El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Alicante ha instado al Ayuntamiento de la Vila Joiosa a entregar credenciales a los voluntarios de una asociación para que, durante el estado de alarma por el coronavirus, puedan ofrecer cuidados veterinarios a las colonias de gatos del municipio, en atención a los posibles riesgos para la salud pública.

Con este auto se ratifica uno anterior en el que ya se solicitaba la entrega de credenciales. No obstante, el juzgado ha rechazado la petición de la asociación para que el consistorio firme un convenio de colaboración a estos efectos ante la naturaleza provisional de las medidas cautelares.

La asociación CES Gatos Villajoyosa había solicitado judicialmente la adopción urgente de una medida cautelar consistente en requerir al Ayuntamiento la entrega de credenciales a los voluntarios de la entidad y creara un convenio de colaboración en este sentido con el fin de que, durante el estado de alarma, se pudiera alimentar a animales del municipio, tanto en los recintos en los que estén cerrados como parques públicos y colonias felinas, y que se permitiera su rescate y atención veterinaria a través de la entidad.

El juzgado estimó la cautelar el pasado 3 de abril, y la ratificó en un auto del pasado día 14, según ha dado a conocer este lunes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). El Ayuntamiento dictó en ese sentido dos resoluciones administrativas, los días 7 y 9 de abril, que dieron cumplimiento a lo dictado el día 3.

En el auto se señala que, en atención a las instrucciones del Ministerio de Sanidad sobre la atención a los animales domésticos en el transcurso del estado de alarma, procede acceder a la petición para asistir a las colonias de gatos de la Vila Joiosa, aunque "limitando la vigencia" al periodo que dure la situación.

Así, se permite a los miembros de la asociación a desplazarse para ofrecer "alimentación, rescate y cuidado veterinario" de los animales domésticos que viven en espacios públicos urbanos "a fin de prevenir un impacto negativo" en la salud pública. Y precisa que los desplazamientos deben ser individuales y con la acreditación expedida por el Ayuntamiento.

No obstante, el juzgado rechaza que se proceda a firmar un convenio de colaboración, ante la naturaleza provisional de las medidas cautelares y dado que todo convenio tiene una "vocación de permanencia", que "no encaja con la situación excepcional" que motiva la adopción de las medidas cautelares.