Los denunciantes del ‘caso enchufes’ de Benidorm deberán pagar 12.000 euros para seguir como acusación popular
El Sindicato de Policías Locales ve "desproporcionado" el depósito y anuncia que recurrirá la decisión de la Audiencia Provincial

El exconcejal Juan Ramón Martínez, a la izquierda, llega a la Audiencia el día del juicio. / HECTOR FUENTES
La Audiencia de Alicante ha impuesto una fianza de 12.000 euros al Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos de la Comunidad para poder ejercer la acusación popular en la causa abierta por los presuntos enchufes en el Ayuntamiento de Benidorm, según el auto al que ha tenido acceso este diario. Como ya adelantó INFORMACIÓN, la Sección Segunda resolvió el martes que el sindicato, que puso la denuncia por la que se abrió inicialmente la investigación judicial, carece de legitimación para ejercer como acusación particular en esta causa. El motivo es que los presuntos delitos que se investigan no son susceptibles de que el sindicato se pueda personar como afectado directo: prevaricación, tráfico de influencias y malversación. Sin embargo, el tribunal permitirá que continúe en la causa como acusación popular, siempre que deposite una fianza de 12.000 euros en un plazo de ocho días.
"Nuestra intención es acceder a lo solicitado por la sala y cumplir con lo que está solicitando para continuar ejerciendo la acusación popular, si bien vamos a presentar un recurso porque la cantidad nos parece excesiva", ha asegurado el presidente del sindicato, Francisco Ángel González. El representante sindical ha recordado que en el caso de Begoña Gómez, abierto a la mujer del presidente del Gobierno, la fianza fija para Manos Limpias para ejercer la acusación es de 3.000 euros. "Nos exigen cuatro veces más", ha subrayado. Sin embargo, puntualizó que el sindicato tiene intención de pagar esa fianza, "siempre y cuando nuestro órganos competentes lo autoricen".
La decisión se adopta dentro del juicio seguido contra varios funcionarios y responsables municipales, investigados por supuestas irregularidades administrativas. Las defensas habían planteado como cuestión previa la nulidad de actuaciones, argumentando que el SPPLB no podía participar como acusación particular al no ser “ni perjudicado ni ofendido” por los delitos que se juzgan, unos argumentos que se han atendido por la Audiencia. La sala no les ha expulsado del procedimiento, pero solo podrán continuar comoacusación si pagan la fianza.
Archivo para cinco acusados
El otro revés judicial es que la Audiencia ha dejado la causa con solo tres de los ocho acusados. El juicio se celebrará para el que fuera concejal de Recursos Humanos, Juan Ramón Martínez, y dos funcionarios que eran responsables de este área entre 2009 y 2012. La causa se ha archivado para la exedil Natalia Guijarro y otros cinco funcionarios, porque su imputación se produjo sin que se el juzgado hubiera ampliado el tiempo en forma para continuar con la instrucción.
El tribunal concluye que los delitos de prevaricación, malversación o tráfico de influencias protegen bienes jurídicos de carácter colectivo, como la objetividad e imparcialidad de la administración, pero eso no convierte automáticamente al sindicato en perjudicado. El auto subraya que el SPPLB no ha acreditado daños económicos o morales propios que justifiquen su presencia como acusación particular. No obstante, y siguiendo doctrina del Tribunal Supremo, la Sala abre la puerta a que el sindicato pueda intervenir como acusación popular, siempre que cumpla los requisitos legales: “La exigencia de fianza no es contraria a la tutela judicial efectiva siempre que su cuantía no sea un obstáculo insalvable”, razona el auto.
El tribunal fija la fianza en 12.000 euros, que deberá consignarse en metálico. Si el sindicato no lo hace dentro del plazo establecido, quedará apartado del procedimiento. La resolución puede ser recurrida mediante recurso de súplica en el plazo de tres días desde su notificación.
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