafo del comunicado, afirma que "Primero hay que recordar que la implantación de la planta de basuras en Crevillent cerca de El Hondo y de San Felipe Neri, se produjo con alcaldías de izquierda, con la primera licencia municipal concedida mediante el decreto nº421 de 1980 y que esa actividad fue expresamente reconocida y amparada por el Plan General de Ordenación de 1983 y que fue permitida posteriormente la transmisión de la licencia de actividad del particular a la sociedad que constituyó, Abornasa, con el decreto nº335/1989 de 18 de octubre, comenzando el propio Ayuntamiento a recibir sus servicios al poco tiempo, aunque sin contrato, por vía de hecho"

Por otro lado, en referencia a las acciones contra el tratamiento contaminante de la materia orgánica, el responsable afirma que "Es falso que las acciones judiciales de L’Esquerra únicamente se dirigieron contra el tratamiento de la materia orgánica por ser más contaminante y no contra el tratamiento de inertes y enseres, porque esa distinción nunca la hicieron ni en sus críticas políticas ni en la demanda ante el juzgado contencioso-administrativo nº1 de Elche, ni en la denuncia penal y luego querella criminal ante el Juzgado de Instrucción nº4 de Elche, pues siempre se realizaron contra las dos actividades de eliminación de residuos de Abornasa".

"Es equivocado y absurdo cuando afirman que presentaron la denuncia penal contra el anterior alcalde cuando se comenzó a traer basuras de la Vega Baja a Abornasa, con motivo de la clausura del vertedero de la Murada, porque Abornasa no tenía los permisos medioambientales. Es equivocado porque la denuncia penal se presentó antes en la Fiscalía Anticorrupción, en febrero de 2014 , ya que el cierre del vertedero de la Murada se produjo en la segunda mitad de 2015. Únicamente desde 2012 por problemas del vertedero de La Murada se trasladaron a Abornasa y al vertedero de Xixona 70.000 toneladas anuales de 7 de los 27 pueblos de la Vega Baja. También es absurdo y no se sostiene el argumento para cualquier mente medianamente dotada ,porque si la Conselleria clausuró en 2015 La Murada porque no tenía los permisos de medio ambiente y designó a Abornasa como planta de referencia temporal junto con Xixona en 2012, por cierto sin sobrepasar el límite de toneladas que tenía de tratamiento la licencia de Abornasa, lo que no suponía gestionar más basura de la autorizada desde el principio, ¿no resulta evidente que la planta de Abornasa tenía los permisos de la Conselleria? Claro que los tenía y por eso la sentencia que erróneamente se dictó por el juzgado contencioso-administrativo nº4 de Elche el 15 se septiembre de 2015,con la que dice L’Esquerra que ganó el pleito, es también falso , porque los litigios se ganan cuando la sentencia es firme y esta sentencia fue anulada por la sentencia posterior dictada en apelación por el Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana el 31 de octubre de 2017, en la que claramente el Tribunal constata el error documental en la prueba en el que incurrió esa sentencia. Por su parte, la denuncia penal ante la Fiscalía Anticorrupción que se presentó en febrero de 2014 y que estaba paralizada en el juzgado de Instrucción nº1, se reactivó en forma de querella a finales de 2015 tomando como base de ilegalidad delictiva, la errónea sentencia del juzgado contencioso-administrativo nº4 ,dictada el 15 de septiembre de ese año. Pues bien, el juzgado de Instrucción nº4 dictó auto de imputación contra el alcalde César-Augusto Asencio, practicó cuantas pruebas quiso y le tomó declaración y el 4 de enero de 2018 archivó la causa, afirmando hasta 4 veces que los denunciantes-querellantes habían falseado la verdad (alterando hechos u ocultando documentos que conocían) o presentando un testigo no fiable, en palabras de la juez, que quedó desacreditado en su testimonio por 4 informes de distintos técnicos de varias administraciones independientes", continúa.

Con respecto al archivo de la causa penal, Asensio afirma que "Es falso que el archivo de la causa penal, como afirma L’Esquerra, no borraba la irregularidad a nivel administrativo del contrato ilegal...¿Qué contrato ilegal? si la sentencia del Juzgado contencioso nº1 constató ,en contra de lo que dice L’Esquerra, que el contrato era legal, pero que independientemente de ello, se anulaba por motivos medioambientales al estar la planta de Abornasa en zona protegida prohibida, lo que era equivocado, como luego sentenció el Tribunal Superior de Justicia, porque según la normativa medioambiental de la Generalitad reflejada en el Plan General de Crevillent, esa actividad estaba permitida con la aplicación de medidas correctoras"

"Esta es la realidad judicial de lo que sucedió , pero L'Esquerra se empecina en manipular los hechos políticos y jurídicos para su beneficio. También achacan la existencia de 2 sentencias, una de 28 de enero y otra de 21 de junio de 2019 contra el Ayuntamiento que daban la razón a L’Esquerra y que dicen que se ocultaron por el anterior alcalde ...Se desmontan las dos falsedades, primero la más fácil, el 17 de junio de 2019 dejó el Sr. Asencio de ser alcalde tras la constitución de la nueva corporación. ¿Cómo iba a ocultar la difusión de una sentencia que aún no se había dictado? Por cierto ,si la sentencia la recibió después el Tripartito, era responsabilidad suya darle efectos, desconociéndose por la oposición su contenido .Respecto a la sentencia de 28 de enero de 2019,cuya explicación requeriría de mucho desarrollo procedimental administrativo y jurídico, brevemente se puede decir que no tenía ningún efecto porque venía de una impugnación previa contra el pliego de condiciones de la futura licitación, por parte de una empresa interesada que presentó un recurso contencioso ante el juzgado, y el juzgado no suspendió a causa de ese recurso la licitación del pliego de contratación, que acabó con la adjudicación en favor de Abornasa, adjudicación que efectuó el Ayuntamiento y contra la que sí recurrió L’Esquerra. La empresa después del primer recurso contra el pliego no recurrió la posterior adjudicación de Abornasa, dándola implícitamente por buena, adjudicación que a pesar del recurso contencioso-administrativo presentado por L’Esquerra, fue ratificada por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el 31 de octubre de 2017.La sentencia fue definitiva y firme con efectos de cosa juzgada y consecuentemente no se inició ningún expediente en el Ayuntamiento para la ejecución de la sentencia posterior de 29 de enero de 2019,que se basaba en la improcedencia de fijar en el pliego de condiciones un límite de kilómetros sin coste para la planta ,cuando la anterior sentencia de 15 de septiembre de 2015 del juzgado contencioso nº1,ese aspecto ya lo juzgó y lo declaró válido y desestimó la petición de L’Esquerra, ese asunto ya estaba juzgado y firme y la sentencia de 29 de enero sobre un recurso previo a la licitación devino inaplicable", añade.