Propietarios de Porto Senso denuncian al Ayuntamiento de Altea y exigen la suspensión del Plan General Estructural

El puerto deportivo de La Galera de Altea / Diego Coello
Redacción
La promotora Residencial Finca Pons S.L. ha denunciado la actuación “manifiestamente irregular” del Ayuntamiento de Altea en relación con el sector 6 SUNP Marymontaña II (Porto Senso), “una actuación marcada por una prolongada inactividad administrativa, el incumplimiento de los acuerdos plenarios adoptados y la omisión de las actuaciones indispensables para dar cumplimiento efectivo al desarrollo urbanístico del ámbito”, según la promotora.
La Administración municipal, lejos de impulsar las determinaciones acordadas, ha mantenido durante años, según la promotora, “una conducta de pasividad materialmente obstructiva, dejando sin ejecutar la nueva programación del sector tras la resolución del anterior programa en 2017 y permitiendo, con ello, el deterioro progresivo de la urbanización y la consolidación de una situación de bloqueo urbanístico incompatible con los principios de eficacia, impulso de oficio, buena administración y seguridad jurídica”.
Incumplimientos
Los escritos presentados por Residencial Finca Pons S.L. ante el ayuntamiento y los Servicios Territoriales de Urbanismo en Alicante “evidencian que el Ayuntamiento ha incumplido sus propias resoluciones, entre ellas y deforma especialmente flagrante el acuerdo plenario del 22 de junio de 2017, en el que no solo se resolvió la adjudicación del programa, sino que además se acordó incoar las actuaciones necesarias para una nueva programación de los terrenos”. Pese a ello, explica la empresa en un comunicado, “transcurrieron más de ocho años sin una actuación municipal efectiva dirigida a dar cumplimiento real a ese mandato, lo que ha generado una situación de inactividad injustificable y jurídicamente insostenible”.
La nota añade que el Ayuntamiento ha mantenido una posición que “desconoce la realidad física y jurídica del sector, persistiendo en una ordenación que no se corresponde con el estado de ejecución del ámbito ni con los derechos ya consolidados por los propietarios que cumplieron las cargas urbanísticas que les fueron exigidas. Esa conducta, lejos de ser neutra, ha contribuido a agravar el deterioro de las obras y a perpetuar una situación de paralización que solo beneficia a la inercia administrativa”.
Graves perjuicios
La consecuencia directa de esta inactividad, según agrega el comunicado de la empresa. “es la producción de daños ciertos, efectivos y económicamente evaluables a los propietarios afectados. La falta de impulso municipal impide el normal ejercicio de las facultades dominicales, frustra la legítima expectativa de edificación y mantiene a los titulares de suelo en una posición de grave inseguridad jurídica, con perjuicios patrimoniales que se han visto agravados por la degradación del ámbito urbanístico”.
“No puede trasladarse a los propietarios el coste de una paralización cuya causa es la propia omisión de la Administración. El Ayuntamiento, que conocía desde hace años la imposibilidad de culminación del programa anterior y la necesidad de articular una respuesta urbanística eficaz, ha incumplido su deber de actuar con diligencia, con el resultado de un bloqueo que compromete directamente los derechos de los afectados”, agregan.
Frente a esta situación, Residencial Finca Pons propone la tramitación de un Programa de Actuación Aislada que constituiría una vía jurídicamente idónea para minimizar los perjuicios y permitir la culminación de las obras pendientes en el ámbito afectado. “Esta alternativa no solo resulta compatible con la necesidad de ofrecer una respuesta efectiva a los propietarios, sino que además evita perpetuar una situación de paralización que la propia Administración ha contribuido a crear”.
“La aprobación de un programa de actuación aislada permitiría avanzar en la finalización de la urbanización de la parcela sin supeditarla a una nueva e incierta programación general del sector, evitando así que la inactividad municipal siga produciendo daños adicionales. En estas circunstancias, la negativa a considerar esta vía carece de justificación suficiente y revela una voluntad de mantener el problema sin resolver, en perjuicio de quienes ya han soportado el cumplimiento de sus cargas urbanísticas”, especifica la nota.
Responsabilidad
Asimismo, Residencial Finca Pons denuncia que “la pasividad del Ayuntamiento no solo ha generado un grave perjuicio urbanístico y patrimonial a los propietarios afectados, sino que además puede dar lugar a una eventual responsabilidad patrimonial de la Administración por funcionamiento anormal del servicio público, al haberse producido daños efectivos, evaluables económicamente e individualizados como consecuencia directa de la inactividad municipal”.
A ello se suma que, de confirmarse el uso irregular o la indebida aplicación de los recursos derivados de la ejecución de garantías urbanísticas, “podrían derivarse responsabilidades por alcance respecto de los intervinientes en la gestión pública que hubieran participado en la disposición de esos fondos o en la omisión de las actuaciones exigibles para su correcta destinación. Esta eventualidad no es menor, pues la persistencia en la inactividad, unida a la falta de ejecución de los acuerdos firmes adoptados por el propio Ayuntamiento, puede proyectar consecuencias jurídicas más allá del ámbito estrictamente administrativo”.
Los hechos descritos podrían ser constitutivos, en su caso, de otras responsabilidades de distinto orden, agrega Finca Pons, “incluidas las de carácter disciplinario, contable, patrimonial o incluso penal, si de la instrucción o de la ulterior comprobación de los hechos resultara la concurrencia de conductas tipificadas o de actuaciones dolosas o gravemente negligentes en la gestión del expediente. En todo caso, corresponderá a los órganos competentes determinar el alcance de tales responsabilidades, sin que pueda descartarse que la prolongada omisión administrativa haya causado un perjuicio jurídicamente resarcible y atribuible a quienes hayan intervenido en la adopción o mantenimiento de esa situación”.
Plan General
Por todo ello, Residencial Finca Pons, S.L. ha interesado de los Servicios Territoriales de Urbanismo que, en ejercicio de sus competencias de tutela de la legalidad urbanística, acuerden la suspensión y en su caso la denegación de la aprobación definitiva del Plan General Estructural de Altea hasta que el planeamiento se ajuste a la realidad material y jurídica del sector y a los acuerdos que la propia Administración municipal ha adoptado y no ha ejecutado.
“La aprobación del Plan General Estructural en los términos actualmente pretendidos supondría consolidar una situación de hecho generada por la propia inactividad municipal, con grave perjuicio para los propietarios afectados y con el riesgo cierto de consumar una actuación administrativa contraria a Derecho. No es aceptable que la omisión continuada del Ayuntamiento se vea ahora amparada por la aprobación de un instrumento de planeamiento que nace desconectado de la realidad y de las obligaciones previamente asumidas”, concluye el comunicado.
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