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La justicia insta a Benidorm a pagar los 350 millones por la sentencia de Serra Gelada

El tribunal de lo Contencioso-Administrativo rechaza la petición del Ayuntamiento de suspender la ejecución de la sentencia y le pide "realizar cuantas actuaciones sean necesarias para proceder al abono"

Condena histórica en Benidorm

INFORMACIÓN

Jose A. Rico

Jose A. Rico

La justicia apremia al Ayuntamiento de Benidorm para que abone los 283 millones más intereses por el fallo de Serra Gelada. Una notificación que llega después de que la pasada semana se conocieran otros dos varapalos judiciales que abocan al Consistorio al pago de una indemnización que pone contra las cuerdas a las arcas municipales.

El auto de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante. Plaza nº 3, fechado este martes, resuelve la petición de suspensión de la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) solicitada por el Ayuntamiento el pasado agosto, que a su vez había sido recurrida por los demandantes, la familia Puchades. Y lo hace rechazándola, señalando además de que independientemente del resultado del recurso del Consistorio ante el Constitucional -que fue inadmitido la pasada semana-, esta petición no tiene cabida al haber una sentencia firme.

Vista de Benidorm desde Serra Gelada.

Vista de Benidorm desde Serra Gelada. / David Revenga

Por ello, además de rechazar la suspensión, requiere a la Corporación que preside Toni Pérez para que "dé cumplimiento voluntario a la ejecución de sentencia, procediendo a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para proceder al abono de la cuantía líquida contenida en el fallo de la Sentencia n.º 343/24 dictada por el TSJ en la Comunidad Valenciana, así como los intereses que la misma haya devengado", según el auto al que ha tenido acceso INFORMACIÓN. Una resolución emitida por el tribunal de instancia, que es el encargado en este caso de su ejecución.

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Así, el Ayuntamiento tiene que hacer frente al pago de 283.055.750,12 euros más los intereses de demora desde el 11 de diciembre de 2019, fecha de la valoración de los terrenos objeto del pleito, lo que se estima elevaría la cantidad ya a los 350 millones de euros.

Obligación

El tribunal argumenta que el fallo judicial "en la fase que nos ocupa, dispone claramente en su fallo la obligación de la administración (una condena “de hacer”) consistente en el abono de una cantidad económica a los mencionados en el fallo; si bien este Juzgado no desconoce que la cuantía líquida impuesta como condena por el TSJ al Ayuntamiento de Benidorm (283.055.750,12 €,) es la más alta de todas las que ha conocido este órgano judicial desde su creación en el año 1998".

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"Sin embargo, la presentación de un recurso de amparo ante el TC no supone la suspensión de la fase de ejecución de una sentencia firme; ni la LOTC 2/1979 contempla tampoco esta posibilidad. Por el contrario, el artículo 56.1 de la LOTC 2/1979 establece que la interposición de un recurso de amparo no suspende los efectos del acto o la sentencia impugnados, si bien como excepción el artículo 56.2 de la misma LOTC 2/1979 atribuye al Tribunal Constitucional la facultad acordar la suspensión siempre que concurran los requisitos necesarios".

Además, recuerda que "por su parte, el artículo 105.1 LJCA señala de manera expresa que no puede suspenderse el cumplimiento de una sentencia firme. Y aunque esta Sección judicial pueda tener conocimiento extrajurídico de la inadmisión por parte del TC del recurso de amparo promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Benidorm (lo que hace estéril ya la pretensión planteada por el Ayuntamiento), lo cierto es que la misma petición de suspensión hubiera sido rechazada por este órgano judicial, incluso aunque el recurso de amparo hubiese sido admitido por el TC".

Calendario de pagos

Así, esto aboca al Ayuntamiento a presentar un calendario de pagos ante este tribunal para hacer efectivo el pago de esta millonaria indemnización por los terrenos urbanizables que los demandantes tenían en Serra Gelada y que se vieron afectados por la declaración de parque natural de este enclave en 2005 sin que se llegara a ejecutar el convenio urbanístico firmado en 2003 para compensarles en otros planes parciales de la localidad.

Última bala

Tras este auto, el Ayuntamiento solo que queda la opción de recurrir al Supremo la sentencia conocida también la pasada semana del TSJ en un proceso paralelo sobre la anulación acordada por el pleno en 2023 los convenios urbanísticos que han dado pie a esta indemnización.

Zona perteneciente al parque natural de Serra Gelada

Zona perteneciente al parque natural de Serra Gelada / David Revenga

En ese fallo el TSJ ha dado la razón a los dueños en su recurso contra el acuerdo plenario del 27 de febrero de 2023 que anulaba los convenios urbanísticos que dan pie a los aprovechamientos por los que finalmente debe abonar el Consistorio la millonaria compensación. Y lo hace revocando el fallo en primera instancia dictado por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante, de 20 de septiembre de 2024, que desestimaba el recurso de los afectados, la familia Puchades, en base a que ya hay una sentencia en firme, que es la que condena al pago de los 283 millones.

Así, el Ayuntamiento tiene todavía margen para recurrir en casación ante el Supremo este fallo, aunque parece poco probable que pueda fructificar.

Reacciones

Desde el equipo de gobierno de Benidorm se han limitado a informar este martes que tras conocerse la resolución judicial se ha convocado una junta de portavoces en la que se ha dado traslado del auto a los grupos con representación en el Ayuntamiento. Y han señalado que, "al igual que se ha manifestado hasta ahora, el Ayuntamiento sigue trabajando, con la máxima transparencia y rigor, de acuerdo a las indicaciones que marquen los servicios jurídicos al respecto".

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