Absuelven a la dueña de la finca del tenor Cortis en Dénia de atentado al patrimonio histórico

Doce años después de la denuncia del Ayuntamiento, un juzgado de Benidorm falla que el delito ha prescrito y que el inmueble de «il piccolo Caruso» dejó de tener la protección integral

Fachada del chalé del tenor Cortis en Dénia. | INFORMACIÓN

Fachada del chalé del tenor Cortis en Dénia. | INFORMACIÓN / P.CERRADA

Doce años después de que el Ayuntamiento de Dénia denunciara en la Fiscalía a la actual propietaria de la casa donde residió el tenor Cortis, el dianense Antonio Montón Corts, por un delito contra el patrimonio histórico a causa de la rehabilitación del inmueble, un juzgado de Benidorm ha absuelto a la dueña de la mansión de «il piccolo Caruso» al considerar que la infracción penal ha prescrito y además no aprecia el delito.

Una de las estancias rehabilitadas por la propietaria de la centenaria casa. | INFORMACIÓN

Una de las estancias rehabilitadas por la propietaria de la centenaria casa. | INFORMACIÓN / P.CERRADA

El fallo recoge que durante la larga tramitación del procedimiento judicial el inmueble centenario pasó de ser «singularmente protegido» a tener una protección parcial que permite legalizar la reforma. Pese a este cambio, la Fiscalía consideró que el delito se cometió y solicitó una pena de dos años de prisión para la dueña de la casa del tenor Cortis, una ciudadana rusa defendida en el juicio por el abogado Francisco Miguel Galiana Botella, que reclamó su absolución. El juez indica que procede adoptar la tesis de la defensa en cuanto a que el bien dejó de estar protegido en el momento del enjuiciamiento y hay «una despenalización de la conducta». Por ello, señala la sentencia, «si una cosa deja de ser delito cuando se enjuicia procede la absolución por mucho que lo fuere al momento de acusar».

Interior de la casa del tenor Cortis tras la reforma.

Interior de la casa del tenor Cortis tras la reforma.

La finca conocida como «Villa Carmen» o «La Campanera», situada a las faldas del Montgó en Dénia y formada por dos edificaciones, piscina y jardines, fue comprada en 2008 por una ciudadana rusa que comenzó un proceso de rehabilitación que se prolongó al menos durante una década, según la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm. Dicha finca data de 1925 y fue desde 1929 la residencia habitual del tenor Cortis, fallecido en Valencia en 1952, y dado su valor histórico y cultural para el municipio de Dénia «gozaba de una especial protección urbanística al hallarse integrada en el catálogo de bienes y espacios protegidos» del Plan General Transitorio.

Por ello, tenía un grado de protección integral en el momento de iniciarse las obras de rehabilitación, que afectaron tanto a los edificios como a los jardines y la piscina, según los hechos probados en la sentencia. Sin embargo, señala que no se sabe exactamente cómo estaba cuando fue comprada por la acusada, ya que pudo ser objeto de vandalismo desde 1953 hasta 2008, cuando la compró. Además, desde hace más de cinco años ya no tiene la protección integral y solo es parcial, por lo que para el Ayuntamiento de Dénia «ya es legalizable la obra llevada a cabo por el arquitecto de la propiedad, a falta de trámite ya solo administrativos», indica el fallo.

Interior del casa del tenor en Dénia tras la rehabilitación.

Interior del casa del tenor en Dénia tras la rehabilitación.

De hecho, el propio Consistorio de Dénia retiró la acusación al inicio del juicio celebrado en Benidorm. El abogado del Ayuntamiento señaló que el Pleno modificó el catálogo de protección de nivel integral a parcial y el arquitecto municipal informó favorablemente al proyecto de legalización presentado por el arquitecto de la propiedad, Gabriel Ibor.

La sentencia señala que la causa se incoó en los juzgados en noviembre de 2011 y no se citó a la dueña de la vivienda hasta más de cinco años después, por lo que procede declarar la prescripción.

La propietaria de la casa del tenor Cortis mostró en el juicio su indignación tras diez años de litigio. Especializada en reconstrucción y restauración del patrimonio arquitectónico, la mujer declaró en el juicio que «lo reformé para salvar este edificio» y «lo he mejorado». Señaló asimismo que el antiguo dueño no hizo nada y que la finca estaba en estado lamentable. «Todo hubiera estado en ruinas si no hubiera sido por mi actuación», insistió la propietaria, que contó con especialistas que restauran iglesias y colocó azulejos de Manises a 50 euros la unidad para reponer los arrancados o rotos en actos de vandalismo.

Por su parte, el arquitecto municipal ratificó en el juicio sus informes, donde señalaba que se produjo una «alteración sustancial» en la rehabilitación, como la sustitución de pavimento hidráulico de principios del siglo XX poniendo otro encima. Este mismo técnico del Ayuntamiento de Dénia reconoció que se modificó el catálogo y la propietaria ha solicitado la legalización de la reforma.

Por su parte, el arquitecto de la propiedad, Gabriel Ibor, recordó en la vista oral que en la escritura de compra de la fina ya se recogía que estaba «en estado ruinoso» y que sufrió vandalismo. Este experto señaló que la rehabilitación ya era legal incluso antes de la modificación del catálogo, que el inmueble se ha recuperado para mejor y que los azulejos fueron expoliados.

El fallo precisa en sus conclusiones, además de lo referido a la prescripción del delito y al cambio que permite legalizar las obras de rehabilitación, que no se ha acreditado cómo compró ella la casa y que pudo sufrir vandalismo.