El TSJ desestima el recurso de Altea sobre la suspensión del plan parcial Bellas Artes

El Ayuntamiento asegura que garantizará la urbanización de la zona a pesar de la sentencia y que habrá que hacer una nueva programación para ejecutar las obras de urbanización

Parte de los terrenos del PAI Bellas Artes de Altea con la Facultad de Bellas Artes a la derecha, en una imagen de archivo.

Parte de los terrenos del PAI Bellas Artes de Altea con la Facultad de Bellas Artes a la derecha, en una imagen de archivo. / Diego Coello

Benidorm

En enero de 2023, un juzgado de Alicante declaraba nulo el Programa de Actuación Integrada (PAI) del Sector RS-8 Bellas Artes de Altea, uno de los más importantes del municipio. La sentencia condenaba al Ayuntamiento alteano a declarar la caducidad del mismo y retirar la condición de agente urbanizador el promotor. El consistorio recurrió y se ha vuelto a dar de bruces con un fallo judicial en contra: el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso del consistorio, según recoge el fallo al que ha tenido acceso este diario.

Como ya publicó este diario, la decisión judicial de hace dos años se produjo a consecuencia de un recurso promovido por una decena de propietarios de suelo, representados por el despacho Congost Abogados, que reclamaban que se acordara la caducidad de este plan urbanístico al haberse incumplido de largo los cuatro años que el Ayuntamiento concedió en 2003 al urbanizador para ejecutar el proyecto. El PAI Bellas Artes abarca una superficie de suelo de unos 300.000 metros cuadrados ubicada junto al casco urbano de la localidad, donde se levantan el Palau Altea y el campus de la facultad de Bellas Artes, adscrita a la Universidad Miguel Hernández, y donde está previsto construir 1.200 viviendas.

La decisión judicial de entonces de anular el PAI dejaba sin ordenación este sector, importantísimo para el desarrollo urbanístico de Altea, y obligaba a iniciar de cero toda la tramitación. Sin embargo, el Ayuntamiento recurrió esperando que el TSJ le diera la razón, algo que no ha ocurrido. Así, según recoge el fallo del TSJ al que ha tenido acceso este diario, el mismo no es firme y contra él cabe recurso de casación ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Además de ordenar todo el entorno del Palau y la Facultad, en el sector también estaba previsto desarrollar distintos proyectos sociales: desde viviendas asequibles para jóvenes, que vienen prometiéndose desde que se inició su tramitación, hasta la construcción de un centro de día para mayores de ámbito comarcal e impulsado por la Generalitat, para lo cual el consistorio modificó el uso de una superficie dotacional destinada a aparcamiento para generar una nueva parcela de uso asistencial, con una superficie de 2.942,70 metros cuadrados.

El siguiente paso

Y, ¿qué pasa ahora? Tras conocer el fallo del tribunal valenciano, el Ayuntamiento explicó en un comunicado que "garantizará la Urbanización de Bellas Artes después de la sentencia del TSJ" que ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Altea y del urbanizador. Así indicó que el fallo "insta al inicio de expediente de caducidad del Programa de Actuación Integrada (PAI) correspondiente al Sector RS-8 Bellas Artes".

Desde el consistorio se resaltó que "el inicio del expediente de caducidad del programa no significa que el Plan Parcial Bellas Artes no se vaya a desarrollar, sino que la planificación de plazos y tiempos previstos para la urbanización del sector, según recoge la sentencia, han sido ampliamente rebasados y, por tanto, hay que hacer una nueva programación para ejecutar las obras de urbanización".

Por tanto, el Ayuntamiento de Altea a partir de este momento, y con el fin de velar por el interés general, "realizará las actuaciones necesarias para que se complete la urbanización en el menor tiempo posible del sector Bellas Artes". Con todo, las obras en este plan parcial arrancaron en diciembre de 2023 con la oposición de vecinos de la zona que ya recordaron que había una sentencia pendiente.

Así, en ese momento, el concejal de Urbanismo, Jose Orozco, explicó que la sentencia del Juzgado "anula la programación, pero no el PAI" por lo que el sector "tiene hechos el planeamiento y la reparcelación". Además, en mayo de 2023 "se aprobaron de manera definitiva los proyectos de urbanización del proyecto, siendo publicados en el BOE del 30 de mayo". A partir de ahí, el agente urbanizador tenía seis meses para comenzar las obras, y es lo que se había hecho. Sin embargo, los vecinos denunciantes no lo veían así y alegaban que la decisión judicial respaldaba la necesidad de reconsiderar la viabilidad y legalidad de estas obras.

La historia del PAI Bellas Artes

Como ya publicó este diario, este programa urbanístico se aprobó de forma inicial en pleno, el 27 de noviembre del año 2003. Aquel día, la corporación municipal, presidida por el popular Miguel Ortiz, dio luz verde al desarrollo de la actuación integrada correspondiente al Sector RS-8 Bellas Artes y elevó a definitiva la adjudicación de la condición de agente urbanizador a la mercantil Promociones y Finanzas SL, a la que se le concedía un plazo máximo para la ejecución del programa de 4 años. El 15 de diciembre de 2003, se aprobó definitivamente el proyecto de urbanización de este sector aportado por el urbanizador, mediante acuerdo de la junta de gobierno local del Ayuntamiento de Altea.

Sin embargo, tal y como también recoge la sentencia, no fue hasta seis años más tarde cuando el urbanizador presentó el proyecto de reparcelación. En concreto, el 11 de diciembre de 2009, cuando la junta de gobierno procedió a la aprobación del Proyecto Refundido de la Reparcelación. No obstante, la aprobación definitiva del mismo se demoraría aún más, hasta el 3 de diciembre de 2012, por medio de un acuerdo de la junta de gobierno local que fue convalidado y ratificado en los posteriores acuerdos de 30 de julio y 30 de septiembre de 2013, cuando el PP había regresado a la Alcaldía tras cuatro años de gobierno del socialista Andrés Ripoll, entre 2007 y 2011.

Entre tanto, en el año 2010 el Consistorio requirió al urbanizador que subsanara una serie de deficiencias en el proyecto de urbanización, que el mismo no presentó oficialmente hasta siete años después. En abril de 2020, una decena de propietarios se unió para solicitar al Ayuntamiento que declarase la caducidad del PAI, una petición que fue desestimada meses más tarde, el 3 de agosto, y que acabó desembocando en un recurso contencioso-administrativo que ha acabado con la primera sentencia y la desestimación del recurso del Ayuntamiento contra la misma por parte del TSJ.

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