"La Comunidad Valenciana prohíbe el sexo entre dos o más personas si no son convivientes" es un titular que han publicado varios medios de comunicación en los últimos días. No obstante, esta afirmación no es del todo cierta si tenemos en cuenta la normativa publicada con las restricciones sociales en las provincias de Alicante, Valencia y Castellón.

Para resolver esta cuestión cabe hacer referencia al decreto 2/2021, de 24 de enero, por el que se limita la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados. En este documento firmado por el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, se establece que la permanencia de grupos de personas queda reducido al número máximo de dos personas en espacios de uso público, salvo que se trate de personas convivientes. Por su parte, en domicilios y otros espacios privados se permite únicamente las reuniones familiares sociales de personas que pertenecen al mismo grupo de convivencia. Es decir, no se permiten invitados en casas.

A raíz de este último punto muchos han supuesto que las relaciones sexuales están prohibidas entre personas que no conviven en un mismo domicilio. No obstante, este "periodo de sequía sexual" tiene algunas exenciones si nos remitimos al apartado de excepciones de la resolución publicada en la Comunidad Valenciana. Y es que, en primer lugar, se exceptúa de esta limitación social a "la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes".

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También hay otra excepción más difícil de explicar y que, de hecho, también se le ha atragantado al que redactó el decreto. En concreto, en el documento se recoge el siguiente trabalenguas: "Las personas que viven solas, que podrán formar parte de otra única unidad de convivencia formando una unidad de convivencia ampliada. Cada unidad de convivencia ampliada solo podrá integrar a una única persona que viva sola. Y la persona que viva sola podrá formar parte exclusivamente de una unidad de convivencia ampliada durante todo el periodo de vigencia de la medida".

En otras palabras, lo que se quiere decir es que las personas que vivan solas podrán reunirse con otro grupo de convivencia. No obstante, solo se pueden reunir con una "unidad familiar" que viva en otra casa y no con varias. De igual forma, el grupo de convivencia que acoge a la persona que vive sola solo puede aceptar a un individuo y no a varios.

Sexo y restricciones en la Comunidad Valenciana: ¿Qué está permitido y qué no? PILAR CORTÉS

Esta situación da lugar a un dilema muy incómodo para, por ejemplo, un joven que viva solo y que tendrá que elegir entre juntarse con su familia o con su pareja. Y es que solo puede visitar, según lo establecido en la resolución, a un grupo de convivencia y no dos. Sexo o familia, esa es la cuestión.

Lo cierto es que se trata de tiempos difíciles —y de sequía sexual— para aquellos que se encuentren solteros. Y es que con San Valentín a la vuelta de la esquina, con las restricciones sociales actuales y los bares cerrados, conocer a alguien especial está complicado. Siempre quedará Tinder.