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Benidorm da carpetazo a la indemnización millonaria reclamada por los Puchades por el suelo protegido de Serra Gelada

Un informe del Consell Jurídic Consultiu da la razón al Ayuntamiento y confirma que los empresarios no tienen derecho a percibir los 283 millones que exigían. El PP lleva a pleno una moción para anular los convenios urbanísticos suscritos en 2003 y cerrar definitivamente la vía administrativa

Terrenos protegidos del parque natural de la Serra Gelada, por los que la familia Puchades reclama al Ayuntamiento una indemnización millonaria. David Revenga

Nulos de pleno derecho. Después de casi dos décadas de acuerdos, desacuerdos, reclamaciones y pleitos, el Ayuntamiento de Benidorm va a dar carpetazo definitivamente a uno de los asuntos más enquistados del urbanismo local y que, de acabar saliendo adelante, habría sido tremendamente gravoso para las arcas municipales.

El alcalde de la ciudad, el popular Toni Pérez, llevará el próximo lunes a pleno una moción para declarar la nulidad de los convenios urbanísticos suscritos en el año 2003 entre el Consistorio y el empresario Antonio Manuel Puchades Orts y las constructoras Edificaciones Calpe, MP Urbanizaciones y FPO, propietarias en su día de dos fincas registrales en el sector APR-7 de la Serra Gelada, donde se fijaban una serie de compensaciones a cambio de la cesión de este suelo al municipio para dejarlo libre de cemento.

Los actuales propietarios de estos terrenos, el propio Antonio Manuel Puchades, junto a su sobrino Francisco Murcia Puchades y varias empresas vinculadas a este clan familiar, reclamaban al Consistorio la friolera de 283 millones de euros, casi el equivalente a tres presupuestos municipales, como indemnización por no poder construir en la ladera de la sierra debido a su catalogación como suelo de especial protección incluido dentro del parque natural de la Serra Gelada.

Aval del CJC

La propuesta del alcalde para declarar la nulidad de los convenios de 2003 que propició el regidor de la época, el también popular Vicente Pérez Devesa, y prorrogó después hasta en dos ocasiones el socialista Agustín Navarro en 2010 y 2013, cuando ya se había protegido el suelo por medio del PORN aprobado en 2005, se sustenta en el último informe emitido por el Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunidad Valenciana, un informe que en este caso sí es vinculante y que ratifica, como ya planteó hace algo más de un año el Ayuntamiento, que aquellos acuerdos se firmaron pese a carecer de base legal.

El documento, fechado el 16 de noviembre, analiza pormenorizadamente este asunto y aporta una amplia jurisdicción de distintos tribunales para llegar a una conclusión que no arroja lugar a dudas: "Procede declarar la nulidad del acto plenario de aprobación del convenio, del convenio de 25 de abril de 2003, y de los actos subsiguientes, entre ellos sus prórrogas".

El empresario Antonio Manuel Puchades, con distintos cargos públicos, el día en que presentó en sociedad su proyecto para crear un teleférico en la Serra Gelada. David Revenga

¿Cuáles son las causas que llevan a este órgano a tal conclusión? El CJC aduce tres argumentos para ratificar la nulidad de los convenios: la nulidad por aplicación de la causa de la Disposición Adicional 4ª de la Ley 4/1992 sobre Suelo No Urbanizable; la nulidad conforme al artículo 62.1.f de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y la nulidad por la inexistencia o falta de causa del artículo 1.261 el Código Civil.

En cristiano. Por un lado, el análisis del Consell Jurídic confirma que en los convenios se pretendió "atribuir -a los propietarios- de unos derechos urbanísticos o aprovechamientos que no habían adquirido, dado que no habían procedido a la cesión, equidistribución y urbanización" de las parcelas afectadas, tal y como recoge la legislación.

"No pudo, por consiguiente, el convenio reconocer, sí o sí, unos derechos de aprovechamiento urbanístico sin que se hubiese cumplido con los citados deberes", añade el informe.

Además, en contra de algunos criterios defendidos por los dueños del suelo, el CJC incide en otros aspectos, como el hecho de que el suelo nunca tuvo la catalogación de urbano. Y, para ello, expone que "aun cuando los terrenos incluidos en el APR-7 estuvieran formalmente clasificados en el PGOU de 1963, como se ha dicho, como suelo urbano, no parecían contar (...) con los requisitos exigido" para ser considerados como tal, según la normativa; esto es, "acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica, o por estar comprendidos en áreas consolidadas por la edificación al menos en dos terceras partes de su superficie".

Asimismo, el documento incide en que todas las zonas de la Serra Gelada parceladas, urbanizadas parcialmente o edificadas "quedaron fuera de la delimitación del APR-7 en el PGOU de 1990", precisamente, para diferenciarlas de las que no eran urbanas y que sí se incluyeron en esta bolsa de suelo y que esta revisión del Plan General dejó, precisamente, en suspenso este sector al ser la Conselleria contraria a esta clasificación.

Recreación del proyecto de Puchades para hacer un teleférico y otros servicios, como un restaurante, en la Serra Gelada. David Revenga

Igualmente, la institución recuerda que no fue el Ayuntamiento, sino la Generalitat, la que acordó la protección especial para este suelo mediante la aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la Serra Gelada en el año 2005, de modo que, en el hipotético caso de que sí hubiera lugar a una indemnización, como no considera que sea el caso, sería la Administración autonómica y no la local la responsable de asumirla.

Audiencia extraodinaria

El dictamen emitido por el Consell Jurídic Consultiu resume todos y cada uno de los pasos dados por la Administración local en relación a estos terrenos, así como de las alegaciones, recursos y pleitos planteados por la propiedad del suelo para defender su derecho a percibir una indemnización.

Y, dentro del relato, desvela dos datos más que reveladores. Por un lado, que el empresario Antonio Manuel Puchades, quien también promueve el proyecto para instalar un teleférico en el parque natural, solicitó el pasado octubre, hasta en dos ocasiones, comparecer ante el propio CJC "para explicar al pleno los aspectos en que fundamenta la improcedencia de la nulidad de pleno derecho que pretende el Ayuntamiento de Benidorm", una pretensión que fue rechazada inicialmente por este organismo.

No obstante, tras una segunda solicitud, el Consell acabó dándole audiencia el pasado 3 de noviembre, incluso a pesar de que este tipo de audiencias "no se hallan contempladas" ni en la ley de creación de esta institución ni tampoco en el reglamento que desarrolla dicha ley.

En cualquier caso, el informe señala que "en la comparecencia efectuada se reiteran, en síntesis, las distintas alegaciones presentadas" por este empresario en el marco del procedimiento de esta revisión de oficio.

En segundo lugar, el CJC también reproduce parte de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante, que también rechazó el derecho de los Puchades a esta compensación. Según dicha sentencia: "Incluso, en conclusiones, llega a reconocer la parte actora que no había patrimonializado el aprovechamiento urbanístico, aunque mantienen su derecho a ser indemnizados, que tratan de fundamentar en que la no patrimonialización de sus derechos urbanísticos lo fue por causa imputable a la administración, lo que además de tratarse de una cuestión nueva (que incurre en una clara desviación procesal respecto a las pretensiones ejercitadas en la demanda), no resulta probada y no es cierta".

Por último, el informe arroja otra contundente afirmación: "La mayor gravedad de la infracción es que el Convenio de 2003 pretende la indemnización total de la actuación urbanística sin que los propietarios hayan cumplido ninguno de sus deberes y obligaciones", por lo que los derechos urbanísticos que reclaman serían "inexistentes", lo que a su vez devendría en un "negocio jurídico con causa ilícita".

Otra imagen de la Serra Gelada en el término municipal de Benidorm, cuyo suelo está considerado de especial protección al estar dentro del parque natural. David Revenga

Moción a pleno

La moción presentada por el gobierno local del Partido Popular y que sacará adelante el pleno del próximo lunes, que ya ha sido informada por el secretario municipal reproduciendo, uno a uno, los argumentos defendidos en su día y ahora corroborados por el Consell Jurídic, servirá para dar carpetazo definitivamente a este asunto. Al menos, por la vía administrativa.

Así se estipula en las propuestas de acuerdo de dicha moción, donde además de declarar la nulidad de hasta seis documentos distintos -el acuerdo plenario de 31 de marzo de 2003, donde se aprobó el texto del convenio; el convenio de 25 de abril de 2003; el acta de cesión de 8 de octubre de 2004; el acuerdo plenario de 2 de noviembre por el que se aprueba dicha acta de cesión; y los acuerdos plenarios de 26 de abril de 2010 y 24 de junio de 2013 con los que se prorrogó dicho convenio- también se establece "dar por terminado el expediente de revisión de oficio de dichos acuerdos y notificarlo a los interesados.

Ahora bien, aunque con la moción se pone fin a la vía administrativa, los Puchades aún tienen dos últimos clavos a los que aferrarse: el recurso de reposición ante el Ayuntamiento, para lo cual tendrán un mes de plazo; y el recurso contencioso-administrativo, que podrán tramitar antes de los dos meses posteriores a la toma de este acuerdo.

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