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El Supremo desestima el recurso del inspector nombrado a dedo por el alcalde de La Vila

El Juzgado investiga el proceso de contratación del mando de la Policía Local que suspendió el examen con un 4,25

Dos policías locales de La Vila, en el paseo de la playa Centro.

Dos policías locales de La Vila, en el paseo de la playa Centro. / INFORMACIÓN

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo inadmitió a trámite, el pasado 10 de septiembre, un recurso presentado por el oficial M.A.P de la Policía Local de La Vila Joiosa y que ya había sentenciado en su contra el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Este oficial habría sido nombrado a dedo por el alcalde de La Vila Joiosa, Marcos Zaragoza.

Dos mil euros de costas

El tribunal rechaza la demanda al considerar que el recurrente quiere obtener un pronunciamiento “ad casum”, es decir, de un caso particular lo cual “resulta incompatible con el vigente sistema casacional de generación de jurisprudencia uniforme”.

El Supremo impone las costas procesales de un máximo de 2.000 euros -más el IVA correspondiente,-de los cuales, 1.500 euros se abonarán al Ayuntamiento de Villajoyosa, como parte recurrida.

Todos los recursos perdidos

El policía ya perdió otros recursos, entre ellos el de febrero de 2024 en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 4 de Alicante. En este caso el policía mostró su disconformidad con la puntuación de 4,25 puntos obtenida en el supuesto práctico del proceso selectivo convocado para cubrir una plaza de Inspector a través del procedimiento de promoción interna.

El recurrente consideraba que el supuesto práctico propuesto por el Tribunal no se ajustaba a las bases ni al temario de la convocatoria entendiendo que la administración había incurrido en arbitrariedad y en desviación de poder.

El argumento del Juzgado para desestimar este recurso y anular el examen se basa en que la solicitud del inspector se efectúa de una manera totalmente extemporánea, “ya que se plantea una vez ha sido resuelto y evaluado el supuesto práctico planteado, a la vista de la puntuación desfavorable que ha obtenido, sin que en ningún momento anterior” hubiera presentado ninguna queja.

Pedía un 5 de nota

También se desestimó el segundo motivo de impugnación. El agente pedía una revisión de la nota obtenida al alza. La instancia judicial se acoge a que “son los tribunales calificadores, con sus conocimientos y profesionalidad los que deben determinar si a la vista de las respuestas aportadas, merecía o no la calificación de apto”.

La misma suerte corrió el recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección 2 del TSJCV, de septiembre de 2024, que incidió en descartar cualquier arbitrariedad, desviación de poder o falta de imparcialidad del tribunal examinador. Y que le impuso el pago de costas que no pueden superar los 800 euros.

El juzgado número 2 de La Vila Joiosa, abrió hace unos días una investigación al alcalde y al concejal de Recursos Humanos después de que la Fiscalía denunciara el proceso de selección de este inspector más otro compañero, este último con una nota de un 1,4. Pocos días después se convocó una bolsa de empleo para cubrir esas plazas.

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