Condenan al Ayuntamiento de Benidorm a indemnizar a un empleado por no darle su descanso semanal de 48 horas

Un juzgado estima parcialmente la demanda al consistorio que tendrá que abonar 3.000 euros en concepto de daños y perjuicios

El edificio del Ayuntamiento de Benidorm.

El edificio del Ayuntamiento de Benidorm. / INFORMACIÓN

Un descanso semanal de 48 horas una vez finalizado el descanso diario. Esto es lo que una sentencia reconoce a un trabajador del Ayuntamiento de Benidorm tras demandar al consistorio por no cumplir con ese descanso semanal. Un juzgado ha estimado parcialmente la demanda del empleado municipal y la administración local deberá indemnizarle con 3.000 euros en concepto de daños y perjuicios.

Así se recoge en el fallo del Juzgado de lo Social número 2, al que ha tenido acceso este diario, y que llega tras la demanda de ese empleado que no estaba conforme con las horas que hacía y por no tener un descanso de 48 una vez finalizado su descanso diario.

Según la sentencia apunta en los hechos probados, este trabajador, que presta sus servicios para el Ayuntamiento de Benidorm tenía un horario hasta 2022 que comprendía una "jornada de lunes a viernes de 15 horas a 21 horas y los sábados de 10 horas a 14 horas. Desde septiembre de 2020 a diciembre de 2023 el horario del trabajador era de lunes a viernes de 14.45 horas a 21.15 horas y sábados de 9.00 horas a 14.00 horas". En diciembre de 2023, mediante decreto, se modifica el horario de nuevo "pasando al siguiente horario: martes a viernes de 14 horas a 21.30 horas, sábados de 10 h a 14 horas y de 16.30 a 20 horas".

Así, el fallo explica que "resulta de aplicación el Convenio Colectivo de relaciones laboral del personal laboral del Ayuntamiento de Benidorm" en el que, en el artículo 6, dispone que "el personal tendrá derecho a un descanso semanal de 48 horas desde el cese de su actividad hasta la reanudación de la misma o de dos días naturales correlativos. Este descanso comprenderá como regla general el sábado y el domingo con excepción de los pactos específicos con determinados colectivos". Por tanto, según el empleado, no se cumpliría con esas 48 horas de descanso semanal.

El fallo de la sentencia

Por ello, el trabajador reclamó que se cumpliera ese periodo de descanso además de "una indemnización de 6.000 euros por los periodos de descanso semanal no respetados desde 2020, fecha en la que el actor realizó la primera reclamación de cambio de horario por no respectar la jornada de descanso semanal". Finalmente, el juzgado ha estimado parcialmente la demanda del empleado, reconociéndole ese derecho de 48 horas semanales al terminar el descanso diario y la administración local deberá indemnizarle con 3.000 euros en concepto de daños y perjuicios. Contra la sentencia no cabe recurso.

Tras conocerse la sentencia, el portavoz del sindicato SPPLB (quien representa al trabajador), Francisco A. González, manifestó su indignación por estos hechos: "Estamos hartos de que nos obliguen de forma continuada a acudir a los tribunales de justicia para que reconozcan los derechos a nuestros afiliados". Desde el sindicato hacen hincapié en que "previamente pusieron de manifiesto por escrito dirigido al Departamento de Recursos Humanos que el horario de trabajo semanal que se le estaba aplicando al trabajador, no se ajustaba al convenio colectivo de aplicación y por lo tanto era irregular".

Pero "hicieron oídos sordos y en ningún momento se dignaron a remitir respuesta alguna, teniendo que acudir al juzgado para que le reconocieran el derecho del trabajador al descanso semanal de 48 horas una vez finalizado su descanso diario, reconocido en la normativa vigente". Para terminar, González apuntó que "esperamos que el Ayuntamiento ejecute la sentencia de forma inmediata y que la haga extensiva al resto de trabajadores que se encuentran en esta misma situación, que los hay, y que dejen de provocar gastos innecesarios que van a tener que pagar los bolsillos de los ciudadanos de Benidorm por la forma arbitraria de actuar contra los intereses de los trabajadores".

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents